Advertidos errores en el Diario Oficial de Galicia número 129 bis, del jueves 8 de julio de 2021, es necesario realizar las siguientes correcciones:
En las páginas 34981 y 34982, donde dice:
«5. Los espectáculos musicales al aire libre con público sentado, cuyo número de asistentes sea inferior a mil personas, se regirán por lo dispuesto en el número 1.
Únicamente se podrán celebrar espectáculos musicales al aire libre con público de pie o bien con público sentado cuando, en este último supuesto, el número de asistentes sea superior a mil personas, en los ayuntamientos enumerados en la letra D del anexo II, siempre y cuando el mismo día del evento las tasas de incidencia acumulada a 7 y 14 días en la Comunidad Autónoma de Galicia sean menores a 75 y 150 casos por cada 100.000 habitantes respectivamente.
A estos espectáculos musicales al aire libre les serán de aplicación los protocolos publicados en la siguiente dirección electrónica: https://coronavirus.sergas.gal/Contidos/Espectaculos-musicais-aire-libre».
Debe decir:
«5. A los espectáculos musicales al aire libre con público sentado o con público de pie les serán de aplicación los protocolos publicados en la siguiente dirección electrónica: https://coronavirus.sergas.gal/Contidos/Espectaculos-musicais-aire-libre».