El 19.1.2024 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 4 de enero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas encaminadas a la habilitación y mejora de infraestructuras de los parques empresariales de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2024 (procedimiento IN519B).
En el artículo 15.2 de las bases, la Orden de 4 de enero de 2024 establece que para los expedientes que, formando parte de la lista de valoración, no resulten propuestos para su financiación por agotamiento del crédito disponible, se propondrán para su incorporación en una lista de espera para ser atendidos, bien con crédito que quedara libre de producirse alguna renuncia o modificación en los proyectos inicialmente subvencionados, bien con posible incremento de los créditos presupuestarios destinados a estas subvenciones; disponiendo que no se concederán ayudas posteriormente al 15 de septiembre de 2024, fecha en la que la lista de espera perderá sus efectos.
El 13.9.2024 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 10 de septiembre de 2024 por la que se modificó dicho artículo 15.2 de las bases reguladoras en lo referente al plazo de vigencia de la lista de espera, ampliando este hasta el día 30 de septiembre de 2024 (incluido), plazo hasta el que se podrán conceder ayudas. Esta ampliación estaba justificada por la posibilidad de que se incorporara nuevo crédito destinado a esta subvención, situación recogida en el artículo 15.2 de las bases reguladoras de la orden que permite atender nuevas solicitudes que figuran en la lista de espera.
El 30.9.2024 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 25 de septiembre de 2024 por la que se modificó el artículo único de la Orden de 10 de septiembre de 2024, ampliando el plazo de vigencia de la lista de espera hasta el día 15 de octubre de 2024 (incluido), plazo hasta el que se podrán conceder ayudas. La ampliación estaba justificada por la necesidad de tramitar la correspondiente ampliación de crédito de la Orden de 4 de enero de 2024.
La Secretaría General de Industria y Desarrollo Energético está en disposición de tramitar la correspondiente ampliación de crédito, lo que permitirá atender las solicitudes que se encuentran actualmente en la lista de espera. Para ello, y en favor del interés general al permitir a los ayuntamientos beneficiarios implantar mejoras en sus parques, y sin que esto suponga perjuicios a terceros, se considera necesario ampliar el plazo de vigencia de la lista de espera dispuesto en el artículo primero de la Orden de 25 de septiembre de 2024, hasta el 31 de octubre de 2024 (incluido), de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
De acuerdo con lo anterior, vista la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento,
DISPONGO:
Artículo único. Ampliación del plazo de vigencia de la lista de espera
Se modifica el artículo primero de la Orden de 25 de septiembre de 2024 por la que se amplía el plazo de justificación de la subvención establecido en la Orden de 4 de enero de 2024 y por la que se amplía el plazo de vigencia de la lista de espera dispuesto en la Orden de 10 de septiembre de 2024, ampliando el plazo de vigencia de la lista de espera hasta el día 31 de octubre de 2024 (incluido), plazo hasta el que se podrán conceder ayudas.
Disposición final única. Entrada en vigor
La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 10 de octubre de 2024
María Jesús Lorenzana Somoza
Conselleira de Economía e Industria
