BDNS (Identif.): 807260.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos Nacional de Subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Personas beneficiarias
1. Podrán ser beneficiarias aquellas empresas que cumplan los siguientes requisitos:
a) Realicen una iniciativa empresarial en un centro de trabajo localizado en la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Cumplan las condiciones establecidas específicamente para la correspondiente modalidad de préstamo, conforme a los requisitos que se detallan en el Anexo I de las bases reguladoras.
2. Para las modalidades de préstamo específicamente indicadas en el Anexo I de las bases reguladoras, podrán ser también beneficiarias las personas físicas, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, agrupaciones de interés económico, las sociedades civiles y comunidades de bienes que cumplan los requisitos del anterior punto 1.
Segundo. Objeto
Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y tienen por objeto la puesta en marcha de las siguientes líneas de préstamos: préstamos para inversiones estratégicas; préstamos para la concentración de empresas; préstamos para proyectos de desarrollo tecnológico e innovación; préstamos para financiar capital circulante en la industria manufacturera, enmarcados en un proceso de reestructuración de deudas, y para las empresas del sector de la pesca, acuicultura, así como la transformación y comercialización de los productos de estos sectores; préstamos para financiar la implantación de empresas gallegas en el exterior; préstamos para financiar la operativa de la industria auxiliar naval y préstamos para financiar la operativa de centros tecnológicos, asociaciones empresariales, fundaciones y entidades que desarrollen actividades económicas, actividades de I+D o presten servicios de interés para el tejido empresarial gallego.
Tercero. Bases reguladoras
Resolución de 27 de diciembre de 2024 por la que se da publicidad del acuerdo del Consejo de Dirección que aprueba las bases reguladoras de préstamos directos para la financiación empresarial en Galicia para el año 2025, y se procede a su convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva (código de procedimiento IG408B).
Cuarto. Importe
Los créditos disponibles para concesiones en esta convocatoria se abonarán con cargo a la partida presupuestaria 09.A1-741A-8310 y por un importe de 33.000.000 € para el año 2025 y 17.000.000 € para el año 2026.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes de ayuda comenzará a computarse 5 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia a las 9.00 horas y finalizará cuando se produzca la primera de las siguientes circunstancias:
a) Que conforme las solicitudes recibidas, se agote el crédito presupuestario, lo que será objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia y en la página web del Igape, con el fin de cerrar anticipadamente el plazo de presentación de solicitudes.
b) El 1 de diciembre de 2025, a las 14.00 horas.
Santiago de Compostela, 27 de diciembre de 2024
Patricia Villajos Grande
Gerente del Instituto Gallego de Promoción Económica
