Mediante la Resolución del Inega de 7 de marzo de 2024, que fue publicada en el DOG número 56, de 19 de marzo, se establecieron las bases reguladoras y se anunció la convocatoria de subvenciones para proyectos de energía fotovoltaica.
El artículo 3.1 de las bases reguladoras prevé la posibilidad de redistribuir el presupuesto si en alguno de los epígrafes no se registraron solicitudes suficientes para agotar los fondos disponibles y en otro de los epígrafes existe lista de espera. El plazo de presentación de solicitudes finalizó el 19 de abril y no se registraron solicitudes suficientes para agotar los fondos disponibles en el epígrafe correspondiente a empresas y, sin embargo, no hay disponibilidad presupuestaria suficiente en los epígrafes correspondientes a Administración local y entidades sin ánimo de lucro.
El artículo 31 del Decreto 11/2009 establece que cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre distintos créditos presupuestarios, la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.
Por todo lo anterior, dado que en las aplicaciones presupuestarias correspondientes existe crédito disponible, y con la finalidad de incrementar la eficacia administrativa y la eficiencia en la asignación de recursos públicos, maximizando el impulso de proyectos de energía fotovoltaica,
RESUELVO:
Primero. Redistribuir los fondos destinados a las subvenciones para proyectos de energía fotovoltaica para las anualidades 2024 y 2025 en función del volumen de solicitudes recibido, modificando la tabla del artículo 3.1 de la Resolución de 7 de marzo de 2021 de la siguiente manera:
– Modificación presupuestaria:
|
Beneficiario |
Importe inicial |
Modificación |
Importe final |
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Empresas |
4.300.000 |
- 900.000 |
3.400.000 |
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Administración local |
1.000.000 |
+ 650.000 |
1.650.000 |
|
Entidades sin ánimo de lucro |
224.800 |
+250.000 |
474.800 |
|
Total |
5.524.800 |
0 |
5.524.800 |
– Dotación presupuestaria final:
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2024 |
2025 |
Total |
|
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Empresas |
1.800.000 |
1.600.000 |
3.400.000 |
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Administración local |
160.000 |
1.490.000 |
1.650.000 |
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Entidades sin ánimo de lucro |
40.000 |
434.800 |
474.800 |
|
Total |
2.000.000 |
3.524.800 |
5.524.800 |
Segundo. La presente modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará la modificación del plazo establecido para presentar solicitudes.
Santiago de Compostela, 2 de agosto de 2024
Pablo Fernández Vila
Director del Instituto Energético de Galicia
