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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 213 Viernes, 8 de noviembre de 2019 Pág. 48018

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional

RESOLUCIÓN de 29 de octubre de 2019, conjunta de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por la que se adjudican las ayudas del anexo II, modalidad B, de la Orden de 28 de mayo de 2019 por la que se establecen las bases para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral en las universidades del SUG, en los organismos públicos de investigación de Galicia y en otras entidades del Sistema de I+D+i gallego, y se procede a su convocatoria para el año 2019, modificada por la Orden de 30 de septiembre de 2019.

La Orden de 28 de mayo de 2019 (DOG núm. 111, de 13 de junio), modificada por la Orden de 30 de septiembre de 2019 (DOG núm. 201, de 22 de octubre), establece las bases reguladoras y la convocatoria de las ayudas de apoyo a la etapa de formación posdoctoral de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, a través de la Agencia Gallega de Innovación (en adelante Gain), en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva.

El objeto de la modalidad B del Programa de apoyo a la etapa posdoctoral es otorgar ayudas a las universidades del SUG, a los organismos públicos de investigación de Galicia, a las fundaciones de investigación sanitaria de Galicia (Fundación Instituto de Investigación Sanitaria de Santiago de Compostela, Fundación Profesor Novoa Santos, Fundación Biomédica Galicia Sur), y a los centros del CSIC (Consejo Superior de Investigaciones Científicas) y el IEO (Instituto Español de Oceanografía) radicados en Galicia, para dar continuidad a la formación de las personas investigadoras que obtuvieron una plaza en la convocatoria del año 2016 de la modalidad A del Programa de formación inicial de la etapa posdoctoral y de aquellas personas investigadoras de la convocatoria del año 2014 a las cuales se les concedió un aplazamiento de la evaluación, que acabaron el contrato y que consiguieron una evaluación positiva, mediante la financiación de un contrato de un máximo de dos años de duración.

En el artículo 2 de la orden de convocatoria se determina quien puede ser beneficiario y, en el artículo 2 del anexo II, los requisitos que deben cumplir las personas candidatas a las ayudas de la modalidad B del Programa de apoyo a la etapa posdoctoral.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de esta convocatoria, una vez analizadas las solicitudes se publicaron las listas provisionales de solicitudes admitidas y excluidas y las entidades solicitantes tuvieron un plazo de diez días naturales para formular reclamaciones para subsanar errores y falta de documentos de las personas interesadas ante la Secretaría General de Universidades o ante la Gain, según la entidad solicitante. Una vez que se recibió y se examinó esta documentación, se publicó la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas.

Las solicitudes fueron ponderadas por un equipo evaluador formado por personas expertas de fuera del Sistema de I+D+i gallego, con la colaboración de la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia (ACSUG), a partir de la documentación indicada en el artículo 4 del anexo II de la convocatoria y según el baremo que se indica en el artículo 5 del mismo anexo.

El resultado de esta evaluación se le entregó a la comisión de selección definida en el artículo 10 de la orden de convocatoria, que elaboró un informe para los órganos instructores en el que figuran las entidades beneficiarias, junto con la prelación de las personas candidatas a ser destinatarias de las ayudas, y la lista de espera para posibles sustituciones.

La competencia para resolver estas ayudas corresponde conjuntamente a la persona titular de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional y a la persona titular de la Presidencia de la Gain, de acuerdo con el artículo 11 de la convocatoria.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de las bases de la convocatoria y atendiendo a la propuesta de concesión elevada por los órganos instructores a partir del informe de la comisión de selección reunida el día 23 de octubre de 2019, a través de la Secretaría General de Universidades y de la Gain,

RESOLVEMOS:

Primero. Conceder las ayudas de la modalidad B de apoyo a la etapa de formación posdoctoral convocadas por la Orden de 28 de mayo de 2019 a las universidades del SUG que contraten a las personas seleccionadas para una plaza del Programa de apoyo a la etapa de formación posdoctoral que se relacionan en el anexo I.

En el caso de las demás entidades del artículo 2 de la convocatoria, no se conceden ayudas puesto que en el proceso de evaluación y selección la única solicitud presentada no alcanzó la puntuación mínima establecida en el artículo 5 del anexo II de la convocatoria.

Segundo. Establecer una lista de espera para las universidades del SUG, que se incluye como anexo II, para determinar posibles sustituciones, según los criterios recogidos en el artículo 10. En esta lista figuran por orden decreciente de puntuación las solicitudes que no han consiguido la puntuación suficiente para ser adjudicatarias de la ayuda pero que tienen una puntuación igual o superior a la mínima establecida en el artículo 5 del anexo II de la convocatoria.

Tercero. Todas las solicitudes que figuran en los anexos I y II de esta resolución cumplen los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria. Asimismo, las solicitudes que no figuran relacionadas en los citados anexos se entenderán denegadas o desestimadas.

Cuarto. La fecha de comienzo de los contratos será el 15 de noviembre de 2019.

Quinto. Las ayudas concedidas se financiarán con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020 y años sucesivos, de acuerdo con la siguiente distribución según la estructura de pagos recogida en el artículo 14 de las bases de la convocatoria.

Universidades del SUG: 20 ayudas.

El importe de las ayudas de las universidades del SUG se imputará al Plan gallego de financiación universitaria para el período 2016-2020, por lo que las anualidades de 2021 y 2022 se integrarán en el nuevo plan de financiación para los años siguientes:

Aplicación presupuestaria

Universidad

Nº de ayudas

Crédito (en euros)

2020

2021

2022

Total

10.40.561B.444.0

UDC

3

112.566,66

117.000,00

4.433,34

234.000,00

10.40.561B.744.0

30.000,00

45.000,00

0,00

75.000,00

UDC

142.566,66

162.000,00

4.433,34

309.000,00

10.40.561B.444.0

USC

10

375.222,20

390.000,00

14.777,80

780.000,00

10.40.561B.744.0

100.000,00

150.000,00

0,00

250.000,00

USC

475.222,20

540.000,00

14.777,80

1.030.000,00

10.40.561B.444.0

UVigo

7

262.655,54

273.000,00

10.344,46

546.000,00

10.40.561B.744.0

70.000,00

105.000,00

0,00

175.000,00

UVigo

332.655,54

378.000,00

10.344,46

721.000,00

Total SUG

950.444,40

1.080.000,00

29.555,60

2.060.000,00

Sexto. Las universidades beneficiarias deberán remitir un escrito de aceptación de la ayuda a la Secretaría General de Universidades, en el plazo de diez (10) días contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, y vincularán a las personas seleccionadas a sus organismos mediante la formalización del correspondiente contrato.

Séptimo. El artículo 14 de la orden de convocatoria establece que las entidades beneficiarias y contratantes de las personas seleccionadas serán las encargadas de presentar las justificaciones correspondientes adecuadas a la normativa comunitaria y nacional de aplicación y serán las perceptoras de los fondos para el pago de los contratos.

Segúnlo establecido en el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, transcurrido el plazo establecido de justificación sin que se hay presentado esta ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que, en el plazo improrrogable de diez días, la presente. La falta de presentación de la justificación comportará la pérdida del derecho al cobro parcial o total de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley de subvenciones de Galicia.

Octavo. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Consellería de Educación, Universidad y Formación Profesional, en el caso de solicitudes pertenecientes al SUG, y ante la persona titular de la presidencia de la Gain en los restantes casos, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con los artículos 19 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 29 de octubre de 2019

Carmen Pomar Tojo

Conselleira de Educación,

Universidad y Formación profesional

Francisco Conde López

Conselleiro de Economía, Empleo e Industria y presidente de la Agencia Gallega de Innovación

ANEXO I

Ayudas concedidas

Universidad de A Coruña

Nº expediente

Univ.

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Nota evaluación

ED481D 2019/004

UDC

Parga

Dans

Eva

Ciencias Sociales y Jurídicas

84

ED481D 2019/022

UDC

Valdiglesias

García

Vanessa

Ciencias de la Salud

95

ED481D 2019/032

UDC

Veloso

Freire

Javier

Ciencias

87

Universidad de Santiago de Compostela

Nº expediente

Univ.

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Nota evaluación

ED481D 2019/026

USC

Blanco

Rotea

Rebeca

Artes y Humanidades

91

ED481D 2019/005

USC

Cañón

Voirin

Julio Lisandro

Artes y Humanidades

85

ED481D 2019/013

USC

Dubert

Pérez

Javier

Ciencias de la Salud

90

ED481D 2019/009

USC

Ferreiro

Domínguez

Nuria

Ingeniería y Arquitectura

87

ED481D 2019/015

USC

Iglesias

Amorín

Alfonso

Artes y Humanidades

85

ED481D 2019/025

USC

Lendoiro

Belío

Elena

Ciencias de la Salud

91

ED481D 2019/019

USC

López

Moreira

Iván

Ingeniería y Arquitectura

88,5

ED481D 2019/014

USC

Regos

Sanz

Adrián

Ciencias

91

ED481D 2019/024

USC

Sobral

Bernal

María del Mar

Ciencias

93

ED481D 2019/016

USC

Varela

Río

Zulema

Ciencias

85

Universidad de Vigo

Nº expediente

Univ.

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Nota evaluación

ED481D 2019/017

UVigo

Álvarez

Álvarez

María Salomé

Ingeniería y Arquitectura

85

ED481D 2019/007

UVigo

Arenas

Lago

Daniel

Ciencias

90

ED481D 2019/020

UVigo

Díaz

Vilariño

Lucía

Ingeniería y Arquitectura

95

ED481D 2019/001

UVigo

Figueiredo

González

María

Ciencias de la Salud

83,5

ED481D 2019/008

UVigo

Gómez

Yepes

Alejandro

Ingeniería y Arquitectura

91

ED481D 2019/002

UVigo

Reboredo

Rodríguez

Patricia

Ciencias de la Salud

83,5

ED481D 2019/021

UVigo

Sartal

Rodríguez

Antonio

Ciencias Sociales y Jurídicas

95

ANEXO II

Lista de espera

Nº expediente

Univ.

1er apellido

2º apellido

Nombre

Rama de conocimiento

Nota evaluación

ED481D 2019/030

UVigo

Del Valle

García

Jesús

Ingeniería y Arquitectura

82

ED481D 2019/023

UVigo

Copena

Rodríguez

Damián

Ciencias Sociales y Jurídicas

80

ED481D 2019/033

UDC

Nalakath

Abubackar

Haris

Ciencias

80

ED481D 2019/006

USC

Costa

García

José Manuel

Artes y Humanidades

78

ED481D 2019/028

UVigo

Fontán

Bouzas

Ángela

Ciencias

75

ED481D 2019/018

USC

Cortina

Orero

Eudald

Artes y Humanidades

75