DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 175 Miércoles, 11 de septiembre de 2024 Pág. 50180

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

RESOLUCIÓN de 4 de septiembre de 2024, de la Dirección General de Juventud, por la que se publica la Resolución de 3 de septiembre de 2024 de concesión de las subvenciones al amparo de la Orden de 11 de junio de 2024 por la que se regulan las bases que regirán las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Voluntariado sénior y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento BS508C).

En el Diario Oficial de Galicia núm. 121, de 24 de junio de 2024, se publicó la Orden de 11 de junio de 2024, de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, por la que se regulan las bases que regirán las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Voluntariado sénior y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento BS508C).

De conformidad con el artículo 14 de dicha orden, la resolución del procedimiento de ayuda, previa fiscalización de la propuesta, haciendo uso de las competencias conferidas en el artículo 7.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, corresponde a la directora general de Juventud, por delegación de la persona titular de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud.

Asimismo, el artículo 15 de la misma orden establece que se publicará en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, entre otras, la correspondiente resolución de este procedimiento. Esta publicación producirá los efectos de notificación.

Tras la instrucción del procedimiento, el 3 de septiembre de 2024 el órgano competente emitió la resolución que finaliza el procedimiento de concesión de las subvenciones del programa de Voluntariado sénior.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la resolución de concesión de 3 de septiembre de 2024, para el procedimiento BS508C, de concesión de ayudas para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Voluntariado sénior, como anexo de esta resolución.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 3 de septiembre de 2024 agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. Notificada la resolución por el órgano competente, las entidades beneficiarias dispondrán de un plazo de 10 días, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, para su aceptación; transcurrido este sin que se produjera manifestación expresa, se entenderá tácitamente aceptada.

Santiago de Compostela, 4 de septiembre de 2024

Lara del Carmen Meneses Álvarez
Directora general de Juventud

ANEXO

Resolución de 3 de septiembre de 2024, dictada en el procedimiento BS508C, de concesión de ayudas para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Voluntariado sénior

En fecha 24 de junio de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 121 la Orden de 11 de junio de 2024 por la que se regulan las bases que regirán las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Voluntariado sénior y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento BS508C).

El artículo 7 de la orden de convocatoria establece el plazo y la forma de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes señalado en el citado artículo es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.

Finalizado el plazo, después de analizar la documentación, en fecha 9 de agosto de 2024 y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 12, 13 y 14 de dicha orden de convocatoria, se reunió la Comisión Evaluadora para analizar las solicitudes de ayuda y valorar los proyectos presentados por las entidades de acción voluntaria y las entidades locales, así como para elaborar el correspondiente informe en el que figuran las entidades con proyectos valorados.

Emitido el informe con la valoración de los proyectos presentados, el Servicio de Voluntariado y Participación, órgano instructor del procedimiento, emitió, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la orden de convocatoria, la propuesta de resolución en fecha 13 de agosto de 2024.

Vista la propuesta de resolución, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Orden de 11 de junio de 2024,

RESUELVO:

Primero. Conceder la ayuda a las entidades locales propuestas en el anexo I, al amparo de la Orden de 11 de junio de 2024 por la que se regulan las bases de las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Voluntariado sénior.

Esta concesión resulta de aplicación de acuerdo con los criterios de valoración previstos en el artículo 13 de las bases reguladoras, por un importe total de 16.120,00 €, para entidades locales, con cargo a la aplicación presupuestaria 43.05.312F.460.0.

Segundo. Conceder la ayuda a las entidades de acción voluntaria propuestas en el anexo II, al amparo de la Orden de 11 de junio de 2024 por la que se regulan las bases de las subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales enmarcadas en el programa Voluntariado sénior.

Esta concesión resulta de aplicación de acuerdo con los criterios de valoración previstos en el artículo 13 de las bases reguladoras, por un importe total de 48.790,00 €, para entidades de acción voluntaria, con cargo a la aplicación presupuestaria 43.05.312F.481.0.

De la cuantía prevista para entidades locales se reserva un 15 % para las solicitudes presentadas conjuntamente.

Tercero. Las ayudas concedidas se condicionarán al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la Orden de 11 de junio de 2024 y, especialmente, a las establecidas en el artículo 20.

La justificación de las subvenciones se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la convocatoria.

Asimismo, el pago de las ayudas se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 19 de la misma convocatoria.

Cuarto. Denegar las solicitudes que se relacionan en el anexo III, con indicación de la causa concreta que motivó la denegación.

Quinto. Esta resolución, que finaliza el procedimiento, agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de septiembre de 2024. El conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud; P.D. (Artículo 14 y disposición adicional segunda de la Orden de 11.6.2024); Lara del Carmen Meneses Álvarez, directora general de Juventud.

ANEXO I

Ayudas concedidas a entidades locales

Concesiones individuales.

Nº exp.

Entidad

NIF

Provincia

Puntuación

Presupuesto

concedido

1

2024/020

Ayuntamiento de Vedra

P1509000D

A Coruña

61,00

2.400,00 €

2

2024/011

Ayuntamiento de Lousame

P1504300C

A Coruña

60,36

1.500,00 €

3

2024/033

Ayuntamiento de Padrón

P1506600D

A Coruña

59,63

2.050,00 €

4

2024/021

Ayuntamiento de Mondoñedo

P2703000F

Lugo

58,00

1.830,00 €

5

2024/028

Ayuntamiento de Verín

P3208600A

Ourense

52,75

2.400,00 €

6

2024/022

Ayuntamiento de A Veiga

P3208400F

Ourense

50,25

2.400,00 €

7

2024/024

Ayuntamiento de Lalín

P3602400H

Pontevedra

53,05

1.140,00 €

8

2024/035

Ayuntamiento de Mos

P3603300I

Pontevedra

52,75

2.400,00 €

Total

16.120,00 €

ANEXO II

Ayudas concedidas a entidades de acción voluntaria

Nº exp.

Entidad

NIF

Provincia

Puntuación

Presupuesto

concedido

1

2024/013

ONG Mestura, por la integración social de las personas inmigrantes y emigrantes retornadas

G15940414

A Coruña

67,00

2.400,00 €

2

2024/027

Asociación Itínera de Voluntarios en Salud Mental

G15983570

A Coruña

64,42

2.400,00 €

3

2024/006

Asociación Medioambiental Amabul

G15925209

A Coruña

62,47

2.400,00 €

4

2024/026

Asociación Cultural Gallega de Formación Permanente de Adultos, Ategal

G15496607

A Coruña

61,19

1.850,00 €

5

2024/002

Asociación de Familias de Personas con Discapacidad Psíquica de las Comarcas de O Barbanza y Noia, Amicos

G15747678

A Coruña

57,31

2.400,00 €

6

2024/034

Federación de Centros Juveniles Don Bosco de Galicia

G15450828

A Coruña

55,80

2.320,00 €

7

2024/007

Asociación de Padres de Personas con Discapacidad Intelectual, ASPAS

G15031537

A Coruña

55,55

2.400,00 €

8

2024/014

Acción Familiar Ferrol

G15745466

A Coruña

53,57

2.340,00 €

9

2024/025

Asociación Sociocultural ASCM

G15161573

A Coruña

52,25

2.400,00 €

10

2024/010

Asociación Gallega para la Ayuda de los Enfermos con Demencia Tipo Alzhéimer, Agadea

G15483498

A Coruña

51,26

2.400,00 €

11

2024/018

Asociación Aliad-Ultreia

G27021120

Lugo

50,25

1.200,00 €

12

2024/001

Asociación de Familiares de Enfermos de Alzhéimer de Chantada

G27320225

Lugo

50,00

2.400,00 €

13

2024/032

Valoresc Innovation

G70377585

Ourense

67,75

2.400,00 €

14

2024/019

Asociación de Familiares de Enfermos de Alzhéimer de Ourense, AFAOR

G32198970

Ourense

62,66

2.400,00 €

15

2024/005

Asociación Limisi, para la promoción de las personas con diversidad funcional de la comarca de A Limia

G32302671

Ourense

54,75

2.400,00 €

16

2024/004

Asociación Juvenil Amencer

G32025405

Ourense

50,64

2.400,00 €

17

2024/012

Agrupación de Voluntarios de Protección Civil de A Mezquita

G32167900

Ourense

50,00

2.400,00 €

18

2024/017

Asociación Santiago Apóstol de Cangas

G36204931

Pontevedra

64,25

880,00 €

19

2024/029

Federación Gallega por la Cultura Marítima y Fluvial, Culturmar

G36231561

Pontevedra

60,89

2.400,00 €

20

2024/008

Asociación Acción Solidaria de Galicia, Asdegal

G27727593

Pontevedra

60,79

2.400,00 €

21

2024/037

Centro Cultural, Artístico y Recreativo de Valladares

G36617082

Pontevedra

55,04

2.400,00 €

22

2024/003

Fundación Residencia Divina Pastora de Vilagarcía de Arousa

G36017929

Pontevedra

51,44

1.200,00 €

23

2024/030

Asociación Diversidades

G27783950

Pontevedra

50,00

600,00 €

Total

48.790,00 €

ANEXO III

Solicitudes denegadas

Denegadas entidades locales.

Nº exp.

Entidad

NIF

Provincia

Motivo de la denegación

1

2024/036

Ayuntamiento de Ponteceso

P1506900H

A Coruña

No alcanzar la puntuación requerida

2

2024/016

Ayuntamiento de Ramirás

P3206900G

Ourense

No alcanzar la puntuación requerida

Denegadas entidades de acción voluntaria.

Nº exp.

Entidad

NIF

Provincia

Motivo de la denegación

1

2024/038

Asociación Patronato Concepción Arenal

G15030372

A Coruña

No alcanzar la puntuación requerida

2

2024/009

Asociación de Voluntariado O Mencer

G94061421

Pontevedra

Desistimiento

3

2024/015

Asociación Irmandade Illa de Tambo

G94129467

Pontevedra

Entidad no inscrita en el Registro de Acción Voluntaria de Galicia