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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 201 Martes, 22 de octubre de 2019 Pág. 46255

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

ORDEN de 30 de septiembre de 2019 por la que se modifica la Orden de 28 de mayo de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2019.

Mediante la Orden de 28 de mayo de 2019 (Diario Oficial de Galicia número 111, de 13 de junio), la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y la Consellería de Economía, Empleo e Industria convocaron conjuntamente las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, para el año 2019.

En el artículo 3 de la convocatoria se dispone que la duración de las ayudas de la modalidad B será de un máximo de 2 años, que se desarrollarán en las fechas que se indiquen en la resolución de adjudicación, que tendrá que ser a partir del 15 de noviembre de 2019 hasta la fecha que corresponda según la firma de los contratos de las personas seleccionadas.

El artículo 13 establece que la fecha límite para la firma de los contratos de la modalidad B será antes del 1 de diciembre de 2019.

Teniendo en cuenta lo anterior, y dado que los contratos de la modalidad B tienen como fecha de finalización prevista antes del 1 de diciembre de 2021, no es adecuado financiar la línea de investigación propia para el año 2022, por lo que el importe previsto para ese año se acumula a la anualidad de 2021.

Esta modificación solo afecta a la modalidad B de la convocatoria y no afecta a la concurrencia competitiva.

En consecuencia, y en el uso de las atribuciones que tenemos conferidas,

ACORDAMOS:

Artículo único. Modificación de la Orden de 28 de mayo de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del Sistema universitario de Galicia, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2019

La Orden de 28 de mayo de 2019 se modifica en los términos señalados en los números siguientes:

Uno. En el artículo 14 se modifica la tabla del punto 3, modalidad B, en los siguientes términos:

– Modalidad B.

Período de justificación

Documentación

Fecha límite de presentación

Desde la fecha de comienzo de los contratos hasta el mes de abril de 2020, este incluido

La documentación indicada en los apartados a), b), c), d), e) y g) del punto 2 de este artículo.

30 de junio de 2020

Con esta justificación se librarán los fondos correspondientes a los costes de los contratos y a los complementos por persona contratada, destinado a cada una de las entidades beneficiarias, correspondiente al primer año de contrato.

Justificación de la línea de investigación propia: desde el comienzo del contrato hasta el mes de noviembre de 2020, este incluido

La documentación indicada en los apartados b), c), d), e) y g) del punto 2 de este artículo y una memoria del trabajo realizado.

30 de noviembre de 2020

Con esta justificación se librarán los fondos correspondientes al establecimiento de la línea de investigación propia.

De mayo de 2020 a octubre de 2020, ambos meses incluidos

La documentación indicada en los apartados b), c), d), e) y g) del punto 2 de este artículo.

15 de diciembre de 2020

Con esta justificación se librarán los fondos correspondientes a los costes de los contratos.

De noviembre de 2020 a abril de 2021, ambos meses incluidos

La documentación indicada en los apartados b), c), d), e) y g) del punto 2 de este artículo.

30 de junio de 2021

Con esta justificación se librarán los fondos correspondientes a los costes de los contratos y a los complementos por persona contratada, destinado a cada una de las entidades beneficiarias, correspondiente al segundo año de contrato.

Justificación de la línea de investigación propia: de diciembre de 2020 hasta el mes de noviembre de 2021, ambos meses incluidos

La documentación indicada en los apartados b), c), d), e) y g) del punto 2 de este artículo y una memoria del trabajo realizado.

30 de noviembre de 2021

Con esta justificación se librarán los fondos correspondientes al establecimiento de la línea de investigación propia.

De mayo de 2021 a octubre de 2021 ambos meses incluidos

La documentación indicada en los apartados b), c), d), e) y g) del punto 2 de este artículo.

15 de diciembre de 2021

Con esta justificación se librarán los fondos correspondientes a los costes de los contratos.

De noviembre de 2021 hasta la finalización de los contratos

La documentación indicada en los apartados b), c), d), e) y g) del punto 2 de este artículo y además la documentación que se indica en el punto 6 de este artículo que se tiene que enviar con la última justificación.

30 de junio de 2022

Dos. En el artículo 20 se modifica la tabla presupuestaria de la modalidad B, en los siguientes términos:

Modalidad B:

Entidad beneficiaria

Nº ayudas

Aplicación presupuestaria

Crédito (en euros)

2020

2021

2022

Total

Universidades del SUG

20

10.40.561B.444.0

750.444,44

780.000,00

29.555,56

1.560.000,00

Universidades del SUG

10.40.561B.744.0

200.000,00

300.000,00

0,00

500.000,00

Otras entidades

1

09.A3.561A.480.0

37.522,22

39.000,00

1.477,78

78.000,00

Otras entidades

09.A3.561A.781.0

10.000,00

15.000,00

0,00

25.000,00

Total modalidad B

997.966,66

1.134.000,00

31.033,34

2.163.000,00

Tres. Se modifica el artículo 1 del anexo II, que queda redactado como sigue:

«Artículo 1. Objeto de la ayuda

Ayudas, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Gain, de apoyo a la etapa de formación posdoctoral, con el objeto de dar continuidad a la formación del personal investigador que obtuvo una plaza en la modalidad A de la convocatoria de 2016 del Programa de formación inicial de la etapa posdoctoral, 2016, que acabó el contrato y que consiguió una evaluación positiva, y para aquellas personas investigadoras de la convocatoria del año 2014 a las que, por circunstancias especiales, se les haya concedido el aplazamiento de la evaluación, que hayan completado el programa y que consigan una evaluación positiva, mediante la financiación de un contrato de dos años de duración».

Cuatro. Se modifican los apartados b) y c) del artículo 3 del anexo II, que quedan redactadas como sigue:

«b) Una ayuda complementaria por cada persona contratada para el establecimiento de una línea propia de investigación con el siguiente desglose por anualidades: 10.000 euros en 2020 y 15.000 euros en 2021.

c) Un complemento a cada una de las entidades beneficiarias que se establece en 1.000 euros anuales por cada persona contratada con cargo a estas ayudas para cubrir los gastos asociados a la contratación».

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de septiembre de 2019

Carmen Pomar Tojo
Conselleira de Educación, Universidad
y Formación Profesional

Francisco Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo
e Industria y presidente de la Agencia
Gallega de Innovación