DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 173 Lunes, 9 de septiembre de 2024 Pág. 49880

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 2024, de la Dirección Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Mazaricos (expediente IN407A 2022/088-1).

Expediente: IN407A 2022/088-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Proyecto: LMTA, CTI, RBT lugar Castro, s/n.

Ayuntamiento: Mazaricos.

Hechos:

1. El día 22.3.2022, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada. Con el objeto de atender una petición de ampliación de potencia a 17 kW, en el lugar de Castro, en el ayuntamiento de Mazaricos, se proyecta ampliar la potencia del centro de transformación de intemperie situado en el apoyo CTI Castro (15×B21, IN407A 2016/693-1-RALI), que pasa de 100 a 160 kVA.

Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, presentaron el proyecto de ejecución denominado LMTA, CTI, RBT lugar Castro, s/n, firmado el día 9.6.2021 por Alejandro Fernández Reza, ingeniero técnico industrial graduado en Ingeniería Eléctrica, núm. colegiado 4.683 del CoitiVigo, y la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la instalación proyectada. Asimismo, el día 3.6.2022 presentaron un anexo firmado el 30.5.2022 por Javier Fernández Mitre, ingeniero industrial, núm. colegiado 15.670 de Madrid.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo publicado en los siguientes medios:

• Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.

• DOG: 12.8.2022.

• BOP: 27.7.2022.

• Periódico La Voz de Galicia: 28.7.2022.

Se solicitó al Ayuntamiento de Mazaricos la exposición pública del proyecto y la correspondiente acreditación de realización de ese trámite, sin que conste en el expediente la emisión de dicha certificación.

3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Mazaricos y Augas de Galicia. A día de esta resolución no constan en el expediente respuestas a las solicitudes de informe.

5. El día 30.7.2024 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).

2. Legislación de aplicación.

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

•Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18 de septiembre).

• Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

• Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas.

Las instalaciones de alta tensión objeto de este expediente están situadas en el lugar de Castro, ayuntamiento de Mazaricos, y sus características técnicas son las siguientes:

– LMTA, a 20 kV, con una longitud de 194 m, con origen en apoyo proyectado tipo C-14/3000, donde se instalará el CTI proyectado, de la LMT POT-803, conductor tipo LA-56, y final en apoyo proyectado tipo C-20/2000. Estos dos apoyos sustituyen a dos existentes por mal estado. Este tramo sustituye al anterior instalado entre los apoyos existentes que también se van a sustituir.

– Aumento de potencia del CTI Castro (15XB21, IN407A 2016/693-1- RALI), de 100 a 160 kVA de potencia y una relación de transformación de 20.000/400 V, alimentado por la LMTA POT-803 a 20 kV. Sustitución de toda la aparamenta de media y baja tensión.

4. En la visita de campo realizada el 24.8.2022 no se apreció, en las fincas sometidas a expropiación, ninguna de las limitaciones a la constitución de la servidumbre que señala el artículo 58.a) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

Conforme a todo lo señalado,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de dicha instalación de distribución eléctrica.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud con la cual acompañará la siguiente documentación:

Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones o homologaciones, si procede.

Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas adecuadas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.

Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

A Coruña, 14 de agosto de 2024

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados. Término municipal de Mazaricos. Expte. IN407A 2022/088-1

Núm. Finca

Datos catastrales

Paraje

Cultivo

Propietarios/as

Afección de suelo en pleno dominio

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica

Polígono

Parcela

Apoyo núm.

m2

ml

ml sot.

m2 aér.

m2 sot.

1

503

3009

Certañas

Rústico, agrario,

prados o praderas

Hros. de Manuel Rodríguez Riveiro

CTI-núm. 2

C 14/3000

2,0

Abreviaturas:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m2.

m2 sot.: superficie de servidumbre subterránea.

ml sot.: longitud de la servidumbre subterránea en metros lineales.