Expediente: IN407A 2022/230-1.
Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Proyecto: modificado M1 al proyecto de LMTS cierre Cabo de Cruz 2ª fase.
Ayuntamiento: Boiro.
Hechos:
1. Con fechas 18.10.2023 y 28.5.2024, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada. Este proyecto es una modificación del presentado originalmente denominado Proyecto de LMTS cierre Cabo de Cruz 2ª fase e incluye modificaciones ocasionadas por condicionados del Ayuntamiento de Boiro y de Demarcación de Costas del Estado.
Con el objeto de mejorar la calidad de suministro en el lugar de Cabo de Cruz, en el ayuntamiento de Boiro, se proyecta un refuerzo de un tramo subterráneo de la línea de distribución de media tensión existente logrando el cierre del núcleo urbano, la sustitución del centro de transformación de intemperie existente CT Fonte do Mouro (15AAI5, IN407A 2016/1355-1), instalando un nuevo centro de seccionamiento.
Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, además de la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la instalación proyectada, presentan el proyecto de ejecución denominado modificado M1 al proyecto de LMTS cierre Cabo de Cruz 2ª fase, firmado el día 13.9.2023 por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, núm. colegiado 2.980 de Vigo, y el anexo 1, firmado por el mismo ingeniero el 22.5.2024.
2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo publicado en los siguientes medios:
– Portal de transparencia y gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.
– DOG: 12.6.2024.
– BOP: 27.5.2024.
– Periódico La Voz de Galicia: 20.6.2024.
– Tablón de anuncios del Ayuntamiento: según certificado municipal del 1.8.2024.
3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.
4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Boiro, Demarcación de Costas del Estado, servicios de Patrimonio Cultural y de Urbanismo de los departamentos territoriales de las consellerías de Cultura y Medio Ambiente, respectivamente. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos en el plazo otorgado a tal efecto.
5. El día 7.10.2024 se emitió el informe técnico.
Consideraciones legales y técnicas:
1. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de maio).
2. Legislación de aplicación:
– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).
– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).
– Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).
– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
– Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
3. Características técnicas:
Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en el lugar Cabo de Cruz, en el ayuntamiento de Boiro, y sus características técnicas son las siguientes:
– LMTS (IN407A 2016/2129-1) (actuación 1) a 20 kV, de 1.389 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al, con origen en el CS Angados (15CIM4, expediente 15.230) existente y final en el CS proyectado, después de hacer E/S en el CT proyectado. Retirada del conductor existente en el tramo con inicio en el CS Angados existente, final en el CTI Fonte do Mouro (15AAI5, IN407A 2016/1355-1) existente, que se desmontará.
– LMTS (actuación 2) a 20 kV, de 961 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al, con origen en el CS proyectado y final en el CT de A Torre (15CNA4) existente.
– LMTS (actuación 3) a 20 kV, de 26 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al, con origen en el CS proyectado y final en el apoyo nº 9OG1OCBR//61 existente de la LMT BOI802.
– Desmantelamiento de tramo LMTA a 20 kV, de 235 m, conductor tipo LA-30 Al, con origen en el apoyo del CTI Fonte do Mouro (15AAI5, IN407A 2016/1355-1) existente, que se desmontará, alimentado por la LMT BOI802 procedente de la subestación Boiro, y final en el apoyo nº 9OG1OCBR//61 existente. Retirada de los apoyos 9OH7CS9R//61-4, 9OHACKFN//61-3 y 9OGKEEOB//61-1.
– Nuevo CT Fonte do Mouro compacto prefabricado telecontrolado de maniobra exterior, con una potencia de 250 kVA, relación de transformación de 20.000/400-230 V y configuración 2L+1P. Desmantelamiento del CTI Fonte do Mouro (15AAI5, IN407A 2016/1355-1) existente, alimentado por la LMT BOI802.
– CS compacto prefabricado en configuración 3L (2TC).
4. En la visita de campo realizada el 13.6.2024 para examinar el lugar de la instalación no se apreció, en las fincas sometidas a expropiación, ninguna de las limitaciones a la constitución de la servidumbre que señala el artículo 161.1 del Real decreto 1955/2000.
5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.
Conforme a todo lo señalado,
RESUELVO:
A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de dicha instalación de distribución eléctrica.
B) La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:
– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones o homologaciones, si procede.
– Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas idóneas para el montaje de la instalación y puesta a punto.
– Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.
D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.
Mediante este documento se notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.
A Coruña, 31 de octubre de 2024
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados
Ayuntamiento de Boiro.
Modificado M1 al proyecto de LMTS cierre Cabo Cruz 2ª fase.
|
Nº de parcela |
Paraje y ref. catastral |
Cultivo |
Propietario/a |
Afección de suelo en pleno dominio |
Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica |
||||
|
Apoyo núm. |
m2 |
ml aér. |
ml. sot. |
m2 aér. |
m2 sot. |
||||
|
1 |
Lg. Fonte Mouro 0683502NH1108S0001PG |
Urbana |
Josefa Lojo Sánchez |
Centro de transformación + acceso |
25,01 |
||||
|
2 |
Arrons 15011A006000370000XB |
Rústico |
María de los Ángeles Vidal López |
Centro de seccionamento + acera perimetral |
10,2 |
8,2 |
23,9 |
||
Abreviacións:
|
ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales. |
|
m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m2. |
|
ml sot.: longitud de la servidumbre subterránea en metros lineais. |
|
m2 sot.: superficie de servidumbre subterránea. |
