Por Resolución de la Alcaldía de este Ayuntamiento, de 9 de diciembre, se aprobó la oferta de empleo público correspondiente a las plazas que a continuación se indican, para el año 2024:
Personal funcionario:
– 1 plaza de policía local (C1), turno libre, jornada completa, oposición.
– 1 plaza de técnico/a de Intervención-Tesorería (A1), turno libre, jornada completa, oposición.
Personal laboral:
– 1 plaza de auxiliar de la Oficina de Turismo (grupo IV), turno libre, jornada completa, fijo-discontinuo, concurso-oposición (40 %-60 %).
– 2 plazas de monitor/a del aula de espera (grupo IV), turno libre, 26,67 % de la jornada a tiempo completo establecida en el Convenio del Ayuntamiento de Allariz (37,5 h. semanales), fijo-discontinuo, concurso-oposición (40 %-60 %).
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público, aprobado por el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se publica la oferta de empleo público del año 2024.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse, alternativamente, recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, a su elección, que corresponda a su domicilio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Allariz, 9 de diciembre de 2024
M. Cristina Cid Fernández
Alcaldesa
