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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Jueves, 6 de agosto de 2020 Pág. 31292

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2020, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se resuelven las subvenciones previstas en la Resolución de 19 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, con cargo al programa operativo Fondo Social Europeo Galicia 2014-2020, y por el Pacto de Estado contra la violencia de género, y se procede a su convocatoria en el año 2020.

Mediante la Resolución de 19 de diciembre de 2019 se establecieron las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y por el Pacto de Estado contra la violencia de género, para el año 2020.

a) Programa de fomento de la conciliación de la vida personal, laboral y familiar (procedimiento SI435B).

b) Programa de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y tratamiento de la violencia de género (procedimiento SI435A).

c) Programa de apoyo a los centros de información a las mujeres (procedimiento SI427B).

d) Programa de sensibilización, información y difusión sobre igualdad y prevención de la violencia contra las mujeres (procedimiento SI435C), financiado con fondos procedentes del Pacto de Estado contra la violencia de género.

En el Diario Oficial de Galicia número 137, de 10 de julio de 2020 se publicó la Resolución de 1 de julio de 2020, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se resuelven las subvenciones previstas en la Resolución de 19 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y por el Pacto de Estado contra la violencia de género, y se procede a su convocatoria en el año 2020. En el anexo II de la Resolución de 1 de julio del 2020 figuraban las 47 solicitudes del programa de fomento de la conciliación que, cumpliendo los requisitos para ser beneficiarias de las ayudas, no se incluyeron en la propuesta de concesión por haberse agotado el crédito disponible, para ser atendidas, en su caso, a través del crédito que quede sin comprometer por producirse alguna renuncia, por modificación en los proyectos inicialmente presentados o por un incremento del crédito presupuestario disponible destinado a estas subvenciones.

Mediante la Resolución de 21 de julio de 2020, de la Secretaría General de la Igualdad (DOG núm. 148, de 24 de julio) se amplió por segunda vez la dotación presupuestaria de la Resolución de 19 de diciembre de 2019, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia para la promoción de la igualdad, de forma individual y mediante el sistema de gestión compartida, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y por el Pacto de Estado contra la violencia de género, y se procede a su convocatoria en el año 2020. Se incrementó la dotación del Programa de conciliación de la vida familiar, laboral y personal (SI435B) en 205.298,61 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 05.11.312G.460.1 código del proyecto 2016 00018 (procedimiento SI435B), consignada en el estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020, y se incrementó la dotación del Programa de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género (SI435A), por un importe de 46.161,38 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 05.11.313B.460.0 y proyecto de gasto 2015 00144 (procedimiento SI435A), consignada en el estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2020.

Según el artículo 17.3 de las bases reguladoras, y de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las resoluciones de estas subvenciones serán objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia, lo que producirá los mismos efectos de la notificación.

Una vez finalizada la fase de instrucción de las solicitudes recibidas en la Secretaría General de la Igualdad, evaluadas las solicitudes por la comisión de valoración prevista en el artículo 15 de las bases reguladoras, vista la propuesta de resolución formulada por el órgano instructor y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias,

RESUELVO:

Primero. Conceder, previa ampliación del crédito destinado a estas ayudas, las subvenciones para la financiación de los programas de las entidades locales que se indican en el anexo I, a consecuencia de la aplicación de los criterios y pautas de valoración establecidos en el artículo 16 de las bases reguladoras, por la cuantía y para el desarrollo de la actuación que figuran en el anexo I, por un importe total de 259.557,48 euros, distribuidos en las aplicaciones presupuestarias que se indican.

Procedimiento

Aplicación

Código de proxecto

Importe

SI435B

05.11.312G.460.1

2016 00018

206.775,00 €

SI435A

05.11.313B.460.0

2015 00144

52.782,48 €

Se recuerda a las entidades beneficiarias que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21.2 de las bases reguladoras, se realizará un primer pago del 75 % de la cuantía de la subvención concedida, en concepto de pago anticipado, que se hará efectivo una vez que se realice la notificación de la resolución.

El 25 % restante, o la parte que corresponda, se librará previa justificación por las entidades beneficiarias del cumplimiento de la finalidad para la que se concedió la subvención y demás condiciones exigidas en esta resolución.

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1 de la convocatoria, la fecha límite para la presentación de la documentación justificativa de la actuación subvencionada necesaria para proceder al pago de la subvención es la siguiente:

a) Programa de fomento de la conciliación (SI435B) y Programa de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género (SI435A): el plazo para presentar la justificación de las medidas subvencionadas al amparo de estos programas finaliza el 9 de octubre de 2020.

Dentro del dicho plazo, las entidades beneficiarias deberán presentar la documentación común y la específica correspondiente a la actuación subvencionada relacionada en el artículo 20.3 de la convocatoria. De acuerdo con lo establecido en el artículo 12.6 de las bases reguladoras, la presentación de la documentación deberá realizarse electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Los datos del perfil, de los indicadores de productividad y de resultado de las personas participantes se aportarán a través de la aplicación informática Participa 1420.

Segundo Informar a las entidades beneficiarias que figuran en el anexo I de esta resolución de lo siguiente:

a) Las subvenciones concedidas al amparo de los programas recogidos en los apartados a), b) y c) del artículo 1.1 de las bases reguladoras están cofinanciadas por el FSE en un porcentaje del 80 % en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020. En el caso del programa de fomento de la conciliación, en el objetivo temático 8 «Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral», prioridad de inversión 8.4 «La igualdad entre hombres y mujeres en todos los ámbitos, incluidos el acceso al empleo, la progresión en la carrera profesional, la conciliación de la vida laboral y la vida privada y la promoción de igual remuneración por igual trabajo», objetivo especifico 8.4.2 «(Re)integrar y mantener en el mercado laboral a las personas con dependientes a su cargo, a través de medidas de conciliación de la vida personal y laboral, y fomentar la igualdad de género en el ámbito formativo, educativo y laboral»; y en el caso del programa de apoyo a los CIM, en el objetivo temático 9 «Promover la inclusión social, luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación», prioridad de inversión 9.3 «La lucha contra toda forma de discriminación y el fomento de la igualdad de oportunidades», objetivo específico 9.3.1 «Aumentar la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos más vulnerables, a través de actuaciones que fomenten la igualdad de género y la conciliación de la vida personal y laboral, y evitar, a su vez, la discriminación múltiple».

b) La aceptación de la subvención comunitaria implicará su aparición en la lista pública de operaciones con los nombres de los o de las beneficiarias, en el supuesto de ser entidades jurídicas, así como la otra información recogida en el anexo XII del Reglamento (UE) 1303/2013, modificado por el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, en relación con el artículo 115.2 de la misma norma jurídica.

c) Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas públicas para la misma actuación o actividad en los términos establecidos en el artículo 3 de la convocatoria.

d) Las entidades beneficiarias deberán cumplir, en todo caso, los requisitos y obligaciones exigidos en los artículos 10 y 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en la demás normativa europea de aplicación, así como con las condiciones y obligaciones establecidas en el artículo 22 de las bases reguladoras y demás que resulten exigibles según la normativa de aplicación.

e) En los artículos 6.7, 8.7 y 24 de las bases reguladoras se establecen los criterios de gradación de los posibles incumplimientos que determinan, en su caso, la pérdida del derecho al cobro de la subvención, la minoración de la subvención inicialmente concedida o, en su caso, el reintegro total o parcial de la ayuda percibida.

Tercero. Esta resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Secretaría General de la Igualdad, en el plazo de un (1) mes, a contar desde el día siguiente al de esta publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al de esta publicación.

Disposición final

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 29 de julio de 2020

La secretaria general de la Igualdad
P.D. (Resolución de 8.6.2020; DOG núm. 111, de 9 de junio)
Natalia Prieto Viso
Directora general de Evaluación y Reforma Administrativa

ANEXO I

Concesiones

a) Programa de fomento de la conciliación de la vida personal, laboral y familiar (SI435B).

Nº de

expediente

Entidad

NIF

Nombre de la medida

Gasto elegible*

Puntos

Importe de concesión según puntuación

SI435B 2020/08

Ayuntamiento de A Estrada

P3601700B

Espacio concilia A Estrada

28.878,00

34,00

12.000,00

SI435B 2020/93

Ayuntamiento de Vilar de Barrio

P3209000C

Vilar de Barrio concilia

16.800,00

33,00

12.000,00

SI435B 2020/107

Ayuntamiento de Vimianzo

P1509300H

Ludoteca municipal

16.800,00

33,00

12.000,00

SI435B 2020/123

Ayuntamiento de Ribadumia

P3604600A

Hogar de mayores

14.000,00

33,00

11.200,00

SI435B 2020/50

Ayuntamiento de Petín

P3206100D

Diverpetín

6.192,40

32,00

4.953,92

SI435B 2020/39

Ayuntamiento de Melide

P1504700D

Conciliando: campamento de verano

10.300,00

32,00

8.240,00

SI435B 2020/49

Ayuntamiento de Boiro

P1501100J

Campamentos urbanos

17.800,00

32,00

12.000,00

SI435B 2020/58

Ayuntamiento de Moaña

P3602900G

Programa Ven y juega

6.791,40

32,00

5.433,12

SI435B 2020/59

Ayuntamiento de Viveiro

P2706700H

Programa Respira

13.951,00

32,00

11.160,80

SI435B 2020/99

Ayuntamiento de Betanzos

P1500900D

Betanzos concilia

14.331,00

32,00

11.464,80

SI435B 2020/126

Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez

P1507100D

Campamentos urbanos

16.974,70

32,00

12.000,00

SI435B 2020/136

Ayuntamiento de Sarria

P2705700I

Tiempo libre de la infancia. Verano

56.000,00

32,00

12.000,00

SI435B 2020/139

Ayuntamiento de Tui

P3605500B

Igual es +

16.716,73

32,00

12.000,00

SI435B 2020/113

Ayuntamiento de Ponte Caldelas

P3604300H

Ponte Caldelas concilia

10.921,74

31,00

8.737,39

SI435B 2020/67

Ayuntamiento de Castro de Rei

P2701000H

Concilia Castro de Rei

16.841,89

31,00

12.000,00

SI435B 2020/109

Ayuntamiento de Rianxo

P1507300J

Medida de conciliación del Ayuntamiento de Rianxo

33.262,40

31,00

12.000,00

SI435B 2020/27

Ayuntamiento de Vilanova de Arousa

P3606100J

Siempre joven

16.800,00

30,00

12.000,00

SI435B 2020/48

Ayuntamiento de O Vicedo

P2706400E

Ludoteca verano

4.900,00

28,00

3.920,00

SI435B 2020/24

Ayuntamiento de Cangas

P3600800A

Programa Enredos

12.081,21

28,00

9.664,97

SI435B 2020/40

Ayuntamiento de Cambre

P1501700G

Concilia Cambre

31.000,00

28,00

12.000,00

Total

206.775,00

(*) Costes directos de personal más un 40 % y menos los ingresos, en su caso.

b) Programa de promoción de la igualdad y de prevención y tratamiento de la violencia de género (SI435A).

Núm. de

expediente

Entidad

NIF

Actuación

Gasto elegible*

Total puntos

Importe concedido según puntuación

SI435A 2020/29

Ayuntamiento de Mos

P3603300I

Programa de fortalecimiento para el cambio en mujeres en situación de vulnerabilidad

9.520,00

28,00

7.616,00

SI435A 2020/12

Ayuntamiento de

Monforte de Lemos

P2703100D

Programa de educación sexual integral para mujeres.

2.520,00

27,50

2.016,00

SI435A 2020/1

Ayuntamiento de

Gondomar

P3602100D

Promoción de la igualdad y lucha contra la violencia de género. Formación en línea

5.712,00

26,50

4.569,60

SI435A 2020/21

Ayuntamiento de Petín

P3206100D

RE-Encuentros: Nosotras mismas

3.049,20

26,00

2.439,36

SI435A 2020/24

Ayuntamiento de Pazos de Borbén

P3603700J

Programa Enamórate de ti

12.171,60

25,50

8.000,00

SI435A 2020/41

Ayuntamiento de Ames

P15002001

Programa integral para víctimas de violencia de género y mujeres vulnerables

13.720,00

25,00

8.000,00

SI435A 2020/65

Ayuntamiento de Ramirás

P3206900G

Ramirás es mujer

9.940,00

23,00

7.952,00

SI435A 2020/50

Ayuntamiento de Ponte Caldelas

P3604300H

Autoconocimiento para el buen trato

3.568,60

23,00

2.854,88

SI435A 2020/45

Ayuntamiento de

A Laracha

P1504200E

Obradoiro movemente

2.918,30

22,50

2.334,64

SI435A 2020/63

Ayuntamiento de

Pontevedra

P3603800H

Promoción de la igualdad y prevención de la violencia de género

13.636,70

19,00

7.000,00