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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 194 Miércoles, 10 de octubre de 2012 Pág. 38839

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural y del Mar

ORDEN de 19 de septiembre de 2012 por la que se modifica la Orden de 25 de enero de 2012 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en el año 2012.

La Orden de 25 de enero de 2012 (publicada en el DOG nº 21, de 31 de enero) regula la aplicación en Galicia de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en el año 2012. Esta orden dispone la aplicación en Galicia de los regímenes de ayudas directas que, en el marco de la política agrícola común (PAC), están contenidos en el Real decreto 202/2012, de 23 de enero, sobre la aplicación a partir de 2012 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería.

Sin embargo, resulta precisa la modificación de la citada orden, a la luz de los cambios producidos en el marco jurídico comunitario y estatal en este ámbito. De esta forma, la Decisión aprobada el 30 de mayo de 2012 por el Comité de Gestión de Pagos Directos de la Comisión Europea, en virtud de la cual se permite acortar a cinco meses el período de retención de la vaca nodriza en España, obliga a modificar la Orden de 25 de enero de 2012 en lo relativo a los períodos de retención establecidos en la letra c) del número 1 del artículo 53, y en el número 1 del artículo 66.

Por otro lado, el Reglamento (UE) nº 261/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de marzo, que modifica el Reglamento (CE) nº 1234/2007 en lo que atañe a las relaciones contractuales en el sector de la leche y de los productos lácteos, ya generaliza la obligación de disponer de un contrato vigente, por lo que no procede mantener el requisito establecido en la letra d) del artículo 61.2.

En consecuencia, conforme a lo previsto en el artículo 30.I.3 del Estatuto de autonomía de Galicia y en el uso de las facultades que me confiere la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, así como la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único

Modificar la Orden de 25 de enero de 2012 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural para la utilización sostenible de las tierras agrícolas en el año 2012, como sigue:

Uno. Se modifica el artículo 53.1 letra c), que queda redactado como sigue:

«c) Que mantengan en su explotación, durante un período de retención mínimo de cinco meses consecutivos, a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud, un número de vacas nodrizas por lo menos igual al 60 por ciento del número total de animales por los que solicita la ayuda y un número de novillas que no supere el 40 por ciento del citado número total.

En caso de que el cálculo del número máximo de novillas, expresado en forma de porcentaje, dé como resultado un número fraccionario de animales, dicho número redondeará a la unidad inferior si es inferior a 0,5 y al número entero superior si es igual o superior a 0,5».

Dos. La letra d) del artículo 61.2 queda sin contenido.

Tres. Se modifica el artículo 66.1, que queda redactado como sigue:

«1. Este pago se concederá a los/las agricultores/as que lo soliciten de acuerdo con los modelos DP1, DA, RS, PA, RG y VC del anexo 1 de esta orden y cumplan las condiciones establecidas en ella y en la normativa estatal y comunitaria aplicable. La ayuda se concederá por las vacas nodrizas que mantengan, tengan o no derechos de prima, durante un período mínimo de cinco meses consecutivos a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud. Non se admitirá un número de novillas superior al 40 por ciento del número total de animales objeto de subvención».

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de septiembre de 2012

Rosa Quintana Carballo
Conselleira del Medio Rural y del Mar