Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Lunes, 27 de marzo de 2023 Pág. 20308

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2023, de la Dirección General de Política Financiera y Tesoro, por la que se ordena la publicación de la Resolución de 24 de marzo de 2023 de modificación de la Resolución por la que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a incentivar y fomentar la prestación de servicios bancarios básicos (código de procedimiento FA500A).

En el Diario Oficial de Galicia número 117, de 22 de junio de 2021, se publicó la Orden de 18 de junio de 2021 por la que se establecían las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a incentivar y fomentar la prestación de servicios bancarios básicos consistentes en la instalación, mantenimiento y puesta en funcionamiento de cajeros automáticos y la prestación de un servicio de asistencia y formación financiera en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia (prioritariamente en los ayuntamientos sin entidad financiera en su territorio), y se convocaban para las anualidades 2021 a 2025.

La orden recoge que la subvención se destinará a la consecución de las siguientes finalidades:

– Instalación de cajeros automáticos en los locales que los ayuntamientos interesados determinen, siempre que estos locales puedan cumplir los requisitos técnicos exigidos por la normativa vigente.

– Mantenimiento de cajero en las condiciones que aseguren su normal funcionamiento.

– Servicio mínimo de asistencia y formación financiera personalizado.

Estos servicios se prestarán en los ayuntamientos que hayan firmado con carácter previo un convenio para la universalización de los servicios financieros con la Administración autonómica.

En el DOG núm. 233, de 3 de diciembre de 2021, se publicó la Resolución por la que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a incentivar y fomentar la prestación de servicios bancarios básicos. Como anexo de esta resolución se enumeraron los 38 ayuntamientos que tengan firmado el convenio de universalización de los servicios financieros con la administración autonómica.

En el artículo 20 de la orden reguladora de la subvención se establece que, con carácter anual, y en cualquier caso antes de 30 de junio de cada ejercicio, la Dirección General de Política Financiera y Tesoro comunicará a la entidad beneficiaria la relación de ayuntamientos que desde la fecha de la última comunicación hayan formalizado el correspondiente convenio de colaboración para la universalización de servicios financieros.

De este modo, mediante el Acuerdo del Consello de la Xunta de 19 de enero de 2023 se estableció la apertura de un nuevo plazo de adhesión al protocolo para la universalización de los servicios financieros en los ayuntamientos gallegos.

En este nuevo plazo se adhirieron al protocolo de colaboración entre la Xunta de Galicia y la Fegamp cinco ayuntamientos: Beade, Punxín, Ribas de Sil, Toén y Castrelo do Val.

Los convenios con Punxín y Toén se firmaron el 13 de marzo de 2023. Los convenios con Beade, Ribas de Sil y Castrelo do Val se firmaron el 14 de marzo de 2023.

La firma de estos nuevos convenios motiva la necesidad de modificación de la resolución de concesión.

Por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva y de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, tal como señala el artículo 20 de la mencionada Orden de 18 de junio de 2021, se publicarán en el Diario Oficial de Galicia las subvenciones concedidas.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 24 de marzo de 2023 de modificación de la resolución por la que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a incentivar y fomentar la prestación de servicios bancarios básicos, dictada en el procedimiento FA500A, y que se adjunta a la presente resolución como anexo.

Santiago de Compostela, 24 de marzo de 2023

David Cabañó Fernández
Director general de Política Financiera y Tesoro

ANEXO

Resolución de modificación de la resolución por la que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a incentivar y fomentar la prestación de servicios bancarios básicos

Motivo de modificación de la resolución: firma de nuevos convenios para la universalización de los servicios financieros.

Antecedentes:

1. La Orden de 18 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a incentivar y fomentar la prestación de servicios bancarios básicos consistentes en la instalación, mantenimiento y puesta en funcionamiento de cajeros automáticos y la prestación de un servicio de asistencia y formación financiera en entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia (prioritariamente en los ayuntamientos sin entidad financiera en su territorio), y se convocan para las anualidades 2021 a 2025, fue publicada en el DOG núm. 117, de 22 de junio de 2021.

2. En fecha 18 de junio de 2021 fue aprobada la autorización del gasto por un importe de dos millones ochocientos ochenta y tres mil seiscientos euros (2.883.600,00 €), que corresponde a esta subvención destinada a incentivar y fomentar la prestación de servicios bancarios básicos en el período 2021-2025, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.03.721A.470.0 (código de proyecto 202100092-Universalización Financiera) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma.

3. En el DOG núm., 233, de 3 de diciembre de 2021, se publicó la Resolución de 26 de noviembre de 2021, por la que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a incentivar y fomentar la prestación de servicios bancarios básicos.

En el punto primero de esta resolución se resuelve conceder la mencionada subvención, con cargo a la aplicación presupuestaria 23.03.712A.470.0 (código de proyecto 2021-00092) a Abanca Corporación Bancaria, S.A., según la tipología del convenio firmado y en vigor entre la entidad local y la Xunta de Galicia para la prestación de servicios bancarios básicos.

El punto segundo establece: «El importe máximo de la subvención es de 1.217.520,00 euros, en los términos y condiciones contemplados en la Orden de 18 de junio de 2021 y en la solicitud del interesado, que contempla un grado de cofinanciación del 50 %, de tal forma que el módulo para la instalación, mantenimiento y puesta en funcionamiento de cajeros automáticos tendrá una asignación máxima de 7.100 € anuales por cajero».

El punto séptimo establece la incorporación como anexo de esta resolución de la enumeración de los ayuntamientos que, con carácter previo, tengan firmado con la Administración autonómica el convenio de colaboración para la universalización de los servicios financieros, un total de 38 ayuntamientos.

El importe máximo establecido en el mencionado punto segundo de la resolución es el importe comprometido con relación a los 38 convenios firmados e incluidos en su anexo.

4. El artículo 14.1.m) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia establece como contenido mínimo de las bases reguladoras las circunstancias que, como consecuencia de la alteración de las condiciones que se tuvieron en cuenta para la concesión de la subvención, podrían dar lugar a la modificación de la resolución regulada en el artículo 35 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

5. De acuerdo con el mencionado artículo 14.1.m) de la Ley 9/2007, la circunstancia que podría dar lugar a la modificación de la resolución está regulada en el artículo 20 de la Orden de 18 de junio que establece que, con carácter anual, y en cualquier caso antes de 30 de junio de cada ejercicio, la Dirección General de Política Financeira y Tesoro comunicará a la entidad beneficiaria la relación de ayuntamientos que desde la fecha de la última comunicación hayan formalizado el correspondiente convenio de colaboración para la universalización de servicios financieros.

De este modo, mediante el Acuerdo del Consello de la Xunta de 19 de enero de 2023 se estableció la apertura de un nuevo plazo de adhesión para la universalización de los servicios financieros en los ayuntamientos gallegos afectados.

En este nuevo plazo se adhirieron al protocolo de colaboración entre a Xunta de Galicia y la Fegamp cinco ayuntamientos: Beade, Punxín, Ribas de Sil, Toén y Castrelo do Val.

Los convenios con Punxín y Toén se firmaron el 13 de marzo de 2023. Los convenios con Beade, Ribas de Sil y Castrelo do Val se firmaron el 14 de marzo de 2023.

La firma de estos convenios es una circunstancia prevista en el artículo 20 de la orden de concesión de la subvención y que hace necesaria la modificación de los puntos segundo y séptimo de la Resolución de 26 de noviembre de 2021 para reflejar los compromisos derivados de los nuevos convenios, manteniéndose el resto de lo establecido en la misma.

En consecuencia, según lo reflejado en el artículo 20 de la orden reguladora, en virtud de la competencia delegada en el artículo 3 para resolver el procedimiento de concesión,

RESUELVO:

Modificar la resolución por la que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a incentivar y fomentar la prestación de servicios bancarios básicos, firmada el 26 de noviembre de 2021, en los siguientes puntos:

Segundo. El importe máximo de la subvención es de 1.325.250,41 € (de los que 1.217.520,00 € se corresponden con el importe máximo establecido como consecuencia de los compromisos derivados de los convenios de universalización de los servicios financieros del anexo I de esta resolución, y 107.730,41 € se corresponden con el importe máximo como consecuencia de los compromisos derivados de los convenios de universalización de servicios financieros del anexo II de esta resolución), en los términos y condiciones contemplados en la Orden de 18 de junio de 2021 y en la solicitud del interesado, que contempla un grado de cofinanciación del 50 %, de tal forma que el módulo para la instalación, mantenimiento y puesta en funcionamiento de cajeros automáticos tendrá una asignación máxima de 7.100 € anuales por cajero.

Séptimo. En el anexo I de esta resolución se enumeran los ayuntamientos que, con carácter previo a la firma de la Resolución de concesión de 26 de noviembre de 2021, tenian firmado con esta Administración autonómica el correspondiente convenio de colaboración para la universalización de los servicios financieros. En el anexo II de esta resolución se enumeran los ayuntamientos que firmaron en el ejercicio 2023 con esta Administración autonómica el correspondiente convenio de colaboración para la universalización de los servicios financieros.

Santiago de Compostela, 24 de marzo de 2023. El conselleiro de Hacienda y Administración Pública. P.D. (artículo 3 de la Orden de 18.6.2021), David Cabañó Fernández,
director general de Política Financiera y Tesoro

Anexo I

Relación de ayuntamientos que tenían firmado el convenio de colaboración para la universalización de servicios financieros antes del 26 de noviembre de 2021

A Coruña:

1. Aranga.

2. Cabanas .

3. Coirós.

4. Dodro.

5. Lousame.

6. Paderne.

7. Santiso.

8. Toques.

9. Vilasantar.

10. Vilarmaior.

11. Dumbría.

12. Monfero.

Lugo:

1. O Páramo.

2. Ribeira de Piquín.

3. Samos.

4. O Vicedo.

Ourense:

1. A Arnoia.

2. Baltar.

3. Os Blancos.

4. Carballeda de Avia.

5. Cenlle.

6. Chandrexa de Queixa.

7. Xunqueira de Ambía.

8. Xunqueira de Espadañedo.

9. Larouco.

10. Lobeira.

11. Melón.

12. Oímbra.

13. Petín.

14. Piñor.

15. Pontedeva.

16. Porqueira.

17. Rairíz de Veiga.

18. Taboadela.

19. A Teixeira.

20. A Peroxa.

21. Vilar de Santos.

22. San Xoán de Río.

Anexo II

Relación de ayuntamientos que firmaron el convenio de colaboración para la universalización de servicios financeros en el ejercicio 2023

Lugo:

1. Ribas do Sil.

Ourense:

1. Beade.

2. Castrelo do Val.

3. Punxín.

4. Toén.