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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 118 Miércoles, 17 de junio de 2020 Pág. 24022

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 10 de junio de 2020, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se resuelven las solicitudes de subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad, convocadas por la Resolución de 13 de diciembre de 2019 y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020 (SI427A).

Mediante la Resolución de 13 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad (DOG núm. 22, de 3 de febrero de 2020), se establecieron las bases reguladoras y se convocaron para el año 2020 las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

Según el artículo 14.3 de las bases reguladoras, por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva y de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las resoluciones de estas subvenciones serán objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los mismos efectos de la notificación.

Una vez finalizada la fase de instrucción de las solicitudes recibidas en la Secretaría General de la Igualdad, evaluadas las solicitudes por la Comisión de Valoración prevista en el artículo 12.2 de las bases reguladoras, vista la propuesta de resolución formulada por el órgano instructor y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias,

RESUELVO:

Primero. Conceder las subvenciones para el desarrollo de programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad que se indican en el anexo I por la cuantía resultante tras la aplicación de lo establecido en el artículo 5.8 de las bases reguladoras, por un importe total de 1.416.907,30 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria que se indica a continuación:

Aplicación

Código del proyecto

Importe

05.11.313B.481.2

2015 00142

1.416.907,30

Estas subvenciones están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, en un porcentaje del 80 %, a través del programa operativo FSE Galicia 2014-2020, en el objetivo temático 9. Promover la inclusión social, luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación, prioridad de inversión 9.3. La lucha contra toda forma de discriminación y el fomento de la igualdad de oportunidades, objetivo específico 9.3.1. Aumentar la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos más vulnerables, a través de actuaciones que fomenten la igualdad de género y la conciliación de la vida personal y laboral, evitando a su vez la discriminación múltiple.

Segundo. En el anexo II se relacionan las solicitudes que quedan en la lista de espera según el orden de puntuación y que, en su caso, podrán ser atendidas a través del crédito que quede sin comprometer por producirse alguna renuncia, por modificación en los proyectos inicialmente presentados o por un incremento del crédito presupuestario disponible destinado a estas subvenciones. A estos efectos, podrán realizarse sucesivas propuestas de resolución.

Tercero. Excluir y declarar desistidas las solicitudes que se relacionan en el anexo III, con indicación de la causa específica, por no cumplir el requisito de enmienda y/o aportación de los documentos preceptivos en el plazo establecido, según lo dispuesto en el artículo 11.1 de las bases reguladoras, o bien por no cumplir alguno de los requisitos establecidos en las referidas bases reguladoras.

Cuarto. De acuerdo con lo establecido en el artículo 14.4 de las bases reguladoras, una vez notificada la resolución de concesión, la entidad beneficiaria deberá comunicar en el plazo de diez (10) días su aceptación, y comprometerse a ejecutar el programa o actuación subvencionada en el plazo y en las condiciones establecidos en la convocatoria. En el caso de no comunicar dicho aspecto en el plazo indicado, se entenderá tácitamente aceptada.

Quinto. Informar a las entidades beneficiarias de que la aceptación de la subvención comunitaria implicará su aparición en la lista pública de operaciones con los nombres de las beneficiarias, en el supuesto de ser entidades jurídicas, así como la otra información recogida en el anexo XII del Reglamento (UE) 1303/2013, en relación con el artículo 115.2 de la misma norma jurídica.

Sexto. Según el artículo 3 de las bases reguladoras, estas subvenciones son incompatibles con cualquier otra ayuda pública para la misma actuación o actividad.

Séptimo. De conformidad con el artículo 18.2 de las bases reguladoras, se realizará un primer pago del 80 % de la cuantía de la subvención concedida, en concepto de pago anticipado, que se hará efectivo una vez notificada la resolución de concesión. El 20 % restante, o la parte que corresponda, se librará después de la justificación por las entidades beneficiarias del cumplimiento de la finalidad para la cual se concedió la subvención y demás condiciones exigidas en la Resolución de 13 de diciembre de 2019.

Octavo. La fecha límite de presentación de la documentación justificativa de la realización del programa subvencionado, de acuerdo con el artículo 17.1 de las bases reguladoras, es el 9 de octubre de 2020.

Las actuaciones correspondientes a los programas subvencionados se justificarán a través de las modalidades de costes simplificados previstas en los artículos 67, 68, 68 bis y 68 ter del Reglamento (UE) 1303/2013, modificado por el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, según módulo o coste unitario por hora efectivamente trabajada, calculado sobre el coste directo de personal más un 20 % en concepto de gastos directos e indirectos derivados del programa.

El período de referencia para el desarrollo del programa y para la imputación de los gastos subvencionables es el comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y hasta el 30 de septiembre de 2020.

Noveno. Las entidades beneficiarias deberán cumplir, en todo caso, con los requisitos y obligaciones exigidos en los artículos 10 y 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, así como con las condiciones y obligaciones establecidas en el artículo 19 de las bases reguladoras y demás que resulten exigibles según la normativa de aplicación y, en particular, las siguientes:

– Destinar los fondos percibidos al objeto concreto para el cual fueron concedidos, ejecutar y acreditar la realización del programa, actuaciones y actividades que fundamenta la concesión de la subvención dentro del período y plazos establecidos en la Resolución de 13 de diciembre de 2019, así como el cumplimiento de los requisitos, condiciones y obligaciones que resultan de la normativa de aplicación.

– Mantener una pista de auditoría suficiente, disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable a las entidades beneficiarias, y mantener de forma separada en la contabilidad los ingresos de la ayuda percibida y conservar toda la documentación relativa a la subvención durante, al menos, un período de tres años, a partir del 31 de diciembre siguiente a la presentación de las cuentas en las que estén incluidos los gastos de la operación ante la Comisión Europea, de conformidad con el artículo 140.1 del Reglamento (UE) 1303/2013, en cuanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control. El comienzo de este plazo será oportunamente comunicado por el organismo intermedio del programa operativo FSE Galicia 2014-2020 (actualmente, la Dirección General de Política Financiera, Tesoro y Fondos Europeos).

– Dar cumplimiento a la obligación de dar adecuada publicidad del carácter público de la financiación en todas las actuaciones que se deriven de la ejecución del proyecto, en cumplimiento del artículo 15.3 de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia, y en el anexo XII del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, modificado por el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046. Así, en todo tipo de publicidad e información relativas a la actuación y actividades subvencionadas, tendrá que constar la condición de subvencionada por la Secretaría General de la Igualdad y por el programa operativo FSE Galicia 2014-2020.

En todo caso, en los espacios de atención a las usuarias y en las comunicaciones contarán con el emblema de la Unión Europea con la referencia al Fondo Social Europeo, y en los lugares de realización de la actuación se informará del apoyo de los fondos a través de un cartel de un tamaño mínimo A3 en un lugar destacado y visible. También se informará en la página web, en el caso de disponer de ella, sobre el proyecto y la ayuda financiera recibida de la Unión Europea y sobre los objetivos y resultados de la operación financiada.

– Informar a las personas destinatarias de que las actuaciones en que participan están financiadas por la Xunta de Galicia (Secretaría General de la Igualdad) y por el programa operativo FSE Galicia 2014-2020, así como de los objetivos de los fondos. Los emblemas deberán figurar, como mínimo, en todo el material y en los documentos que se utilicen o entreguen a las usuarias o participantes.

– Adecuar la metodología de recogida y proceso de datos de seguimiento y de acreditación de la realización de la actividad de personas beneficiarias a las fórmulas requeridas a través de la aplicación Participa 1420, realizando las actuaciones precisas para recoger la información suficiente relativa al desarrollo de las actuaciones que permita dar cumplimiento a los requisitos de información a través de indicadores de productividad y resultados enumerados en el artículo 5 del Reglamento (UE) 1304/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo al FSE. En este sentido, en su cobertura deberá respetarse el principio de integridad de los datos.

Los datos de los indicadores de productividad relativos a las entidades y a las personas participantes se referirán a la situación previa a su participación en el programa dentro del período subvencionable, mientras que los indicadores de resultado inmediato deberán referirse a la situación dentro de las cuatro semanas siguientes a la finalización de su participación en ese período. Asimismo, la Administración podrá requerir la actualización de estos datos en el plazo de seis meses desde que finalice esta actividad, con la finalidad de formalizar los indicadores de resultado a largo plazo descritos en dicho reglamento. A estos efectos, se facilitará a las entidades beneficiarias el acceso a la aplicación Participa 1420.

Para dar cumplimiento a estos requisitos de información, las entidades beneficiarias deberán introducir los datos del perfil con los indicadores de productividad y de resultado de las personas participantes en la aplicación Participa 1420. Asimismo, las entidades beneficiarias deberán custodiar la ficha individualizada de seguimiento con los indicadores de productividad, más la de los de resultado inmediato de cada una de las personas participantes, firmada por la participante y por la persona responsable del programa, según el modelo disponible en la página web de la Secretaría General de la Igualdad.

– Dar cumplimiento a la normativa de protección de datos personales, en concreto a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales (Reglamento general de protección de datos), y en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Los datos personales de las personas usuarias participantes en las actuaciones subvencionadas serán tratados por la Xunta de Galicia-Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (Secretaría General de Igualdad) en su condición de responsable, con la finalidad de gestionar el adecuado desarrollo de esta resolución y podrán ser comunicados a las administraciones públicas competentes cuando sea necesario para la tramitación del procedimiento, a los organismos financiadores y a las entidades colaboradoras en la gestión del proyecto. La base legitimadora del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público, la prestación de asistencia de tipo social y el consentimiento de las personas interesadas, que podrán solicitar el acceso, la rectificación y la supresión de sus datos, así como ejercer otros derechos o retirar, en su caso, el consentimiento otorgado a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, según se detalla en https://www.xunta.gal/exercicio-de-dereitos. Contacto delegado/a de protección de datos e información adicional en https://www.xunta.gal/informacion-xeral-proteccion-datos.

Las entidades beneficiarias de la subvención serán responsables de informar de manera fehaciente a las destinatarias finales del tratamiento que llevarán a cabo sobre sus datos conforme a lo especificado en el artículo 13 del Reglamento general de protección de datos, así como de los aspectos incluidos en el párrafo anterior, recabando su consentimiento explícito al efecto. Asimismo, las entidades beneficiarias serán responsables de custodiar la documentación que acredite el cumplimiento de estas obligaciones.

– Comunicar al órgano concedente cualquier modificación de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, así como de los compromisos y obligaciones asumidas por las entidades beneficiarias y, en su caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o ente público nacional o internacional.

– Facilitar toda la información requerida por la Secretaría General de la Igualdad, por los órganos verificadores que se establezcan en aplicación de los artículos 72, 73 y 74 del Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, así como por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas, el Consejo de Cuentas y otros órganos de control impuestos por la normativa comunitaria en el ejercicio de sus funciones de fiscalización y control.

– Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar la Secretaría General de la Igualdad, así como a cualquier otra actuación de control que puedan realizar los órganos competentes, tanto autonómicos como estatales o comunitarios, para lo cual se aportará cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores. En especial, por tratarse de ayudas cofinanciadas por el programa operativo FSE Galicia 2014-2020, la entidad beneficiaria quedará sometida a las verificaciones que puedan realizar los organismos implicados en la gestión y seguimiento del FSE, que incluirán las oportunas visitas sobre el terreno.

En el artículo 21 de las bases reguladoras se establecen los criterios de gradación de los posibles incumplimientos para determinar la cantidad que se minorará o reintegrará.

Décimo. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la secretaria general de la Igualdad, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de esta publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de esta publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de junio de 2020

La secretaria general de la Igualdad
P.D. (Resolución de 8.6.2020, DOG núm. 111, de 9 de junio)
Natalia Prieto Viso
Directora general de Evaluación y Reforma Administrativa

ANEXO I

Concesiones

Nº de expte.

Entidad

(por número de expte.)

NIF

Denominación del programa

Nº total de horas imputadas al programa subvencionables

Nº mínimo de usuarias

Nº mínimo de usuarias con atención continuada

Puntos

Tramo

Importe de concesión

SI427A 2020/001

Asociación para o Desenvolvemento Social da Comarca do Deza-Acode

G36527745

Mirando hacia el futuro

544

13

8

66,00

70 %

8.211,57

SI427A 2020/003

Alume Saúde Mental

G27198977

Programa pluriasistencial de apoyo y rehabilitación con alojamiento para mujeres en situación de especial vulnerabilidad

1.720

15

15

71,00

70 %

25.963,06

SI427A 2020/004

Asociación Cultural Os Tres Reinos

G32345274

Por ellas

784

18

11

56,00

60 %

10.143,71

SI427A 2020/005

Asociación de Viúvas María Andrea

G32014334

Apoyando en la soledad

900

21

13

64,00

60 %

11.390,48

SI427A 2020/006

Asociación Down Ourense

G32311870

Programa de atención integral dirigida a mujeres con discapacidad intelectual y síndrome de Down

774

18

11

65,00

70 %

11.683,38

SI427A 2020/007

Asociación Redmadre Ourense

G32394082

Madres e hij@s

1.157

27

16

84,00

80 %

19.959,64

SI427A 2020/009

Auxilia Delegación Lugo

G08317059

Diversas pero iguales V

800

19

11

73,00

70 %

12.075,84

SI427A 2020/012

Asociación Íntegro das Persoas con Diversidade Funcional da Costa da Morte

G15173263

PIMD rural

1.217

28

17

63,00

60 %

15.746,03

SI427A 2020/013

Asociación Síndrome de Down Teima de Ferrol

G15458060

Mujeres empecinadas: apoyo en la etapa adulta a las mujeres con síndrome de Down y discapacidad intelectual

729

17

10

66,00

70 %

11.004,11

SI427A 2020/014

Asociación Participacción

G32477127

Abriendo puertas con flores

632

15

9

71,00

70 %

9.539,92

SI427A 2020/016

Rede de Mulleres contra os malos tratos de Vigo

G36928646

«Xuntas»

464

11

7

54,00

50 %

5.002,85

SI427A 2020/017

Asociación de Axuda ó Enfermo Mental A Mariña

G27262799

Cuidando de mí IV

644

15

9

64,00

60 %

8.332,33

SI427A 2020/018

Federación de Asociacións de Persoas Xordas de Galicia (FAXPG)

G15068091

Recursos especializados para mujeres sordas

1.053

24

14

58,00

60 %

13.624,13

SI427A 2020/019

Asociación de Ayuda a la Vida (Ayuvi)

G36802536

Tú puedes

1.455

34

20

84,00

80 %

25.100,50

SI427A 2020/020

Fundación

Érguete-Integración

G36861078

Proyecto EVA

(empleo-visibilidad-autonomía)

1.809

42

25

72,00

70 %

27.306,50

SI427A 2020/021

Down Pontevedra «Xuntos», Asociación Síndrome de Down

G36164887

Programa de empoderamiento de mujeres en el colectivo de síndrome de Down-discapacidad intelectual

1.290

30

18

57,00

60 %

16.690,54

SI427A 2020/022

Cáritas Diocesana Tui-Vigo

R3600368I

«Agarimo V»

2.533

59

35

70,00

70 %

38.235,13

SI427A 2020/023

Aliad Ultreia

G27021120

Programa «Senlleiras»

1.853:42

43

26

72,00

70 %

27.981,23

SI427A 2020/024

Federación Provincial de Mulleres Rurais de Ourense (Femuro)

G32237869

Tejiendo oportunidades

1.928

45

27

73,00

70 %

29.102,77

SI427A 2020/025

ONG Mestura

G15940414

«Neneiras»

1.915

45

27

82,00

80 %

33.036,05

SI427A 2020/026

Andaina pro Saúde Mental

G70264999

Atención integral para la promoción de la autonomía de las mujeres en el rural con trastorno mental 2020

810

19

11

75,00

80 %

13.973,47

SI427A 2020/027

Acción Familiar Ferrol (AFA Ferrol)

G15745466

Reinvéntate-Programa de apoyo integral a mujeres en situación de especial vulnerabilidad

449

10

6

51,00

50 %

4.841,12

SI427A 2020/028

Asociación Saúde Mental

A Creba

G15476310

Apoyo integral a mujeres con enfermedades mentales procedentes del medio rural

516

12

7

56,00

60 %

6.485,66

SI427A 2020/029

Federación de Asociacións de Mulleres Rurais de Galicia (Fademur Galicia)

G70101647

Servicio integral para mujeres del rural en situación de vulnerabilidad

1.968

46

28

82,00

80 %

33.950,36

SI427A 2020/030

Asociación Nós Mesmas

G27718907

Servicio de orientación, formación y asesoramiento social, psicológico y laboral a mujeres LBT

1.706

40

24

69,00

70 %

25.751,73

SI427A 2020/031

Asociación Síndrome de Down de Lugo (Down Lugo)

G27202043

Fortalecimiento de capacidades personales y sociales de las mujeres del colectivo Down de la provincia de Lugo

1.462

34

20

56,00

60 %

18.915,94

SI427A 2020/032

Cruz Roja Española

Q2866001G

Primera infancia: apoyo a la infancia de 0 a 3 años

802:30

19

11

53,00

50 %

8.652,56

SI427A 2020/034

Asociación Redmadre Pontevedra

G27707686

Madres e hij@s

1.503

35

21

84,00

80 %

25.928,55

SI427A 2020/035

Asociación Diversidades

G27783950

Dueñas de la ciudad 2020

1.988

46

28

82,00

80 %

34.295,38

SI427A 2020/037

Asociación Mujeres en Igualdad de Burela (Bumei)

G27441153

PRIAPE para mujeres en situación de vulnerabilidad. Mujer: tu trabajo, tu libertad

1.964

46

28

82,00

80 %

31.232,83

SI427A 2020/038

Saúde Mental FEAFES Galicia

G15545353

Atención integral a mujeres con enfermedad mental en situación de vulnerabilidad

1.855

43

26

68,00

70 %

28.000,85

SI427A 2020/040

Asociación de Mulleres Anel

G32207516

Servicio de atención a mujeres mayores que viven solas o con personas dependientes a su cargo

1.505

35

21

71,00

70 %

22.717,67

SI427A 2020/041

Asociación de Mulleres Arandeira

G32261679

Programa de empoderamiento y atención integral de las mujeres del rural

1.500

35

21

78,00

80 %

25.876,80

SI427A 2020/042

Asociación Redmadre Coruña

G70180229

Briana

1.707

40

24

80,00

80 %

29.447,80

SI427A 2020/043

Asociación Érguete

G36642726

Intervención desde una perspectiva de género con mujeres reclusas o ex-reclusas «Mírate»

1.735

40

24

90,00

90 %

33.672,19

SI427A 2020/044

Asociación Dignidad Galicia

G15500853

Acompaña, en femenino

2.078

48

29

58,00

60 %

26.885,99

SI427A 2020/045

Acadar. Asociación de mulleres con discapacidade de Galicia

G70223417

Programa Enrédate 2ª edición

1.750

41

25

76,00

80 %

30.189,60

SI427A 2020/046

Asociación Veciñal

As Termas

G32334989

Espacio de apoyo integral a las mujeres

440

10

6

57,00

60 %

5.692,90

SI427A 2020/047

Asociación para a prevención e a educación social (APES)

G32383549

#espazomulleres

312

7

4

68,00

70 %

3.658,63

SI427A 2020/048

Unión General de Trabajadores de

Galicia-UGT Galicia

G15383011

Servicio de atención a mujeres (SAM)

1.561

36

22

63,00

60 %

20.196,84

SI427A 2020/049

Asociación Penitenciaria Concepción Arenal

G27119809

Atención integral a mujeres en situación pre, intra y postpenitenciaria y familiares afectados

1.850

43

26

78,00

80 %

31.914,72

SI427A 2020/050

Asociación Ayuda y Atención al Preso

G15414667

Programa Silvia

1.918

45

27

76,00

80 %

32.002,22

SI427A 2020/051

ValoReSC Innovation

G70377585

La Tribu de Malaya

1.911

44

26

62,00

60 %

23.223,94

SI427A 2020/052

Asociación Antonio Noche

G15210388

Confeccionando tu futuro

1.999

46

28

62,00

60 %

24.004,51

SI427A 2020/053

Acción Laboral

V09409749

Proyecto Boudica III

1.925

45

27

70,00

70 %

29.057,49

SI427A 2020/054

CIMO Entidade Prestadora de Servizos

G32010449

Actívate

760

18

11

50,00

50 %

8.194,32

SI427A 2020/055

Asociación de Mulleres Algueirada

G32354227

Servicio de atención a mujeres ancianas que viven solas o con personas dependientes a su cargo

1.032

24

14

71,00

70 %

15.577,84

SI427A 2020/057

Asociación de Coaching para el Desarrollo Social y Comunitario, Daleth

G70480595

Programa Daleth 2019/2020 para mujeres en situación de especial vulnerabilidad: «Volvoreta IV»

1.877

44

26

78,00

80 %

31.995,54

SI427A 2020/058

Asociación Integrados

G15973357

Servicio de formación e integración para mujeres jóvenes con discapacidad 2020

904

21

13

67,00

70 %

13.645,70

SI427A 2020/059

Asociación Amicos

G15747678

Programa mujeres, discapacidad y prevención del maltrato

1.720

40

24

66,00

70 %

25.963,06

SI427A 2020/060

Down Vigo: Asociación para Síndrome de Down

G36697324

Recursos integrales de atención personalizada y grupal de mujeres con síndrome de Down y discapacidad

1.720

40

24

66,00

70 %

25.963,06

SI427A 2020/061

Confederación Galega de Persoas con Discapacidade (Cogami)

G32115941

Servicio de atención especializada a la mujer con discapacidad

2.651

62

37

71,00

70 %

40.000,00

SI427A 2020/062

Fundación Ronsel

G15752660

Zulia, empoderamiento de la mujer venezolana a través del emprendimiento y de la creación de redes

490

11

7

54,00

50 %

5.283,18

SI427A 2020/063

Fundación Juan Soñador

G24452435

Mujeres migrantes Teranga en situación de especial vulnerabilidad

1345:30

31

19

54,00

50 %

14.507,19

SI427A 2020/064

Asociación Centinelas

G70390745

100 % mujer 2020

1.892

44

26

77,00

80 %

32.000,24

SI427A 2020/065

Fundación Amigos de Galicia

G15859911

Em-podérate

1.250

29

17

76,00

80 %

21.564,00

SI427A 2020/066

Asociación Xarela Formación-Animación

G32261307

Valor-es

899

21

13

78,00

80 %

15.508,83

SI427A 2020/068

Congregación Siervas de la Pasión

R0800086A

Atención psicosocial a mujeres gestantes y/o lactantes con niños/as menores de dos años

1.834

16

16

75,00

80 %

31.638,70

SI427A 2020/069

Asociación de Mulleres en Igualdade de Vigo

G27712306

Violencia de género, una realidad oculta

1.755

41

25

78,00

80 %

30.275,86

SI427A 2020/070

Asociación Faraxa pola Abolición da Prostitución

G27728658

Proyecto «Importas 2»

942

22

13

78,00

80 %

16.250,63

SI427A 2020/071

Asociación pola Igualdade e a Coeducación (Apico)

G94088549

Programa Apico 2019/2020: plan de lucha, información y apoyo integral a víctimas de violencia de género

1.980

46

28

68,00

70 %

29.887,70

SI427A 2020/072

Apetamcor

G32026056

Programa Verea

1.870

43

26

68,00

70 %

27.924,12

SI427A 2020/073

Asociación Mirabal

G70312954

Programa Mimosa 2019/2020

1.075

25

15

78,00

80 %

18.160,08

SI427A 2020/074

Asociación E-Deidades para a Integración Laboral e Social da Muller

G27431873

Trabajando juntas 2020

944

22

13

48,00

50 %

10.178,21

SI427A 2020/075

Asociación Ámbar das Persoas con Diversidade Funcional

G15052434

Oigo. Programa integral de empoderamiento y autogestión para mujeres con diversidad intelectual

860

20

12

76,00

80 %

14.836,03

SI427A 2020/076

Ecos do Sur

G15354483

Apoyo a madres

1.915

45

27

68,00

70 %

28.906,54

SI427A 2020/078

Federación EFA Galicia

G15299357

Mujeres con proyecto: experiencias y seguimiento

362

8

5

62,00

60 %

4.683,70

SI427A 2020/079

Agrupación Miño de Asociacións Veciñais do Rural e da Periferia de Ourense

G32408023

Red vecinal de mujeres

740

17

10

57,00

60 %

9.574,42

SI427A 2020/080

Fundación Impulsa para el Desarrollo del Empleo y la Integración Social

G27866763

Programa Gaia

1.058

25

15

58,00

60 %

13.688,83

ANEXO II

Lista de espera

Nº de orden

Nº de expte.

Entidad

NIF

Denominación del programa

Puntos

1

SI427A 2020/067

Asociación de Acción Social, Educación Permanente y de Servicios a la Juventud y a la Mujer Tempus

G15681000

Mujeres tejiendo redes

44,00

2

SI427A 2020/033

Cáritas Diocesana de Santiago de Compostela

R1500053B

Programa materno-infantil

40,00

3

SI427A 2020/002

Aspnais-Asociación de Padres o Tutores de Personas con Discapacidad Intelectual de Lugo

G27018365

Autodeterminación y empoderamiento (para la igualdad) de mujeres con discapacidad intelectual

36,00

4

SI427A 2020/039

ACCEM

G79963237

Servicio de atención psicoeducativa y terapéutica para mujeres en situación de especial vulnerabilidad

31,00

5

SI427A 2020/008

Cáritas Diocesana de Ourense

R3200098F

Apoyo a la vivienda 2020

30,00

ANEXO III

Solicitudes denegadas y desistidas

Nº de expte.

Entidad

NIF

Denominación del programa

Causa

SI427A 2020/010

Xeracción, S. Coop. Galega

F32479040

Enredadas

Artículo 4.2 de las bases reguladoras: entidad excluida del ámbito de aplicación de la convocatoria

SI427A 2020/011

Asociación Patronato Concepción Arenal

G15030372

IV Programa mediación en movilidad humana de usuarias de la casa de acogida Patronato Concepción Arenal

Artículo 6.1 de las bases reguladoras: no acredita que los gastos directos de personal estén directamente relacionados con la actuación ni que se refieran de forma inequívoca y constatable a ella

SI427A 2020/015

Asociación para la Igualdad y la Visibilidad Lésbica LES Coruña

G70563143

Proyecto jam session

Artículo 11.1 de las bases reguladoras: no subsana la documentación requerida mediante la Resolución de 5 de mayo de 2020 (DOG núm. 93, de 14 de mayo)

SI427A 2020/036

Asociación de Movilidad Humana para la Colaboración y el Desarrollo

G70464334

CEMEC (centro de empoderamiento para mujeres empleadas del hogar y los cuidados)

Apartados 1.a) y 3 del artículo 4 de las bases reguladoras: la inscripción en el Área de Igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales es posterior a la finalización del plazo de presentación de solicitudes

SI427A 2020/056

Asociación Escola Rural de Saúde da Limia

G32426025

X-nosotras. Atención integral a la mujer de A Limia

Desistimiento expreso: artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

SI427A 2020/077

Asociación de Amigos da Cultura e do Ocio Aires Nosos

G32369696

Programa Senectus IV

Desistimiento expreso: artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas