DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 201 Jueves, 22 de octubre de 2026 Pág. 53403

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia Gallega de Infraestructuras

RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2026 por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 13 de octubre de 2026, por el que se aprueban el trámite de información pública y el informe de las administraciones afectadas y, definitivamente, el proyecto de trazado de fomento de la movilidad sostenible. Senda en la PO-303. Tramo: Tarrío y Arén, de clave PO/24/129.06, con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de un millón doscientos sesenta y tres mil setecientos euros con cincuenta y tres céntimos (1.263.700,53 euros).

Antecedentes:

El 24 de marzo de 2026 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 55 el Anuncio de 17 de marzo de 2026 por el que se someten al trámite de información pública el proyecto de trazado de fomento de la movilidad sostenible. Senda en la PO-303, tramo: Tarrío y Arén, de clave PO/24/19.06, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 55.6 del Decreto 66/2016, de 26 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de carreteras de Galicia,

RESUELVO:

Publicar el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 13 de octubre de 2026, por el que se aprueban el trámite de información pública y el informe de las administraciones afectadas y, definitivamente, el proyecto de trazado de fomento de la movilidad sostenible. Senda en la PO-303. Tramo: Tarrío y Arén, de clave PO/24/129.06, que se recoge como anexo a esta resolución.

Contra dicho acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, que pone fin a la vía administrativa, se podrá formular un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos (2) meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin prejuicio de que, con carácter previo y potestativo, pueda formularse un recurso de reposición en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

En caso de ser un sujeto obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración, para la interposición del recurso de reposición deberá emplear el modelo IF321B de recurso en materia de infraestructuras, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia en la dirección https://sede.xunta.gal/, ante la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras.

Santiago de Compostela, 15 de octubre de 2026

María Deza Martínez
Directora de la Agencia Gallega de Infraestructuras

ANEXO

Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 13 de octubre de 2026, por el que se aprueban el trámite de información pública y el informe de las administraciones afectadas y, definitivamente, el proyecto de trazado de fomento de la movilidad sostenible. Senda en la PO-303. Tramo: Tarrío y Arén, de clave PO/24/129.06

1º. Aprobar el expediente correspondiente a los trámites de información pública e informe de las administraciones afectadas del proyecto de trazado de fomento de la movilidad sostenible. Senda en la PO-303. Tramo: Tarrío y Arén, de clave PO/24/129.06, con las siguientes modificaciones respecto del trazado sometido a información pública:

• Se llevará a cabo la reposición y adaptación de las entradas a las parcelas núm. 31 (referencia catastral 1066726NG2916N) y núm. 32 (referencia catastral 1066725NG2916N), adecuándolas a las rasantes y condiciones de acceso existentes, así como la reposición del cierre retranqueado de la parcela núm. 32 y de los retranqueos correspondientes a los contadores.

• Se ajusta la ocupación prevista en la parcela núm. 13 (referencia catastral 1266803NG2916N), limitando la ocupación del terreno al comprendido entre la línea de dominio público de la carretera y el cierre existente de la propiedad; se mantiene así el cierre existente, descartándose su demolición y reposición.

• En la parcela núm. 57 (referencia catastral 0766009NG2905N) se mantiene el portalón peatonal existente y se llevará a cabo la adaptación entre este acceso y la nueva senda, así como la reposición del muro de cierre y de los retranqueos correspondientes al contador.

2º. Aprobar definitivamente el proyecto de trazado de fomento de la movilidad sostenible. Senda en la PO-303. Tramo: Tarrío y Arén, de clave PO/24/129.06, con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de un millón doscientos sesenta y tres mi setecientos euros con cincuenta y tres céntimos (1.263.700,53 €).

Conforme establece el artículo 23.1 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Poio, en el que se asientan las infraestructuras objeto del proyecto, deberá adaptar su planeamiento urbanístico a lo contenido en el proyecto, en el que se establecen las determinaciones del planeamiento urbanístico que deben ser modificadas como consecuencia de su aprobación, en el plazo de un año y, en todo caso, en su primera modificación o revisión.

La aprobación definitiva del proyecto de trazado implica la declaración de utilidad pública, la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos necesarios para la ejecución de las obras, de los depósitos de los materiales sobrantes, de los préstamos necesarios para ejecutarlas y para la reposición de servicios afectados, previstos en el proyecto, así como para el replanteo del proyecto y las modificaciones de este que, en su caso, se puedan aprobar posteriormente, y la urgencia de la ocupación, todo ello a efectos de expropiación, ocupación temporal o imposición o modificación de servidumbres, según lo dispuesto en el artículo 22.5 de la Ley 8/2013, de 28 de junio.