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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 86 Miércoles, 4 de mayo de 2022 Pág. 26722

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Universidad

ORDEN de 22 de abril de 2022 por la que se modifica la autorización del centro privado Padres Escolapios, de Monforte de Lemos (Lugo).

La persona representante de la titularidad del centro privado (CPR) Padres Escolapios, de Monforte de Lemos, solicita la ampliación de una (1) unidad de educación especial, y la autorización del ciclo formativo de grado medio (CM) Atención a personas en situación de dependencia, CM Guía en el medio natural y de tiempo libre, del ciclo formativo de grado superior (CS) Animación sociocultural y turística, CS Educación infantil, CS Enseñanza y animación sociodeportiva y del CS Integración social.

Después de la tramitación del expediente de acuerdo con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la autorización

Modificar la autorización para ampliar una unidad de educación especial, y autorizar el CM Atención a personas en situación de dependencia, CM Guía en el medio natural y de tiempo libre, CS Animación sociocultural y turística, CS Educación infantil, CS Enseñanza y animación sociodeportiva, y el CS Integración social, en el centro que se detalla a continuación:

Denominación genérica: centro privado (CPR)

Denominación específica: Padres Escolapios.

Código del centro: 27007223.

Domicilio: Campo da Compañía, 50.

Código postal: 27400.

Localidad: Monforte de Lemos.

Municipio: Monforte de Lemos.

Provincia: Lugo.

Titular: Orden Religiosos Escolapios.

Composición resultante:

a) Educación infantil: 6 unidades del segundo ciclo.

b) Educación primaria: 12 unidades.

c) Educación secundaria obligatoria: 8 unidades.

d) Educación especial: 2 unidades.

e) Formación profesional, modalidad presencial, régimen ordinario:

– CM Atención a personas en situación de dependencia (2 unidades para 20 puestos escolares cada una).

– CM Guía en el medio natural y de tiempo libre (2 unidades para 20 puestos escolares cada una).

– CS Animación sociocultural y turística (2 unidades para 20 puestos escolares cada una).

– CS Educación infantil (2 unidades para 20 puestos escolares cada una).

– CS Enseñanza y animación sociodeportiva (2 unidades para 20 puestos escolares cada una).

– CS Integración social (2 unidades para 20 puestos escolares cada una).

Artículo 2. Inicio de la actividad

Para la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación e Universidad de Lugo, después del informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia.

Artículo 3. Inscripción en el registro de centros

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 4. Modificación de la autorización

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se indican en esta orden.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de abril de 2022

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Universidad