DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 163 Lunes, 26 de agosto de 2024 Pág. 48158

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social e Igualdad

RESOLUCIÓN de 19 de agosto de 2024, de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica, por la que se publica la Resolución de 19 de agosto de 2024 de concesión de las ayudas convocadas mediante la Orden de 26 de abril de 2024 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2024, 2025, 2026 y 2027, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403C).

En el Diario Oficial de Galicia, número 93, de 14 de mayo, se publica la Orden de 26 de abril de 2024 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2024, 2025, 2026 y 2027, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403C).

De conformidad con el artículo 17 de dicha orden, la resolución de los expedientes de esta ayuda, tras la fiscalización de la propuesta, corresponde a la persona titular de la Dirección General de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica que resolverá por delegación de la persona titular de la Consellería de Política Social e Igualdad.

Una vez finalizado el procedimiento de conformidad con las bases, en fecha 19 de agosto de 2024 el órgano competente para resolver emite la resolución que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones.

Asimismo, el artículo 18 de la misma orden, establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos de requerimiento de enmienda de documentación, así como la correspondiente resolución.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 19 de agosto de 2024, dictada en el procedimiento BS403C, de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2024, 2025, 2026 y 2027 que se adjunta a la presente resolución en el anexo.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 19 de agosto de 2024, que finaliza este procedimiento, agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución en el Diario Oficial de Galicia o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de agosto de 2024

Jacobo Rey Sastre
Director general de Familia, Infancia y
Dinamización Demográfica

ANEXO

Resolución de 19 de agosto de 2024 dictada en el procedimiento BS403C de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2024, 2025, 2026 y 2027.

Finalizado el procedimiento de conformidad con las bases, después de que el órgano instructor realizara todas las actuaciones necesarias para la determinación y comprobación de los datos de las solicitudes presentadas, y trasladara los expedientes completos para su valoración a la Comisión de Valoración, una vez que esta informó se emite, por parte de dicho órgano instructor, la propuesta de resolución.

Vista la propuesta de resolución de la Subdirección General de Demografía y Conciliación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 de la Orden de 26 de abril de 2024 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2024, 2025, 2026 y 2027.

RESUELVO:

Primero. Conceder a las personas que se relacionan en el anexo I las ayudas convocadas en dicha orden de convocatoria con cargo a las aplicaciones presupuestarias 11.02.312B.770.0 y 11.02.312B.470.0.

Las ayudas concedidas se condicionarán al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la Orden de 26 de abril de 2024 por la que se establecen las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la puesta en marcha de casas nido durante los años 2024, 2025, 2026 y 2027, y se procede a su convocatoria (código de procedimiento BS403C).

La justificación de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la orden de convocatoria.

El pago de la subvención se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la Orden de 26 de abril de 2024.

Las personas beneficiarias dispondrán de un plazo de 2 meses, ampliable a tres en el caso de cooperativas de trabajo asociado, contados a partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia para presentar la documentación prevista en las letras m) a p) del artículo 11.1, en caso de que no hubiera sido presentada con la solicitud, así como para acreditar el acondicionamiento del inmueble de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1.c) de la Orden de 26 de abril de 2024.

Segundo. Dar por desistidas y desestimar las solicitudes de las personas relacionadas en el anexo II por las causas que se detallan.

Tercero. Esta resolución, que finaliza el procedimiento, agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 19 de agosto de 2024. La conselleira de Política Social e Igualdad. P.D. (artículo 17 de la Orden de 26 de abril de 2024; DOG núm. 93, de 14 de mayo). Jacobo Rey Sastre. Director general de Familia, Infancia y Dinamización Demográfica.

ANEXO I

Ayudas concedidas

Número de expediente

Solicitante

NIF

Nome casa nido

Ayuntamiento

Provincia

Puntuación

Ayuda inversión

Ayuda prima años, 2024, 2025, 2026 e 2027

BS403C/2024-1

Sonia Calvín Lopez

***8395**

Fedellos

Baleira

Lugo

97,50

15.000 €

78.533,32 €

BS403C/2024-4

Ana Rodríguez González

***3736**

Cativos

Padrenda

Ourense

132,50

15.000 €

78.533,32 €

BS403C/2024-6

Miriam Díaz Díaz

***5716**

Ledicia

Rábade

Lugo

72,50

15.000 €

78.533,32 €

BS403C/2024-9

Nerea Santín Fernández

***4061**

Pequerrechiños

Pedrafita do Cebreiro

Lugo

72,50

15.000 €

78.533,32 €

BS403C/2024-10

Alejandra Grela Vázquez

***2694**

Abebos

Paderne

A Coruña

97,50

15.000 €

78.533,32 €

BS403C/2024-11

Ana Rodríguez González

***9801**

Morriña

Entrimo

Ourense

87,50

15.000 €

78.533,32 €

ANEXO II

Solicitudes desistidas y desestimadas

Número de expediente

Solicitante

NIF

Ayuntamiento

Provincia

Causa

BS403C/2024-2

Alba Prieto Rolán

***2928**

Castrelo do Val

Ourense

No alcanzar el ayuntamiento el número de niños/as necesarios para la puesta en marcha de la tercera casa nido. Artículo 14 de la Orden de 26 de abril de 2024

BS403C/2024-3

Tania Prieto Domínguez

***3042**

Vilardevós

Ourense

No alcanzar el ayuntamiento el número de niños/as necesarios para la puesta en marcha de la tercera casa nido. Artículo 14 de la Orden de 26 de abril de 2024

BS403C/2024-5

Noemi Sánchez Casado

***9545**

Dozón

Pontevedra

Desistimiento por no presentar toda la documentación requerida. Artículo 10.3 de la Orden de 26 de abril de 2024

BS403C/2024-7

María del Carmen Pérez Sande

***4999**

Portomarín

Lugo

No alcanzar el ayuntamiento el número de niños/as necesarios para la puesta en marcha de la tercera casa nido. Artículo 14 de la Orden de 26 de abril de 2024

BS403C/2024-8

María Barrio Díaz

***7830**

Pedrafita do Cebreiro

Lugo

Desistimiento por no presentar toda la documentación requerida. Artículo 10.3 de la Orden de 26 de abril de 2024