La Ley 17/2006, de 27 de diciembre, del libro y de la lectura de Galicia, en el artículo 16.3 establece que la Xunta de Galicia se compromete a adquirir, con periodicidad estable, para su difusión en todas las bibliotecas públicas, los productos editoriales gallegos, según los criterios de selección e idoneidad de las personas con responsabilidades profesionales de estos centros de lectura pública.
Por su parte, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y las restantes normas vigentes en materia de procedimientos administrativos, facilitan el uso de las tecnologías en los procedimientos, por lo que la puesta en marcha de un sistema de adquisición de novedades editoriales en lengua gallega, acorde a la nueva realidad de la digitalización de los servicios públicos y que facilite la gestión de proveedores y demandantes de los materiales objeto de la ayuda, debe ser la forma habitual de relacionarse con estas entidades.
Esta es la razón para ofrecer un sistema de adquisición de los libros editados como novedades editoriales a través de una plataforma digital electrónica, https://novidadeseditoriais.xunta.gal/nedito/bienvenida (Nedito), que facilitará la visibilidad y la celeridad del suministro del material bibliográfico a los servicios bibliotecarios dependientes de la Red de Bibliotecas Públicas de Galicia, al tiempo que se inicia su comercialización.
El sistema de adquisición de novedades editoriales que puso en marcha esta consellería hace unos años funciona a través de dicha aplicación web y permite la gestión en línea de la compra de las novedades editoriales en lengua gallega en formato físico por parte de los ayuntamientos titulares de bibliotecas y agencias de lectura públicas, en el marco de la convocatoria de ayudas a entidades locales de Galicia titulares de bibliotecas públicas y/o agencias de lectura, integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Galicia, para la adquisición de novedades editoriales en gallego... (código de procedimiento CT235A).
Con este sistema se garantiza la actualización continua de los fondos bibliográficos en gallego en las bibliotecas públicas al tiempo que sirve de escaparate único y dinámico de todas las publicaciones en gallego que realizan las editoriales.
Para la puesta en marcha de este sistema hace falta que las editoriales puedan incorporar sus novedades editoriales, en gallego y en formato físico, a la plataforma Nedito; para ello, mediante la presente resolución, se informa a las empresas editoras interesadas de que se abre la plataforma para que, las que cumplan los requisitos establecidos, puedan ofrecer sus obras a través de este sistema a las bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas de Galicia.
En consecuencia,
RESUELVO:
Primero. Objeto
Esta resolución tiene por objeto regular la plataforma de novedades editoriales en gallego para el año 2025 y anunciar su activación en la dirección electrónica https://novidadeseditoriais.xunta.gal, a fin de permitir a las editoriales incorporar sus novedades editoriales en gallego y en formato físico, publicadas entre el 1.9.2024 y el 30.9.2025.
La plataforma estará activada entre el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de esta resolución y el 31 de octubre de 2025 (incluido).
Las obras incorporadas podrán ser adquiridas por las bibliotecas públicas beneficiarias de la subvención establecida en el Programa A, a que hace referencia la Orden de 16 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a entidades locales de Galicia titulares de bibliotecas públicas y/o agencias de lectura, integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Galicia (código de procedimiento CT235A).
Segundo. Destinatarios
La presente resolución va dirigida a las personas físicas o jurídicas que tenga la condición de editora, tanto las que se inscriban por primera vez en la plataforma de adquisición de novedades editoriales en gallego, como las inscritas en años anteriores que quieran reactivar su cuenta para la convocatoria de 2025.
Tercero. Condiciones y deberes de las editoriales para la inscripción en la plataforma
1. Podrá inscribirse o solicitar la reactivación de su cuenta toda persona física o jurídica que cumpla los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de editora. A estos efectos, en el impuesto de actividades económicas (IAE) debe figurar a epígrafe «edición de libros» u otra en que quede claro la condición de editora.
b) Estar al día en el cumplimiento de los deberes tributarios, frente a la Seguridad Social y no tener pendiente de pago ninguna deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
2. Las editoriales que participen en la presente convocatoria no podrán incorporar libros a la plataforma electrónica, https://novidadeseditoriais.xunta.gal, con fecha posterior a 15 de octubre de 2025.
3. Si la editorial, a lo largo del período de inscripción de sus publicaciones, no cumple con los requisitos mencionados, la Dirección General de Cultura anulará su derecho de permanecer en la plataforma digital hasta que regularice su situación.
Cuarto. Condiciones y deberes de las obras editoriales incorporadas a la plataforma
1. Las novedades editoriales ofertadas por las editoriales presentadas en la plataforma digital deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar publicadas en lengua gallega, de acuerdo con la vigente normativa ortográfica y morfológica del idioma gallego, fijada por la Real Academia Gallega el 12 de julio de 2003, tal y como se establece en la disposición adicional de la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística (DOG núm. 84, de 14 de julio) y en formato impreso.
b) La primera edición deberá estar publicada entre el 1 de septiembre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025, ambos incluidos.
c) No ser libros de texto u otro material curricular.
2. Las novedades editoriales que se inscriban estarán disponibles en la plataforma digital, bien como publicaciones ya editadas, bien como futuras; en este último supuesto, la editorial deberá cambiarlas de estado en la plataforma digital en el momento en que inicie su comercialización; en ambos casos deben estar editadas dentro del siguiente período: 1 de septiembre de 2024 a 30 de septiembre de 2025, ambos incluidos.
Quinto. Plazo, condiciones y forma de inscripción y/o reactivación
1. Las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos en el apartado tercero podrán inscribirse o, en su caso, solicitar la reactivación de su cuenta a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia hasta el día 15 de septiembre de 2025 (incluido) en la plataforma digital de novedades editoriales de la Xunta de Galicia, https://novidadeseditoriais.xunta.gal
2. Los fondos bibliográficos para incorporar a la plataforma deberán cumplir las condiciones establecidas en esta resolución (apartado cuarto).
3. La inscripción o reactivación de la cuenta en la plataforma electrónica implica la autorización a la Dirección General de Cultura, unidad tramitadora de esta plataforma, para solicitar las certificaciones que deban emitir la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la consellería competente en materia de hacienda de la Xunta de Galicia, y también implica la autorización para consultar el impuesto de actividades económicas (IAE). No obstante, la editorial o el representante que se oponga a la consulta debe enviar las correspondientes certificaciones a la Dirección General de Cultura, a través de los sistemas establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, e informar de tal extremo para facilitar la gestión en la siguiente dirección de correo electrónico: servicio-libro-publicacions.cultura@xunta.gal
4. Las editoriales deberán inscribirse siguiendo el siguiente procedimiento:
a) Editoriales que no habían estado dadas de alta en años anteriores.
Para proceder a la inscripción en la plataforma, las editoriales que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución pueden acceder a ella a través de la dirección electrónica https://novidadeseditoriais.xunta.gal , presionar en «si es una editorial y no se registró en el sistema previamente..» y completar los datos para solicitar el alta.
b) Editoriales ya inscritas en la plataforma en convocatorias anteriores.
Las editoriales ya inscritas en la plataforma que deseen volver a participar en la nueva convocatoria deben acceder a ella a través de la dirección electrónica https://novidadeseditoriais.xunta.gal, solicitar la activación del alta, presionando en «si dispone de usuario y contraseña ..» y solicitar la reactivación.
Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos por la Subdirección General de Bibliotecas y del Libro, se activarán los permisos para que puedan subir sus obras.
Sexto. Procedimiento de adquisición por parte de las bibliotecas públicas
1. La plataforma digital gestionará los pedidos recibidos desde los titulares de bibliotecas de la Red de Bibliotecas Públicas de Galicia, y serán las editoriales las que se encargarán del envío de los libros a cada solicitante, asumiendo estas los costes de la distribución. El pedido deberá ser enviado y recibido con la mayor brevedad posible, sin que pueda superar un plazo máximo de 15 días naturales desde su fecha de recepción.
2. La entidad local, titular de las bibliotecas o agencias de lectura pública que realizara los pedidos de libros a través de la plataforma, será la encargada de realizar el pago a las editoriales que los entregaron.
3. La Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, a través del Servicio del Libro y Publicaciones, excluirá las publicaciones que no cumplan los requisitos antes mencionados. El incumplimiento relativo al año de edición del libro supondrá, además, la exclusión de la editorial de la plataforma para las dos siguientes convocatorias.
Séptimo. Entrada en vigor
Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 9 de enero de 2025
Anxo Manuel Lorenzo Suárez
Director general de Cultura
