La Orden de 13 de octubre de 2023, publicada en el DOG núm. 205, de 27 de octubre de 2023, regula el régimen de la concesión directa de subvenciones, por parte de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, en concepto de becas y ayudas para las personas trabajadoras desempleadas que participen en acciones formativas de especialidades o módulos formativos del Repertorio nacional de certificados de profesionalidad, o de especialidades formativas del Catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal financiadas por la referida consellería, concretando, asimismo, aquellas líneas formativas que quedan fuera del marco regulador de la norma, como es el caso de los programas integrados de empleo, los talleres de empleo y las acciones formativas financiadas con fondos procedentes del Mecanismo de recuperación y resiliencia.
El artículo 2.5 de dicha orden establece que se podrá ampliar la cuantía máxima de los créditos disponibles para esta convocatoria. El incremento del crédito estará condicionado a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de una generación, ampliación o incorporación de crédito, o de la existencia de remanentes de otras convocatorias financiadas con cargo al mismo crédito o a créditos incluidos en el mismo programa o en programas del mismo servicio.
Dado el elevado volumen de solicitudes de becas y ayudas presentadas y resueltas y con la finalidad de hacer partícipes de la subvención al mayor número de beneficiarios posible, es preciso ampliar, con remanentes procedentes de otras órdenes de convocatoria, el importe de los créditos destinados a la concesión directa de becas y ayudas para el alumnado desempleado participante en las referidas acciones formativas.
Consecuentemente con todo lo anteriormente expuesto, en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero (DOG núm. 23, de 21 de marzo), reguladora de la Xunta y de su Presidencia,
DISPONGO:
Artículo único. Ampliación de crédito
Se amplía el importe total del crédito inicial de 9.360.000,00 €, destinado a la concesión de becas y ayudas reguladas al amparo de lo dispuesto en la Orden de 13 de octubre de 2023, en las siguientes cuantías y con cargo a la aplicación y proyecto que a continuación se indican:
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Crédito |
Aplicación |
Proyecto |
Importe anualidad |
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2023 |
2024 |
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Inicial |
44.03.323A.480.0 |
2013 00545 |
60.000,00 € |
800.000,00 € |
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2021 00149 |
500.000,00 € |
8.000.000,00 € |
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Total anual inicial |
560.000,00 € |
8.800.000,00 € |
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Ampliación |
44.03.323A.480.0 |
2021 00149 |
0 |
1.250.000,00 € |
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Total anual final (inicial + ampliación) |
560.000,00 € |
10.050.000,00 € |
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Crédito total final (inicial + ampliación) |
10.610.000,00 € |
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Disposición final. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor el día hábil siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2024
José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración
