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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 174 Viernes, 28 de agosto de 2020 Pág. 34178

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 17 de agosto de 2020 por la que se modifican los plazos de justificación establecidos en el artículo 26 de la Resolución de 31 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la consolidación de unidades mixtas de investigación alineadas con los retos estratégicos y prioridades identificadas en la RIS3 para Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento IN853B).

El 20 de febrero de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 31 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la consolidación de unidades mixtas de investigación alineadas con los retos estratégicos y prioridades identificadas en la RIS3 para Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2020.

El artículo 26.2 de la Resolución de 31 de diciembre de 2019 establecía los siguientes plazos de justificación:

Plazos de presentación de la documentación:

Año 2020

Hasta el 10 de octubre de 2020

Año 2021

Hasta el 10 de octubre de 2021

Año 2022

Hasta el 10 de octubre de 2022

Año 2023

Hasta el 2 de junio de 2023

Períodos de realización de gastos (emisión de facturas) y realización de pagos de los gastos ejecutados:

Año 2020

• Desde la fecha de firma del acuerdo de consolidación de la unidad mixta de investigación (que no podrá ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda) hasta el 30 de septiembre de 2020.

Año 2021

• Desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021.

Año 2022

• Desde el 1 de octubre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022.

Año 2023

• Desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023.

El 28 de julio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 20 de julio de 2020 por la que se adjudican las ayudas de la Resolución de 31 de diciembre de 2019 para la consolidación de unidades mixtas de investigación. Teniendo en cuenta la fecha de la resolución de concesión de estas ayudas, los plazos de justificación y ejecución de los gastos/pagos de la anualidad 2020 establecidos en el citado artículo 26.2 de la convocatoria quedan muy reducidos, por lo que considera necesario ampliar estos plazos para viabilizar los procesos de ejecución y justificación de las ayudas concedidas para el año 2020.

En consecuencia, en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 17.3 del Decreto 50/2012, de 12 de enero, por el que se crea la Agencia Gallega de Innovación,

RESUELVO:

Artículo único. Modificación del artículo 26.2 de la Resolución de 31 de diciembre de 2019 por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la consolidación de unidades mixtas de investigación alineadas con los retos estratégicos y prioridades identificadas en la RIS3 para Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2020.

El artículo 26.2 de la citada resolución queda redactado de la siguiente manera:

Plazos de presentación de la documentación:

Año 2020

Hasta el 15 de diciembre de 2020

Año 2021

Hasta el 10 de octubre de 2021

Año 2022

Hasta el 10 de octubre de 2022

Año 2023

Hasta el 2 de junio de 2023

Períodos de realización de gastos (emisión de facturas) y realización de pagos de los gastos ejecutados:

Año 2020

• Desde la fecha de firma del acuerdo de consolidación de la unidad mixta de investigación (que no podrá ser anterior a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda) hasta el 30 de noviembre de 2020.

Año 2021

• Desde el 1 de diciembre de 2020 hasta el 30 de septiembre de 2021.

Año 2022

• Desde el 1 de octubre de 2021 hasta el 30 de septiembre de 2022.

Año 2023

• Desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de agosto de 2020

Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación