A efectos de dar cumplimiento a lo solicitado por el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en relación con el recurso contencioso-administrativo 01/0000331/1999 interpuesto por Francisco Ferrol Blanco, contra la resolución del delegado provincial de la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda en A Coruña de fecha 20 de octubre de 1998, sobre autorización para la instalación de una industria de prefabricados de hormigón en el lugar de Sendión-San Martiño, en el ayuntamiento de Toques, de conformidad con los artículos 48 y 49 de la Ley de 13 de julio de 1998 de la jurisdicción contencioso-administrativa y en virtud de las competencias atribuidas por la Orden de 19 de agosto de 1997, por la que se delegan en los delegados provinciales atribuciones en materia de urbanismo,
RESUELVO:
1. Remitir el expediente T.E. 023/98 al Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el que se denegó a Francisco Ferrol Blanco, en nombre y representación de la entidad mercantil Prefabricados San Martiño, S.L. la autorización para la instalación de una industria de prefabricados de hormigón en suelo rústico, en el lugar de Sandión-San Martiño, en el ayuntamiento de Toques.
2. Notificar la presente resolución al Ayuntamiento de Toques y al Ayuntamiento de Melide, así como publicarla en el DOG para general conocimiento de todas las personas interesadas en el procedimiento que no se pueden notificar por desconocimiento de su domicilio, emplazándolas para que puedan personarse en los autos de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de nueve días.
A Coruña, 29 de abril de 1999.
Jesús Almuiña Loeda
Delegado provincial de A Coruña

