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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Lunes, 27 de julio de 2020 Pág. 29579

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

EXTRACTO de la Resolución de 22 de julio de 2020 por la que se establece el procedimiento de concesión de la tarjeta Bono turístico #QuedamosenGalicia (código de procedimiento TU985B).

BDNS (Identif.): 516819.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

(http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

1. Podrán ser beneficiarias de este bono aquellas personas empleadas públicas, tanto personal funcionario, estatutario o personal laboral, fijo o temporal, que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:

a) Todo el personal del Sistema público de salud de Galicia, tanto dependiente de la Consellería de Sanidad como del Servicio Gallego de Salud y las entidades públicas dependientes de este organismo.

b) Personal empleado público destinado en los centros residencias de mayores, discapacidad y menores, cualquiera que sea su categoría laboral.

2. Serán requisitos necesarios para la concesión de esta ayuda:

a) Que la persona solicitante tenga la condición de empleado público de las categorías establecidas en el apartado anterior.

b) Que la persona solicitante haya estado prestando servicios dentro del período comprendido entre el 15 de marzo y el 15 de junio de 2020.

Segundo. Objeto, cuantía y régimen de las subvenciones

Esta resolución tiene por objeto establecer las condiciones por las que se regirá la concesión del Bono turístico #QuedamosenGalicia, que se hará efectivo a través de una tarjeta prepago que se cargará de una sola vez con un total de 250 €, para su utilización en los establecemientos y/o para las prestaciones turísticas ofertadas por las empresas adheridas al programa Bono turístico y que se encuentran publicadas en la web de la Agencia Turismo de Galicia en el portal promocional de Turismo de Galicia, https://www.turismo.gal/QuedamosenGalicia (código de procedimiento TU985B).

El procedimiento de concesión del Bono turístico es de otorgamiento de subvenciones en concurrencia no competititiva, al amparo de lo dispuesto en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, atendiendo al orden de presentación de solicitudes hasta el agotamiento del crédito previsto en la presente resolución.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 22 de julio de 2020 por la que se establece el procedimiento de concesión de la tarjeta Bono turístico #QuedamosenGalicia (código de procedimiento TU985B).

Cuarto. Financiación de las actividades subvencionadas

El crédito necesario para cargar las tarjetas se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 11.A2.761A.480.0, código de proyecto 2015 00006, por un importe total máximo de 5.000.000 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes estará abierto a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución hasta el día 30 de noviembre de 2020 (incluido).

Santiago de Compostela, 22 de julio de 2020

El/la director/a de la Agencia Turismo de Galicia
P.S. (Artículo 19.6 del Decreto 196/2012, de 27 septiembre)
Mª Elena Barca Ramos
Gerente de la Agencia Turismo de Galicia