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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 135 Viernes, 16 de julio de 2021 Pág. 36538

III. Otras disposiciones

Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia

RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2021 por la que se modifica la Resolución de 27 de febrero de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la digitalización del patrimonio cultural de Galicia con la finalidad de preservación y difusión a través de Galiciana-Patrimonio Digital de Galicia, y se procede a su segunda convocatoria para los años 2020-2021, cofinanciada con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento PR606A).

El 9 de marzo de 2020 se publicó la Resolución de 27 de febrero de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la digitalización del patrimonio cultural de Galicia con la finalidad de preservación y difusión a través de Galiciana-Patrimonio Digital de Galicia, y se procede a su segunda convocatoria para los años 2020-2021, cofinanciada con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento PR606A).

En la sección 2ª se acuerda la convocatoria para los ejercicios 2020 y 2021, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de las bases reguladoras.

El artículo 35 de la resolución citada dispone en su apartado 2:

«El importe de los fondos previstos se entenderá máximo, si bien cabría la posibilidad de ampliar el crédito a consecuencia de la existencia de una mayor disponibilidad presupuestaria derivada de alguna de las circunstancias previstas en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda. Esto podría dar lugar a la concesión de más subvenciones de acuerdo con la orden de prelación de solicitantes que resulte de la aplicación de los criterios de valoración fijados en el artículo 20 de las bases reguladoras.

Y en el apartado 3:

3. De producirse la ampliación de crédito, se publicará en el Diario Oficial de Galicia (DOG) y en la página web de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo para resolver».

El 4 de marzo de 2021 tuvo lugar la comisión de valoración, constituida según lo dispuesto en las bases reguladoras, por la que se acuerda la propuesta de concesión de subvenciones teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 20 y 21 de las bases reguladoras. En base a esta propuesta de concesión de subvenciones, y en atención a la naturaleza de las entidades beneficiarias, se procedió, mediante Resolución de 16 de abril de 2021, a la redistribución de los créditos recogidos en las aplicaciones presupuestarias al amparo de lo dispuesto en el artículo 35.1 de la convocatoria.

Teniendo en cuenta el elevado número de solicitudes de ayuda que se recibieron y después de una ampliación del crédito presupuestario disponible en las partidas destinadas a estas subvenciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.2 de la convocatoria, es necesario ampliar el crédito consignado inicialmente, con la finalidad de poder amparar las solicitudes de ayuda presentadas, siempre que cumplan con lo establecido en la Resolución de 27 de febrero de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la digitalización del patrimonio cultural de Galicia con la finalidad de preservación y difusión a través de Galiciana-Patrimonio Digital de Galicia, y se procede a su segunda convocatoria para los años 2020-2021, cofinanciada con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento PR606A).

En base a lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en el Decreto 252/2011, de 15 de diciembre, por el que se crea la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia, modificado por el Decreto 9/2021, de 21 de enero, por el que se suprime el Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable (Cixtec) y se modifica el Decreto 252/2011, de 15 de diciembre, por el que se crea la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia y se aprueban sus estatutos.

RESUELVO:

Primero. Ampliar la dotación presupuestaria prevista en la Resolución de 27 de febrero de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la digitalización del patrimonio cultural de Galicia con la finalidad de preservación y difusión a través de Galiciana-Patrimonio Digital de Galicia, y se procede a su segunda convocatoria para los años 2020-2021, cofinanciada con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento PR606A), en la cuantía de 454.706,77 €, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

– 04.A1.571A760.0: 246.380,07 €.

– 04.A1.571A781.0: 208.326,70 €.

Segundo. Modificar el apartado 1 del artículo 35 de la Resolución de 27 de febrero de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la digitalización del patrimonio cultural de Galicia con la finalidad de preservación y difusión a través de Galiciana-Patrimonio Digital de Galicia, y se procede a su segunda convocatoria para los años 2020-2021, cofinanciada con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020 (código de procedimiento PR606A), que queda con la siguiente redacción:

«1. Las subvenciones que se concedan se imputarán a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

Aplicación presupuestaria

04.A1.571A.781.0

Anualidad 2021

409.852,20 €

Aplicación presupuestaria

04.A1.571A.745.0

Anualidad 2021

59.628,19 €

Aplicación presupuestaria

04.A1.571A.760.0

Anualidad 2021

702.314,75 €

Aplicación presupuestaria

04.A1.571A.744.0

Anualidad 2021

32.911,63 €

Tercero. La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia con efectos desde el 10 de marzo de 2020.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la persona titular de la Dirección de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia en el plazo de un (1) mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo competente, en el plazo de dos (2) meses contados desde el día siguiente al de su publicación.

Santiago de Compostela, 24 de mayo de 2021

Mar Pereira Álvarez
Directora de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia