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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 203 Miércoles, 25 de octubre de 2017 Pág. 49649

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (504/2015).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 (refuerzo) de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 504/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Enrique Suárez Castelo contra Joal Fenix, S.C., Fogasa, José María Prado López y Danny Soleto Rojas, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Sentencia 512/2017

A Coruña, 26 de septiembre de 2017

Vistos por mí, Patricia López Arranz, magistrada jueza del Juzgado Social de refuerzo de A Coruña, los presentes autos de procedimiento ordinario 504/2015, seguidos ante este juzgado a instancia de Enrique Suárez Castelo, asistido de la letrada María Carmen Vilaboy Lois, contra Joal Fénix, S.C. (José María Prado López, Danny Soleto Rojas), que no comparecen, y contra Fogasa, que tampoco comparece, procedo a dictar sentencia de conformidad con los siguientes,

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por Enrique Suárez Castelo y condeno a Joal Fénix, S.C. (José María Prado López, Danny Soleto Rojas) a que abone al actor la cantidad de 13.657,01 euros, más el 10 % de interés moratorio.

Con intervención procesal del Fogasa.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Joal Fenix, S.C., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 26 de septiembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia