DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 188 Lunes, 30 de septiembre de 2024 Pág. 52756

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía e Industria

ORDEN de 25 de septiembre de 2024 por la que se amplía el plazo de justificación de la subvención establecido en la Orden de 4 de enero de 2024 y por la que se amplía el plazo de vigencia de la lista de espera dispuesto en la Orden de 10 de septiembre de 2024 (código de procedimiento IN519B).

El día 19 de enero de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 4 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas encaminadas a la habilitación y mejora de infraestructuras de los parques empresariales de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (código de procedimiento IN519B).

En el artículo 15.2 de las bases, la orden de referencia establece que para los expedientes que, formando parte de la lista de valoración, no resulten propuestos para su financiación por agotamiento del crédito disponible, se propondrán para su incorporación en una lista de espera para ser atendidos, bien con crédito que quedase libre de producirse alguna renuncia o modificación en los proyectos inicialmente subvencionados, bien con el posible incremento de los créditos presupuestarios destinados a estas subvenciones, y dispone que no se concederán ayudas posteriormente al 15 de septiembre de 2024, fecha en la que la lista de espera perderá sus efectos.

En el artículo 21.1 de las bases, la Orden de 4 de enero de 2024 establece que, para cobrar la subvención, los beneficiarios tendrán hasta el 31 de octubre de 2024 para presentar la documentación justificativa de la subvención.

El día 13 de septiembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 10 de septiembre de 2024 por la que se modificó dicho artículo 15.2 de las bases reguladoras en lo referente al plazo de vigencia de la lista de espera, ampliando esta hasta el día 30 de septiembre de 2024 (inclusive), plazo hasta el que se podrán conceder ayudas. Esta ampliación estaba justificada por la posibilidad de que se incorporase nuevo crédito destinado a esta subvención, situación recogida en el artículo 15.2 de las bases reguladoras de la orden, que permite atender nuevas solicitudes que figuran en la lista de espera.

Por Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 23 de septiembre de 2024, se liberará un crédito procedente de una orden de ayudas de esta consellería, que se podrá emplear para incrementar el crédito disponible para la orden de parques empresariales, lo que permitirá atender solicitudes que se encuentran en la lista de espera.

Dada la necesidad de tramitar la correspondiente ampliación de crédito de la orden de parques empresariales, y en aras del interés general y sin que esto suponga un perjuicio a terceros, se considera necesario ampliar el plazo de vigencia de la lista de espera dispuesto en el artículo único de la Orden de 10 de septiembre de 2024, de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Teniendo en cuenta la voluntad de conceder nuevas ayudas a los ayuntamientos que se encuentran en la lista de espera, una vez tramitada la correspondiente ampliación de crédito, y con el fin de viabilizar los procesos de ejecución y justificación por parte de los beneficiarios, sin que con ello se cause perjuicio a terceros, se considera necesario, además, ampliar el plazo de justificación.

De acuerdo con lo anterior, vista la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento,

DISPONGO:

Artículo primero. Ampliación del plazo de vigencia de la lista de espera

Se modifica el artículo único de la Orden de 10 de septiembre de 2024 por la que se amplía el plazo de vigencia de la lista de espera dispuesto en la Orden de 4 de enero de 2024, ampliando el plazo de vigencia de la lista de espera hasta el día 15 de octubre de 2024 (inclusive), plazo hasta el que se podrán conceder ayudas.

Artículo segundo. Ampliación del plazo de ejecución y justificación

Se modifica el artículo 21.1 de las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas encaminadas a la habilitación y mejora de infraestructuras de los parques empresariales de la Comunidad Autónoma de Galicia, aprobadas por la Orden de 4 de enero de 2024, en lo referente al plazo de ejecución y justificación de la subvención, que se amplía hasta el día 15 de noviembre de 2024 (inclusive).

Disposición final única. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 25 de septiembre de 2024

María Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Economía e Industria