DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 38 Martes, 25 de febrero de 2025 Pág. 14064

III. Otras disposiciones

Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

RESOLUCIÓN de 6 de febrero de 2025 por la que se declara área de rehabilitación integral rural de As Neves.

Denominación: área de rehabilitación integral rural de As Neves.

Ámbito: núcleo urbano y barrio de la Estación de Ferrocarril.

Clase: área de rehabilitación integral rural.

Antecedentes de hecho:

1. El 28 de julio de 2021 el Ayuntamiento de As Neves solicita la declaración de un área de rehabilitación integral rural discontinua (en adelante, ARIR) en su término municipal. Con la solicitud se adjunta certificado del acuerdo adoptado al respecto por el Pleno del Ayuntamiento en su sesión de 28 de julio de 2021.

2. El ámbito comprende el núcleo urbano y el barrio de la Estación de Ferrocarril.

3. La declaración del ARIR solicitada fue informada favorablemente, tanto desde el punto de vista técnico y urbanístico como administrativo, por las unidades competentes del IGVS.

Consideraciones legales y técnicas:

1. La Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia, regula las ARI en los artículos 49 a 51. Concretamente, el artículo 50.1.b) establece que las ARI tendrán la categoría de rurales cuando su ámbito pertenezca a ayuntamientos con menos de cinco mil habitantes y su configuración sea predominantemente rural. En este supuesto, el ámbito delimitado habrá de tener, como mínimo, veinte viviendas.

2. El Decreto 18/2014, de 13 de febrero, por el que se determinan los aspectos básicos de los programas autonómicos de rehabilitación de viviendas y se dan las directrices para el desarrollo del Plan estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas 2013-2016, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, regula en su capítulo II, sección 2ª, artículo 8, el procedimiento para la declaración de las ARI.

En el expediente para la declaración de esta ARI se recogen todos los aspectos señalados en el artículo 8.2 del Decreto 18/2014, de 13 de febrero.

3. De conformidad con el artículo 49 de la Ley 1/2019, de 22 de abril, y con el 8.1 del Decreto 18/2014, de 13 de febrero, las ARI se declararán mediante una resolución de la Presidencia del IGVS a solicitud de los ayuntamientos interesados.

Por todo lo expuesto y de conformidad con las competencias atribuidas en el artículo 49 de la Ley 1/2019, de 22 de abril,

RESUELVO:

Declarar área de rehabilitación integral rural, de ámbito discontinuo, el núcleo urbano y el barrio de la Estación de Ferrocarril, en el término municipal de As Neves, según el ámbito delimitado en los planos que se adjuntan como anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 6 de febrero de 2025

María Martínez Allegue
Presidenta del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo

ANEXO

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