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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Martes, 16 de abril de 2019 Pág. 19100

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 22 de marzo de 2019, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 22 de marzo de 2019 relativa al acto de conciliación formulado por los representantes de los montes vecinales en mano común Veiga e Campo de Sas y Veiga, Costa, Chaira, Val de Barredoiro, Campo de Cibilleira y Campos, en el municipio de Castro Caldelas.

Examinada la solicitud de conciliación formulada por los representantes de los MVMC Veiga e Campo de Sas y Veiga, Costa, Chaira, Val de Barredoiro, Campo de Cibilleira e Campos, en el municipio de Castro Caldelas, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. En fecha 3 de octubre de 2016, la presidenta de la comunidad de montes vecinales en mano común de la parroquia de Sas de Penelas y el presidente de la comunidad de montes vecinales en mano común de la parroquia de Vilamaior comunicaron la realización de un deslinde entre los MVMC Veiga e Campo de Sas y Veiga, Costa, Llana, Valle de Barredoiro, Campo de Cibilleira y Campos, en el municipio de Castro Caldelas.

Segundo. En fecha 21 de septiembre de 2017, el Servicio de Montes, tras examinar la documentación presentada, emitió un informe en el que indicó que deben presentar nuevas certificaciones de aprobación por parte de cada una de las comunidades implicadas, ya que las que remitieron se refieren a un deslinde que fue modificado posteriormente, por considerarlo incompleto el propio Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de Ourense.

Tercero. El día 24 de abril de 2018, la comunidad de montes vecinales en mano común de la parroquia de Vilamaior aportó la certificación solicitada.

Cuarto. El día 17 de septiembre de 2018, la comunidad de montes vecinales en mano común de Sas de Penelas presentó la certificación requerida.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común,aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el jurado provincial de clasificación de montes vecinales en mano común, tras el examen de la documentación presentada, dicte resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, el jurado provincial de clasificacion de montes vecinales en mano común acordó por unanimidad, el día 7 de noviembre de 2018:

Aprobar el acto de conciliación conseguido por las juntas rectoras del MVMC Veiga e Campo de Sas y Veiga, Costa, Chaira, Val de Barredoiro, Campo de Cibilleira y Campos, en el municipio de Castro Caldelas.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 22 de marzo de 2019

Yago Borrajo Sánchez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense