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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 130-Bis Viernes, 9 de julio de 2021 Pág. 35253

I. Disposiciones generales

Consellería de Sanidad

CORRECCIÓN DE ERRORES. Orden de 8 de julio de 2021 por la que se prorroga la eficacia y se modifica la Orden de 25 de junio de 2021 por la que se establecen medidas de prevención específicas como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Galicia y por la que se modifica la Orden de 1 de julio de 2021, por la que se aprueba el Protocolo para la reactivación del ocio nocturno en el marco de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Advertidos errores en el Diario Oficial de Galicia número 129 bis, del jueves 8 de julio de 2021, es necesario realizar las siguientes correcciones:

En las páginas 34981 y 34982, donde dice:

«5. Los espectáculos musicales al aire libre con público sentado, cuyo número de asistentes sea inferior a mil personas, se regirán por lo dispuesto en el número 1.

Únicamente se podrán celebrar espectáculos musicales al aire libre con público de pie o bien con público sentado cuando, en este último supuesto, el número de asistentes sea superior a mil personas, en los ayuntamientos enumerados en la letra D del anexo II, siempre y cuando el mismo día del evento las tasas de incidencia acumulada a 7 y 14 días en la Comunidad Autónoma de Galicia sean menores a 75 y 150 casos por cada 100.000 habitantes respectivamente.

A estos espectáculos musicales al aire libre les serán de aplicación los protocolos publicados en la siguiente dirección electrónica: https://coronavirus.sergas.gal/Contidos/Espectaculos-musicais-aire-libre».

Debe decir:

«5. A los espectáculos musicales al aire libre con público sentado o con público de pie les serán de aplicación los protocolos publicados en la siguiente dirección electrónica: https://coronavirus.sergas.gal/Contidos/Espectaculos-musicais-aire-libre».