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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Martes, 15 de junio de 2021 Pág. 29658

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2021 por la que se declara el área de rehabilitación integral de San Roque.

Denominación: área de rehabilitación integral de San Roque.

Ámbito: grupo de viviendas de San Roque.

Clase: área de rehabilitación integral de ámbito urbano.

Antecedentes de hecho:

1. El 13 de febrero de 2021, el Ayuntamiento de Vigo solicitó la declaración de área de rehabilitación integral (en adelante, ARI) discontinua del grupo de viviendas de San Roque. Con la solicitud se adjunta certificado del acuerdo de la Junta de Gobierno Local, referido a la sesión del Pleno de 11 de febrero de 2021, por el que se adopta, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Solicitar de la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda de la Xunta de Galicia, la declaración de área de rehabilitación integral general discontinua de San Roque, en Vigo, según la delimitación que de dicha área se establece en los planos incluidos en la memoria-programa de acuerdo con la clasificación prevista en el artículo 9 del Decreto 18/2014».

2. El ámbito discontinuo comprende dos zonas: por un lado, el grupo formado por las viviendas de la calle Emilia Pardo Bazán y, por otro, las viviendas próximas al Pazo de San Roque.

La zona norte del ámbito está delimitada, por el sur, por la calle Amador Montenegro; por el oeste, por el Colegio Hogar; por el norte, por la calle Cedro, y por el este, por el camino al Pazo de San Roque.

La zona sur del ámbito está delimitada, por el sur, por la calle de O Carballo, y por el oeste, norte y este, por parcelas privadas.

3. La declaración del ARI solicitada fue informada favorablemente, tanto desde el punto de vista técnico y urbanístico como administrativo, por las unidades competentes del IGVS.

Consideraciones jurídicas y técnicas:

1. La Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia, regula en sus artículos 49 a 51 las ARI. Concretamente el artículo 50.1.c) define las ARI de ámbitos urbanos como aquellas cuyo ámbito no pertenezca a ninguna de las categorías de ARI de conjuntos históricos ni rurales.

2. El Real decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan estatal de vivienda 2018-2021, prevé el Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural.

3. El Decreto 18/2014, de 13 de febrero, por el que se determinan los aspectos básicos de los programas autonómicos de rehabilitación de viviendas y se dan las directrices para el desarrollo del Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, regula en su capítulo II, sección 2ª, artículos 8 y 9, el procedimiento de declaración y las clases de ARI, respectivamente.

En el expediente para la declaración de esta ARI se recogen todos los aspectos señalados en el artículo 8.2 del Decreto 18/2014, de 13 de febrero.

4. De conformidad con los artículos 49 y 50 de la Ley 1/2019, de 22 de abril, y 8.1 del Decreto 18/2014, de 13 de febrero, las ARI se declararán por una resolución de la Presidencia del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, a solicitud de los ayuntamientos interesados.

Por todo lo expuesto y de conformidad con las competencias atribuidas en el artículo 49 de la Ley 1/2019, de 22 de abril,

RESUELVO:

Declarar, al amparo del artículo 49 y 50, de la Ley 1/2019, de 22 de abril, y del artículo 9 del Decreto 18/2014, de 13 de febrero, área de rehabilitación integral de ámbito urbano de San Roque, en el término municipal de Vigo, el ámbito delimitado en los planos que se adjuntan como anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 2 de junio de 2021

Ángeles Vázquez Mejuto
Presidenta del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

ANEXO

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