Número de autos: procedimiento ordinario 656/2012.
Demandantes: Nanci Pais Estalote, Manuel Garea Quintela, José Antonio Vázquez García, Diego Martínez Ramos, Agustín Beiro Buiturón.
Abogado: Francisco Pampín Miras.
Demandados: Austral Instalaciones, S.L., Fondo de Garantía Salarial.
Abogado: abogado del Estado.
María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 656/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Nanci Pais Estalote, Manuel Garea Quintela, José Antonio Vázquez García, Diego Martínez Ramos, Agustín Beiro Buiturón contra la empresa Austral Instalaciones, S.L., sobre reclamación de cantidad se ha dictado el siguiente auto de aclaración de sentencia:
«Que debo rectificar la sentencia dictada en las presente actuaciones el pasado día 21 de enero de 2013, en el sentido fijado en el fundamento de derecho segundo de la presente resolución, quedando redactado el fallo en la forma que se especificará, manteniéndose íntegramente el restante contenido:
Fallo que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Nanci Pais Estalote, Manuel Garea Quintela, José Antonio Vázquez García, Diego Martínez Ramos y Agustín Beiro Buitrón contra la entidad Austral Instalaciones, S.L. y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Austral Instalaciones, S.L. a que abone a los demandantes las cantidades que se explicitarán, incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales:
– A Nanci Pais Estalote, la cantidad de 6.364,87 € brutos por los salarios devengados entre febrero y mayo de 2012.
– A Manuel Garea Quintela, la cantidad de 8.200,52 € brutos por los salarios devengados entre febrero y mayo de 2012.
– A José Antonio Vázquez García, la cantidad de 6.626,52 € brutos por los salarios devengados entre febrero y mayo de 2012.
– A Diego Martínez Ramos, la cantidad de 9.925,04 € brutos por los salarios devengados entre febrero y mayo de 2012.
– A Agustín Beiro Buitrón, la cantidad de 6.681,48 € brutos por los salarios devengados entre febrero y mayo de 2012.
Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno distinto del recurso de suplicación que, en su caso, se formule contra la sentencia.
Así, por este auto, lo mando y firmo, la magistrada jueza Pilar Carreira Vidal. Doy fe».
A Coruña, 4 de febrero de 2013
La secretaria judicial

