DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 188 Lunes, 30 de septiembre de 2024 Pág. 52753

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social e Igualdad

ORDEN de 24 de septiembre de 2024 por la que se publica el incremento de la dotación presupuestaria de la Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género, prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento SI434A).

En el Diario Oficial de Galicia número 1, de 2 de enero de 2024, se publicó la Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género, prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento SI434A).

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras que regirán la concesión de la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género, prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento de la violencia de género, y convocar dichas ayudas para el año 2024.

La finalidad de estas ayudas es proporcionar apoyo económico a las mujeres que sufren violencia de género para intentar garantizarles unas condiciones suficientes de independencia económica respecto del agresor, o de la persona que mantuviera sobre ella una relación de dominación y/o de explotación para los casos de las mujeres víctimas de trata con fines de explotación sexual y/o víctimas de explotación sexual, e intentar ayudarlas a romper con la situación de violencia, dominación y/o explotación que les posibilite dar el primer paso o consolidar la ruptura de una situación en la que corren peligro y/o están siendo explotadas.

En el artículo 3 de la anterior resolución se establece que para la concesión de estas ayudas se destinarán 5.399.994,00 euros, imputables a la aplicación presupuestaria 13.20.313D.480.0 (código de proyecto 2014 00180), de acuerdo con la siguiente distribución:

– Año 2024: 2.425.000,00 euros.

– Año 2025: 2.974.994,00 euros, para la financiación de las ayudas que, por su duración, generen derechos económicos de las personas beneficiarias durante el ejercicio siguiente.

Este crédito, según lo establecido en dicho artículo, podrá ser ampliado cuando el aumento venga derivado de su previsión legal o de alguno de los supuestos previstos en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. El incremento de crédito quedará condicionado a la declaración de disponibilidad de este como consecuencia de las circunstancias señaladas.

Por otra parte, el artículo 7.uno.h), de la Ley 9/2023, de 28 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2024, dispone que, con independencia de los supuestos previstos en el apartado 1 del artículo 64 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, tendrán excepcionalmente la condición de ampliables los créditos incluidos en la aplicación 13.20.313D.480.0, destinados al pago de ayudas directas a mujeres víctimas de violencia de género, y los incluidos en la aplicación 13.20.313D.480.1, con destino al pago de las indemnizaciones previstas en el artículo 43 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género.

En la fecha actual, dado el volumen de solicitudes recibidas y que se prevé recibir en el plazo de presentación de solicitudes de la ayuda establecido en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y que no pueden ser atendidas con el crédito inicialmente asignado, así como dadas las necesidades de las potenciales beneficiarias, se considera conveniente ampliar la dotación presupuestaria consignada, a través del supuesto previsto en el apartado b) del artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, así como lo previsto en el artículo 3.2 de la Resolución de 14 de diciembre de 2023.

La ampliación de crédito la publicará el órgano concedente en los mismos medios que la convocatoria, sin que implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para resolver.

Conforme a lo expuesto, y en el uso de las facultades que me han sido concedidas al amparo de lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y el Decreto 139/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Política Social e Igualdad,

RESUELVO:

Artículo único. Incremento de crédito

1. Ampliar la dotación presupuestaria para el ejercicio 2024 prevista en el artículo 3 de la Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género, prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento SI434A).

2. El incremento de la dotación de la prestación periódica para mujeres que sufren violencia de género, prevista en el artículo 39 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, es de 196.508,80 euros, para el ejercicio 2024, con cargo a la aplicación presupuestaria 38.06.313D.480.0, código de proyecto 2014 00180.

3. Esta ampliación no afecta al plazo establecido en la Resolución de 14 de diciembre de 2023 para la presentación de solicitudes.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 2024

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social e Igualdad