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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Viernes, 27 de septiembre de 2024 Pág. 52639

III. Otras disposiciones

Agencia Instituto Energético de Galicia

RESOLUCIÓN de 20 de septiembre de 2024 por la que se minora y redistribuye el crédito presupuestario recogido en la Resolución de 21 de marzo de 2022 por la que se aprueba la convocatoria del procedimiento de concesión de ayudas correspondientes al Programa de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU (código de procedimiento IN422N).

El programa de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en los diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia europeo, está regulado por el Real decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, y fue convocado en Galicia por la Resolución del Inega de 21 de marzo de 2022, publicada en el DOG núm. 63, de 31 de marzo.

La Resolución del Inega de 21 de marzo de 2022 por la que se convoca el programa de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas fue modificada por la Resolución de 8 de agosto de 2022 (DOG núm. 158, de 22 de agosto); por la Resolución de 5 de junio de 2023 (DOG núm. 111, de 13 de junio); por la Resolución de 28 de diciembre de 2023 (DOG núm. 246, de 29 de diciembre) y por la Resolución de 27 de febrero de 2024 (DOG núm. 48, de 7 de marzo).

Con el objetivo de adecuar el presupuesto a la demanda se promovió una redistribución de 2.600.000,00 € del presupuesto ampliado por la Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la presidenta del IDEA, por la que se amplía para Galicia el presupuesto del Real decreto 1124/2021 sobre el presupuesto originario asignado al Programa de incentivos 1: Programa de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, al Programa de incentivos 2: Programa de incentivos para la implantación de instalación de energías renovables térmicas en edificios no residenciales, establecimientos e infraestructuras del sector público.

En cuanto a la posibilidad de redistribuir el presupuesto, el artículo 8.3 in fine del Real decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, señala: «en los dos meses posterior al cierre de las convocatorias de los programas 1 y 2 se permitirá compensar el saldo de los fondos existente entre los programas con el objeto de comprometer el mayor número de solicitudes existentes».

De acuerdo con esto, la Xunta de Galicia notificó con carácter previo la redistribución al IDAE, organismo responsable de la coordinación y seguimiento conforme al artículo 13 del citado real decreto.

El artículo 4.2 de la convocatoria prevé la posibilidad de redistribuir el crédito pasados tres meses desde la apertura del plazo de presentación de solicitudes para adaptarse a la evolución de la ayuda solicitada en cada uno de los apartados.

El artículo 31 del Decreto 11/2009 establece que, cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre distintos créditos presupuestarios, la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria, pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.

Por todo lo anterior, sobre la base de los requisitos y de las condiciones previstas en la normativa anteriormente citada,

RESUELVO:

Primero. Minorar y redistribuir los fondos destinados a la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en los diferentes sectores de la economía, modificando los apartados 1 y 2 del artículo 4 de la Resolución de 21 de marzo de 2022, que quedan redactados de la siguiente manera:

«1. Las subvenciones previstas en esta convocatoria con cargo a los presupuestos del Inega y con el reparto plurianual recogido en la siguiente tabla se financiarán con fondos europeos procedentes del Mecanismo de recuperación y resiliencia. El importe total asignado a esta convocatoria asciende a 9.690.541,20 €, con la siguiente distribución presupuestaria por anualidades:

Importe 2022 (€)

Importe 2023 (€)

Importe 2024 (€)

Importe 2025 (€)

Total (€)

290.436,39

4.400.801,47

4.235.258,83

764.044,51

9.690.541,20

El presupuesto por partida y anualidad se redistribuirá teniendo en cuenta las solicitudes inscritas conforme a lo establecido en el artículo 31 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, entre las siguientes partidas: 09.A3.733A.714.2, 09.A3.733A.760.5, 09.A3.733A.760.9, 09.A3.733A.770.5, 09.A3.733A.770.6, 09.A3.733A.781.1 y 09.A3.733A.781.6

2. El crédito máximo según la tipología de proyecto será el siguiente:

Tecnología renovable

Presupuesto anterior

Presupuesto final

Biomasa

8.250.000,00 €

5.100.000,00 €

Geotermia e hidrotermia

2.400.000,00 €

2.750.000,00 €

Aerotermia

1.540.000,00 €

1.740.000,00 €

Solar térmica

100.541,20 €

100.541,20 €

Total

12.290.541,20 €

9.690.541,20 €

Los presupuestos por tecnología renovable podrán ser redistribuidos pasados tres meses desde la apertura del plazo de solicitudes para adaptarse a la evolución de la ayuda solicitada en cada uno de los apartados».

Segundo. Esta modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará la modificación del plazo establecido para presentar solicitudes.

Tercero. Esta modificación entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2024

Pablo Fernández Vila
Director de la Agencia Instituto Energético de Galicia