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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Lunes, 5 de julio de 2021 Pág. 34067

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2021, de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, por la que se publica la Resolución de 24 de junio de 2021, de las ayudas convocadas en la Orden de 26 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se convocan para los años 2021, 2022, 2023 y 2024 (código de procedimiento BS403C).

En el Diario Oficial de Galicia número 48, de 11 de marzo de 2021, se publica la Orden de 26 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2021, 2022, 2023 y 2024, y se aprueba la convocatoria para el año 2021.

De conformidad con el artículo 17 de la referida orden, la resolución de los expedientes de ayuda, tras la fiscalización de la propuesta, corresponde a la persona titular de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, que resolverá por delegación de la persona titular de la Conselleira de Política Social.

Asimismo, el artículo 18 de la misma orden, establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, entre otras, las correspondientes resoluciones. Esta publicación producirá los efectos de notificación. De forma complementaria se podrá efectuar la notificación electrónica mediante el Sistema de notificación electrónica de Galicia Notifica.gal disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 24 de junio de 2021, dictada en el procedimiento BS403C, de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia (2014-2020), que se adjunta a la presente resolución en el anexo.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 24 de junio de 2021 que finaliza este procedimiento agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. Notificada la resolución por el órgano competente, las personas propuestas como beneficiarias dispondrán de un plazo de 10 días computado a partir del día siguiente de la publicación para su aceptación, transcurrido el cual sin que se hubiera producido la manifestación expresa, se entenderá tácitamente aceptada.

Santiago de Compostela, 24 de junio de 2021

Jacobo Rey Sastre
Director general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica

ANEXO

Resolución de 24 de junio de 202 1 dictada en el procedimiento BS403C de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia (2014-2020)

Vista la propuesta de resolución de la Subdirección General de Demografía y Conciliación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 de la Orden de 26 de febrero de 2021, por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido y se convocan para el año 2021 (cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020), y fiscalizada esta, haciendo uso de lo previsto en el artículo 7.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

RESUELVO:

Primero. Conceder a las personas que se relacionan en el anexo I las ayudas convocadas en la referida orden de convocatoria con cargo a las aplicaciones presupuestarias 13.02.312B.470.0 y 13.02.312B.770.0.

Las ayudas para gastos de inversión estarán confinaciadas en un 80 % por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, en particular:

Objetivo temático 10-Invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y un aprendizaje permanente.

Prioridad de inversión 10.5-Invertir en educación, formación y formación profesional para la adquisición de capacidades y aprendizaje permanente, mediante el desarrollo de las infraestructuras en educación y formación.

Objetivo específico 10.5.1-Mejorar las infraestructuras de educación y formación.

Actuación 10.5.1.4b-Ayudas a la inversión en centros de atención a la primera infancia de 0-3 años y casas nido.

Categoría de intervención CEO52-Infraestructuras para la atención y la educación de la primera infancia.

Estas ayudas están sometidas a lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, y en el Reglamento (UE) nº 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo, y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1080/2006, así como a lo previsto en la Orden HFP/1979/2016, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el período 2014-2020. Asimismo, estas ayudas se amparan en el régimen de minimis establecido en el Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L 352, de 24 de diciembre de 2013). Esta circunstancia se hará constar expresamente en la resolución de concesión. Por lo tanto, de recibir la persona física o jurídica otras ayudas bajo el régimen de minimis se deberá garantizar que no se supera el límite de 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.

El método aplicado para determinar el importe subvencionable y el importe de la subvención es el de costes reales.

Las ayudas concedidas se condicionarán al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la Orden de 26 de febrero de 2021.

La justificación de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la orden de convocatoria.

El pago de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Orden de 26 de febrero de 2021.

Las personas beneficiarias dispondrán de un plazo de 2 meses contados a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia para presentar la documentación prevista en las letras m) a p) del artículo 11.1, en caso de que no haber sido presentada con la solicitud, así como para acreditar el acondicionamiento del inmueble de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1.c) de la Orden de 26 de febrero de 2021.

Segundo. Establecer en el anexo II la relación de solicitudes susceptibles de ayuda que quedan en reserva para ser atendidas en los supuestos establecidos en el artículo 15.8.

Tercero. Inadmitir a las personas relacionadas en el anexo III por las causas que se detallan.

Cuarto. Esta resolución, que finaliza el procedimiento, agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de junio de 2021

La conselleira de Política Social
P.D. (Artículo 17 de la Orden de 26.2.2021; DOG núm. 48, de 11 de marzo)
Jacobo Rey Sastre
Director general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica

ANEXO I

Ayudas concedidas

Nº expediente

Solicitante

NIF

Nombre de la casa nido

Ayuntamiento

Provincia

Puntuación

Importe inversión (€)

Importe prima años 2021, 2022, 2023 y 2024 (€)

BS403C/2021-1

Ana Rodríguez Fernández

***7462**

Faragullas

Samos

Lugo

102,50

15.000

65.333,33

BS403C/2021-3

Aurora López Salgado

***7886**

O Principiño

Monterrei

Ourense

97,50

15.000

65.333,33

BS403C/2021-4

Lucía Mosteiro Sigüenza

***7821**

Socaire

Paderne

A Coruña

97,50

15.000

65.333,33

BS403C/2021-6

Sara Álvarez Valle

***3959**

Coidando Tesouros

Castroverde

Lugo

105,00

15.000

65.333,33

BS403C/2021-7

Natalia Sánchez Campello

***7834**

Vagalume

Rábade

Lugo

87,50

15.000

65.333,33

BS403C/2021-8

Silvia Pérez de Miranda

***6196**

Pillabáns

Entrimo

Ourense

97,50

15.000

65.333,33

BS403C/2021-10

Sonia Espino Pérez

***2662**

A Porteliña

A Veiga

Ourense

95,00

15.000

65.333,33

BS403C/2021-11

Jennifer de Sousa Martínez

***3695**

Ananiños

Quintela de Leirado

Ourense

67,50

15.000

65.333,33

BS403C/2021-13

Estefanía Villanueva Martínez

***8854**

Xoaniña

Castrelo de Miño

Ourense

112,50

15.000

65.333,33

BS403C/2021-14

Sara Fontoira Fernández

***2985**

A Casa da loba

Pontedeva

Ourense

77,50

15.000

65.333,33

BS403C/2021-15

Mabel Deza Ferreira

***6092**

Arcos Casa Niño

Cuntis

Pontevedra

97,50

15.000

65.333,33

BS403C/2021-16

Alejandra Varela Gómez

***1187**

Garatuxa

Frades

A Coruña

97,50

11.700

65.333,33

BS403C/2021-17

Patricia Ordóñez Rey

***2353**

Eda Matro

Maside

Ourense

95,00

15.000

65.333,33

BS403C/2021-20

Concepción Fernández López

***2913**

O Castelo

A Mezquita

Ourense

97,50

15.000

65.333,33

BS403C/2021-21

Áurea Camino Barral

***8996**

Brincadeira

Santiso

A Coruña

97,50

15.000

63.333,33

BS403C/2021-22

Nerea López Caldas

***6132**

Bulebule

O Incio

Lugo

105,00

3.684,41

65.333,33

ANEXO II

Solicitudes en reserva

Nº exp.

Solicitante

NIF

Casa nido

Ayuntamiento

Puntuación

Ayuda inversión(€)

BS403C/2021-2*

Ana Mª López López

***7655**

Vagalume

Samos

102,50

15.000

BS403C/2021-18**

Silvia Sánchez Souto

***4815**

Argalladas

Frades

97,50

15.000

* La solicitante con nº de expediente BS403C/2021-2 alcanzó la misma puntuación que la solicitud con nº de expediente BS403C/2021-1. En aplicación de lo establecido en el artículo 15.3 de la convocatoria, una vez agotados los criterios de desempate aplicados siguiendo el orden en que se relacionan, la resolución del empate se determinó por la fecha y hora de presentación de las solicitudes. Por tratarse de solicitudes para el mismo ayuntamiento y para el mismo local, este expediente obtendría la ayuda en el caso de renuncia de la solicitud con el nº de expediente BS403C/2021-1.

** La solicitante con nº de expediente BS403C/2021-18 consiguió la misma puntuación que la solicitud con nº de expediente BS403C/2021-16. En aplicación de lo establecido en el artículo 15.3 de la convocatoria, una vez agotados los criterios de desempate aplicados siguiendo el orden en que se relacionan, la resolución del empate se determinó por la fecha y hora de presentación de las solicitudes. Por tratarse de solicitudes para el mismo ayuntamiento, este expediente obtendría la ayuda en el caso de renuncia de la solicitud con el nº de expediente BS403C/2021-16.

ANEXO III

Solicitudes inadmitidas

Nº expediente

Solicitante

NIF

Ayuntamiento

Provincia

Causa

BS403C/2021-5

Noelia Fernández Prieto

***1554**

A Veiga

Ourense

No contestar al requerimiento de subsanación de documentación publicado en la Resolución de 27 de abril de 2021 (DOG nº 85, de 6.5.2021).

BS403C/2021-9

Estela Moscoso Camoeiras

***3693**

Monfero

A Coruña

No contestar al requerimiento de subsanación de documentación publicado en la Resolución de 27 de abril de 2021 (DOG nº 85, de 6.5.2021).

BS403C/2021-12

Noelia Prado Barrio

***5097**

Guntín

Lugo

No contestar al requerimiento de subsanación de documentación publicado en la Resolución de 27 de abril de 2021 (DOG nº 85, de 6.5.2021).

BS403C/2021-19

Paula Arias Espino

***4925**

A Veiga

Ourense

No contestar al requerimiento de subsanación de documentación publicado en la Resolución de 27 de abril de 2021 (DOG nº 85, de 6.5.2021).