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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 206 Miércoles, 28 de octubre de 2015 Pág. 41459

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

ORDEN de 27 de octubre de 2015 por la que se designa a las personas que asumirán la presidencia de las comisiones de asistencia jurídica gratuita.

El Reglamento de asistencia jurídica gratuita de Galicia, aprobado por el Decreto 269/2008, de 6 noviembre, establece en su artículo 5 que las comisiones de asistencia jurídica gratuita estarán integradas, entre otros miembros, por una persona perteneciente al Ministerio Fiscal. Por otra parte, este mismo precepto dispone que la persona titular de la consellería competente en materia de justicia procederá a nombrar, mediante orden, entre las personas integrantes de la comisión a su presidente/a y a la persona que lo/la sustituya. Esta designación, hasta el momento actual, ha recaído en las personas pertenecientes al Ministerio Fiscal que integran las distintas comisiones.

Tras la entrada en vigor de la Ley 42/2015, de 5 de octubre, que reforma el artículo 10.2 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, los miembros del Ministerio Fiscal ya no figuran en la norma estatal como integrantes de las comisiones de asistencia jurídica gratuita. La Fiscalía General del Estado, mediante comunicación de 22 de octubre de 2015, interpretó que después de la modificación de la ley «deben considerarse tácitamente derogadas las previsiones de los decretos autonómicos que regulan las comisiones de asistencia jurídica gratuita en la medida que consideren al fiscal integrante de las mismas».

Por ello es necesario proceder a la designación de los miembros que a partir de ahora asumirán la presidencia y de las personas que los sustituyan.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10.2 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita, modificado por la Ley 42/2015, de 5 de octubre, el órgano competente de la Comunidad Autónoma determinará quienes de sus integrantes desempeñarán la presidencia y la secretaría. El artículo 5 del Reglamento de asistencia jurídica gratuita de Galicia, aprobado por el Decreto 269/2008, de 6 de noviembre, atribuye esta competencia a la persona titular de la consellería con competencias en materia de justicia.

En su virtud, en el uso de las facultades que me confieren los preceptos citados,

DISPONGO:

1. La presidencia de las comisiones de asistencia jurídica gratuita corresponderá al letrado o letrada de la Xunta de Galicia designado/a o que se designe por la Dirección General de la Asesoría Jurídica General como miembro titular de la comisión. La suplencia será ejercida por el vocal letrado o letrada que fuera designado o se designe para formar parte de la comisión con la condición de suplente.

2. Las designaciones producirán efectos desde la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2015

Alfonso Rueda Valenzuela
Vicepresidente y conselleiro de Presidencia,
Administraciones Públicas y Justicia