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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 98 Viernes, 22 de mayo de 2020 Pág. 20953

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

EXTRACTO de la Resolución de 19 de mayo de 2020 de concesión directa de la ayuda complementaria a la de los programas del bono alquiler social y del bono alquiler social destinado al alquiler de viviendas para víctimas de violencia de género.

BDNS (Identif.): 506553.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la resolución de concesión directa cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Personas beneficiarias

1. Serán beneficiarias de estas ayudas complementarias todas las personas que a la fecha publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia tengan una resolución de concesión inicial o, en su caso, de prórroga del Programa del bono de alquiler social o del Programa del bono de alquiler social destinado al alquiler de viviendas para las víctimas de violencia de género, así como aquellas otras que resulten beneficiarias en virtud de las actuales convocatorias.

2. Será requisito necesario para ser persona beneficiaria de estas ayudas que en el expediente de concesión conste el correspondiente contrato de alquiler de la vivienda presentado por la persona interesada.

Segundo. Objeto

1. Esta resolución tiene por objeto aprobar la concesión directa de las subvenciones complementarias a las de los programas del bono de alquiler social y del bono de alquiler social destinado al alquiler de viviendas para las víctimas de violencia de género.

2. Estas ayudas son complementarias a las subvenciones concedidas a las personas beneficiarias de los programas del bono de alquiler social y del bono de alquiler social destinado al alquiler de viviendas para las víctimas de violencia de género y tienen la finalidad de subvencionar, conjuntamente con estas, el importe mensual de la renta del alquiler de la vivienda, satisfaciendo de este modo una solución habitacional a colectivos especialmente vulnerables.

Tercero. Bases reguladoras

Son las contenidas en la propia resolución de concesión directa.

Cuarto. Crédito presupuestario

Estas ayudas complementarias se harán efectivas con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2020 en las aplicaciones presupuestarias y por los importes que a continuación se indican:

Aplicación presupuestaria

Anualidad

Importe

07.83.451B.480.6

2020

650.000 euros (ayudas complementarias del bono de alquiler social)

07.83.451B.480.3

2020

160.000 euros (ayudas complementarias del bono de alquiler social para víctimas de violencia de género)

Total

810.000 euros

Quinto. Procedimiento

1. El procedimiento de concesión de estas ayudas se inicia de oficio mediante esta resolución.

2. La tramitación de este procedimiento la realizará el Área Provincial del IGVS donde esté ubicada la vivienda, sin que sea necesario que las personas interesadas tengan que presentar solicitud alguna.

Santiago de Compostela, 19 de mayo de 2020

Heriberto García Porto
Director general del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo