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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Jueves, 2 de marzo de 2023 Pág. 16094

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 7 de febrero de 2023, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Baiona (expediente IN407A 2022/385-4).

Expediente: IN407A 2022/385-4.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: retirada LMT GON815 en la carretera a Cabo Silleiro.

Ayuntamiento: Baiona.

Hechos:

Primero. El 3 de octubre de 2022, UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica retirada LMT GON815 en la carretera a cabo Silleiro.

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que consiste en las siguientes actuaciones en la carretera a Cabo Silleiro, en el ayuntamiento de Baiona:

– Retirada, por soterramiento, de un total de 413 metros de longitud de conductor LA-56 y de los apoyos 9NJNPF77//53-3, 9NIF379U//53-4, 9NH9EPHV//53-5, 9NFVQPC7//53-6, 9NEOLDH7//53-7 y 9NDAP23T//53-8 en el circuito aéreo de la línea de media tensión GON815, en el tramo GON8150770.

– Instalación de dos apoyos: C-2000/14 (retensado aguas arriba) y C-2000/12.

– Sustitución del apoyo 9NCHR46J//53-9 por un C-1000/12 y retensado del vano aguas abajo.

– Instalación de una línea de media tensión aérea de 70 metros entre los apoyos proyectados C-2000/12 y C-1000/12.

Segundo. Los días 12 y 13 de octubre de 2022, UFD Distribución Electricidad, S.A. comunicó que alcanzó un acuerdo con los propietarios mencionados en la relación de bienes y derechos afectados, aportando documentación acreditativa de los acuerdos firmados y, por tanto, ya no es necesaria la declaración de utilidad pública.

Tercero. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, es decir, el Ayuntamiento de Baiona, el Instituto de Estudos Territoriales, el Servicio de Montes y el Servicio del Patrimonio Cultural. La empresa manifestó su conformidad con los condicionados técnicos emitidos por todos los organismos afectados.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

Segunda. La legislación de aplicación al presente expediente es:

Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

Tercera. Las características técnicas de la instalación son las que a continuación se describen:

– Línea de media tensión subterránea (LMTS) a 20 kV, con conductor RHZ1, de 436 metros de longitud, con origen en el apoyo proyectado C-2000/14 en el tramo GON8150770 y final en el apoyo proyectado C-2000/12 en el tramo GON8150770.

– Línea de media tensión aérea (LMTA) a 20 kV, con conductor LA-56, de 70 metros de longitud, con origen en el apoyo proyectado C-2000/12 y final en el apoyo proyectado C-1000/12.

– Retensado de los vanos aéreos contiguos a los apoyos proyectados C-2000/14 (59 metros) y C-1000/12 (55 metros).

La instalación está situada en la carretera a cabo Silleiro, Baredo, en el ayuntamiento de Baiona (Pontevedra).

Conforme con todo lo indicado,

RESUELVO:

Primero. Otorgar a UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada Retirada LMT GON815 en la carretera a Cabo Silleiro (expediente IN407A 2022/385-4), cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Segundo. UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. Se deberán cumplir siempre las normas y directrices vigente que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Tercero. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 7 de febrero de 2023

Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra