DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Viernes, 2 de agosto de 2024 Pág. 45301

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2024, de la Dirección Territorial de Ourense, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y se declara, en concreto, de utilidad pública, a efectos de la urgente ocupación, una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Allariz (expediente IN407A 2023/136-3).

Examinado el expediente instruido a solicitud de UFD Distribución Electricidad, S.A. sobre las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones eléctricas que se describen a seguir:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.

Denominación: adecuación LMTA DC ALL803-ALL804 lugar de Campiñas (Allariz).

Situación: lugar de Campiñas, ayuntamiento de Allariz.

Presupuesto: 151.430,47 €.

Características principales del proyecto que fue firmado el 26.6.2023 por el ingeniero técnico industrial Antonio Javier Sabín Vázquez, colegiado núm. 2233 del Coeticor:

– Desmontaje de varios tramos de la LMTA existente DC ALL803-ALL804.

– LMTS proyectada, DC, de 629 m de longitud, a 20 kV, en conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm² Al, con origen en el apoyo proyectado núm. D4-1 del tipo C-16/7000 de la LMTA DC ALL803-ALL804 y final en el apoyo proyectado núm. 10-1 del tipo C-14/4500 de la LMTA DC ALL803-ALL804.

– LMTA proyectada, de 804 m de longitud, a 20 kV, en conductor LA-110 mm² Al, con origen en el apoyo proyectado núm. 10-1 del tipo C-14/4500 de la LMTA DC ALL803-ALL804 y final en el apoyo proyectado núm. 15 del tipo C-14/3000 de la LMTA DC ALL803-ALL804.

La información pública del proyecto fue realizada mediante el Acuerdo de esta dirección territorial de 15 de noviembre de 2023, que fue insertado en el DOG de 12 de diciembre y en el periódico La Región de Ourense de 29 de noviembre. El proyecto también estuvo en exposición pública en este departamento territorial y en el Portal de transparencia de esta consellería durante el plazo reglamentario. Dentro del plazo establecido para ello no fueron presentadas alegaciones.

Para dar cumplimiento al artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se realizó el trámite de notificación a desconocidos con el correspondiente anuncio que se insertó en el DOG de 2 de enero de 2024 y en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE) de fecha 15 de enero de 2024.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta dirección territorial

RESUELVE:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública de dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

Que por el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y las horas que a cada interesado se le notifique de manera individual, de aquellas fincas que figuran en el anexo del acuerdo de información pública del proyecto.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 10 de julio de 2024.

Alicia María López Míguez
Directora territorial de Ourense