En el Diario Oficial de Galicia núm. 7, de 13 de enero de 2025, se publicó la Resolución de 25 de octubre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones para la planificación energética de entidades locales y comunidades energéticas, anualidad 2025 (código de procedimiento IN418E).
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se tramitó en régimen de concurrencia no competitiva, según la excepción prevista en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Según lo dispuesto en el artículo 9.2 de las bases reguladoras, el plazo de presentación de solicitudes finaliza el 15 de abril de 2025; dado que existe disponibilidad presupuestaria, se considera conveniente prorrogar el plazo de presentación de solicitudes para facilitar el acceso a ayuda a un mayor número de personas interesadas.
El artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (LPACAP), establece la posibilidad de que la Administración, salvo precepto en contrario, pueda conceder de oficio o a petición de las personas interesadas, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros.
Consecuentemente con todo lo anterior, sobre la base de los hechos señalados y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Modificar la Resolución de 25 de octubre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria del procedimiento de concesión de subvenciones para la planificación energética de entidades locales y comunidades energéticas, anualidad 2025 (código de procedimiento IN418E), en el siguiente sentido:
El artículo 9.2 de la resolución queda redactado de la siguiente manera:
«2. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el séptimo (7º) día natural siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, a las 9.00 horas, y finalizará el 15 de mayo de 2025, a las 23.59 horas. Si el final del plazo coincide en día inhábil, se prorrogará hasta el siguiente día hábil».
Segundo. Esta modificación entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 7 de abril de 2025
Pablo Fernández Vila
Director de la Agencia Instituto Energético de Galicia
