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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 240 Miércoles, 18 de diciembre de 2019 Pág. 53650

V. Administración de justicia

Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección Primera)

EDICTO (537/2019).

En el presente recurso de apelación (LECN) nº 488/19, seguido a instancia de María Elisabeth Bouzas Lopo frente a Nilson Barbosa de Almeida, dimanante del procedimiento de nulidad nº 304/2014 del Juzgado de Primeira Instancia número 5 de Pontevedra, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

«La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra, compuesta por los magistrados

Francisco Javier Menéndez Estébanez

Manuel Almenar Belenguer

María Begoña Rodríguez González

ha dictado, en nombre del rey, la siguiente

Sentencia núm. 537/19

Pontevedra, 8 de octubre de 2019

Vistos en grado de apelación, ante esta Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra, los autos de nulidad 304/2014, procedentes del Juzgado de Primera Instancia número 5 de Pontevedra, a los que ha correspondido el rollo recurso de apelación (LECN) 488/2019, en los que aparece como parte apelante, María Elisabeth Bouzas Lopo, representada por la procuradora de los tribunales Francisca María Rodríguez Ambrosio, asistida por el abogado Antonio Alberto Calvar Carballo-Pérez y, como parte apelada, Nilson Barbosa de Almeida, no personado en esta alzada, siendo parte el Ministerio Fiscal, siendo el magistrado ponente Francisco Javier Menéndez Estébanez.

Siguen antecedentes de hecho y fundamentos jurídicos

Fallamos

Que debemos desestimar y desestimamos el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de María Elizabeth Bouzas Lopo contra la sentencia de fecha 11 de mayo de 2017, dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Pontevedra en el proceso de nulidad/divorcio nº 304/14, confirmando la misma sin especial imposición de costas.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Siguen las rúbricas. Certifico.

Y encontrándose dicho demandado, Nilson Barbosa de Almeida, en paradero desconocido, y para que así conste y se remita al Diario Oficial de Galicia, se expide el presente a fin que le sirva de notificación en forma.

Se hace constar que la demandante goza del beneficio de justicia gratuita.

Pontevedra, 13 de noviembre de 2019

La letrada de la Administración de justicia