En el Diario Oficial de Galicia núm. 8, de 14 de enero de 2025, se publica la Orden de 18 de diciembre de 2024, de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud, con las bases reguladoras de las subvenciones a entidades de acción voluntaria y entidades locales para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2025 (código de procedimiento BS508E).
De conformidad con el artículo 18 de dicha orden, la resolución del procedimiento de ayuda, después de la fiscalización de la propuesta haciendo uso de las competencias conferidas en el artículo 7.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, corresponde a la directora general de Juventud, por delegación de la persona titular de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud.
Asimismo, el artículo 20 de la misma orden establece que se publicará en el Diario Oficial de Galicia de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, entre otras, la correspondiente resolución de este procedimiento. Esta publicación surtirá los efectos de notificación.
Tras la instrucción del procedimiento, en fecha 10 de abril de 2025 el órgano competente emite la resolución que finaliza el procedimiento de concesión de las subvenciones para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 10 de abril de 2025, para el procedimiento BS508E, de concesión de ayudas para entidades de acción voluntaria y entidades locales para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, como anexo de esta resolución.
Segundo. Comunicar que la Resolución de 10 de abril de 2025 agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Tercero. Notificada la resolución por el órgano competente, las entidades beneficiarias dispondrán de un plazo de 10 días computado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia para su aceptación, transcurrido el cual sin que se produjese manifestación expresa se entenderá tácitamente aceptada.
Santiago de Compostela, 11 de abril de 2025
Lara del Carmen Meneses Álvarez
Directora general de Juventud
ANEXO
Resolución de 10 de abril de 2025, dictada en el procedimiento BS508E,
de concesión de ayudas para entidades de acción voluntaria y entidades locales para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional,
en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado
por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2025
En fecha 14 de enero de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 8 la Orden de 18 de diciembre de 2024 por la que por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas la entidades de acción voluntaria y entidades locales para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2025 (código de procedimiento BS508E).
El artículo 9 de la orden de convocatoria establece el plazo y la forma de presentación de las solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes señalado en el citado artículo es de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia.
Finalizado el plazo, una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de dicha orden de convocatoria por el órgano encargado de la instrucción, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores o por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su posterior remisión a la comisión encargada de su valoración.
En fecha 12 de marzo de 2025 se publica en el Diario Oficial de Galicia el requerimiento de enmienda de la documentación de las solicitudes presentadas, con indicación expresa a las entidades solicitantes de que son requeridas para que, en el plazo de 10 días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia del requerimiento, enmienden la falta o aporten los documentos preceptivos conforme se establece en la orden de convocatoria, con indicación de que, si así no lo hicieren, se considerará que desisten de su petición, después de resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Finalizado el plazo, después de analizar la documentación, en fecha 2 de abril de 2025 y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 15, 16, 17 y 18 de la orden de convocatoria, se reunió la comisión evaluadora para analizar las solicitudes de ayuda y valorar los proyectos presentados por las entidades de acción voluntaria y las entidades locales, así como para elaborar el correspondiente informe en el que figuran las entidades con proyectos valorados.
Emitido el informe con la valoración de los proyectos presentados, el Servicio de Voluntariado y Participación, órgano instructor del procedimiento, emite, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la orden de convocatoria, la propuesta de resolución el 3 de abril de 2025.
Vista la propuesta de resolución y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 de la Orden de 18 de diciembre de 2024,
RESUELVO:
Primero. Conceder la ayuda a las entidades locales propuestas en el anexo I, al amparo de la Orden de 18 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2025.
Esta concesión resulta de aplicación de conformidad con los criterios de valoración previstos en el artículo 16 de las bases reguladoras, por un importe total de 176.912,94 €, para entidades locales, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.05.312F.460.0.
Segundo. Conceder la ayuda a las entidades de acción voluntaria propuestas en el anexo II, al amparo de la Orden de 18 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan subvenciones para entidades de acción voluntaria y entidades locales para la elaboración y ejecución de proyectos de voluntariado intergeneracional en el medio rural vinculados con el proyecto piloto Talento intergeneracional, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, para el año 2025.
Esta concesión resulta de aplicación de conformidad con los criterios de valoración previstos en el artículo 16 de las bases reguladoras, por un importe total de 279.036,10 €, para entidades de acción voluntaria, con cargo a la aplicación presupuestaria 13.05.312F.481.0.
De la cuantía prevista para entidades locales se reserva un 15 % para las solicitudes presentadas conjuntamente.
Tercero. Las ayudas concedidas se condicionarán al cumplimiento de todas las obligaciones establecidas en la Orden de 18 de diciembre de 2024 y, especialmente, a las establecidas en el artículo 26.
La justificación de las subvenciones se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 23 de la convocatoria.
Asimismo, el pago de las ayudas se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 24 de la misma convocatoria.
Cuarto. Denegar las solicitudes que se relacionan en el anexo III, con indicación de la causa concreta que motivó la denegación.
Quinto. Esta resolución, que finaliza el procedimiento, agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 10 de abril de 2025. El conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud, P.D. (Artículo 18 y disposición adicional tercera de la Orden de 18.12.2024), Lara del Carmen Meneses Álvarez, directora general de Juventud
ANEXO I
Ayudas concedidas a entidades locales
Concesiones individuales.
|
Nº |
Nº de exp. |
Entidad |
NIF |
Provincia |
Puntuación |
Presupuesto concedido (€) |
|
1 |
2025/010 |
Ayuntamiento de Vedra |
P1509000D |
A Coruña |
72,25 |
25.000,00 |
|
2 |
2025/023 |
Ayuntamiento de Muxía |
P1505300B |
A Coruña |
71,07 |
15.000,00 |
|
3 |
2025/024 |
Ayuntamiento de Padrón |
P1506600D |
A Coruña |
61,53 |
18.730,00 |
|
4 |
2025/008 |
Ayuntamiento de A Baña |
P1500700H |
A Coruña |
51,75 |
15.020,00 |
|
5 |
2025/018 |
Ayuntamiento de San Xoán de Río |
P3207100C |
Ourense |
77,75 |
15.000,00 |
|
6 |
2025/013 |
Ayuntamiento de Cenlle |
P3202600G |
Ourense |
63,04 |
15.000,00 |
|
7 |
2025/004 |
Ayuntamiento de A Veiga |
P3208400F |
Ourense |
62,25 |
25.000,00 |
|
8 |
2025/015 |
Concello de Vilar de Barrio |
P3209000C |
Ourense |
54,00 |
2.918,00 |
|
9 |
2025/025 |
Ayuntamiento de Ponteareas/Oficina Municipal de Voluntariado |
P3604200J |
Pontevedra |
64,00 |
25.000,00 |
|
10 |
2025/030 |
Ayuntamiento de Mos |
P3603300I |
Pontevedra |
62,00 |
20.244,94 |
|
Total |
176.912,94 |
|||||
ANEXO II
Ayudas concedidas a entidades de acción voluntaria
|
Nº |
Nº de exp. |
Entidad |
NIF |
Provincia |
Puntuación |
Presupuesto concedido (€) |
|
1 |
2025/007 |
Asociación Medioambiental Amabul |
G15925209 |
A Coruña |
87,27 |
21.000,00 |
|
2 |
2025/016 |
Asociación Integro para a Diversidade Funcional das Comarcas de Bergantiños, Terra de Soneira e Fisterra |
G15173263 |
A Coruña |
71,45 |
13.000,00 |
|
3 |
2025/021 |
Fundación Ronsel |
G15752660 |
A Coruña |
65,93 |
17.000,00 |
|
4 |
2025/019 |
Asociación Ecos do Sur |
G15354483 |
A Coruña |
65,87 |
16.848,10 |
|
5 |
2025/012 |
Escola de Tempo Libre Colaxe |
G10818920 |
A Coruña |
65,75 |
17.000,00 |
|
6 |
2025/005 |
Asociación de Colaboración y Promoción del Sordo, Acopros |
G15048762 |
A Coruña |
59,10 |
25.000,00 |
|
7 |
2025/031 |
Federación de Centros Xuvenís Don Bosco de Galicia |
G15450828 |
A Coruña |
58,25 |
16.000,00 |
|
8 |
2025/027 |
Grupo Compostela de Universidades |
G15520307 |
A Coruña |
56,34 |
18.000,00 |
|
9 |
2025/017 |
Valoresc Innovation |
G70377585 |
Ourense |
77,00 |
25.000,00 |
|
10 |
2025/002 |
Asociación Cultural, Social, Ecolóxica e Económica Os Tres Reinos |
G32345274 |
Ourense |
75,50 |
25.000,00 |
|
11 |
2025/003 |
Asociación Limisi, para a Promoción das Persoas con Diversidade Funcional da Comarca da Limia |
G32302671 |
Ourense |
70,87 |
15.000,00 |
|
12 |
2025/009 |
Asociación Cultural, Social, Deportiva, Lúdica, Ecolóxica, da Muller, de Inclusión, do Rural, Vive Vilariño |
G32504508 |
Ourense |
59,75 |
25.000,00 |
|
13 |
2025/032 |
Asociación Sustinea |
G32422834 |
Ourense |
51,82 |
9.100,00 |
|
14 |
2025/029 |
Asociación de Familiares de Enfermos de Alzhéimer de la Comarca del Morrazo, Afamo |
G36368488 |
Pontevedra |
77,50 |
15.000,00 |
|
15 |
2025/011 |
Asociación para el Desarrollo Educativo y Cultural, ADEC |
G94153053 |
Pontevedra |
66,92 |
11.268,00 |
|
16 |
2025/026 |
Asociación Cultural O Castro |
G36116879 |
Pontevedra |
58,60 |
9.820,00 |
|
Total |
279.036,10 |
|||||
ANEXO III
Solicitudes denegadas
Denegadas entidades locales.
|
Nº |
Nº de exp. |
Entidad |
NIF |
Provincia |
Motivo de la denegación |
|
1 |
2025/014 |
Ayuntamiento de Cangas-Oficina Municipal de Voluntariado |
P3600800A |
Pontevedra |
No alcanzar la puntuación requerida |
Denegadas entidades de acción voluntaria.
|
Nº |
Nº de exp. |
Entidade |
NIF |
Provincia |
Motivo da denegación |
|
1 |
2025/022 |
Asociación Euroeume |
G15608821 |
A Coruña |
No alcanzar la puntuación requerida |
|
2 |
2025/001 |
Xeración Asociación Cultural |
G70385091 |
A Coruña |
No alcanzar la puntuación requerida |
|
3 |
2025/033 |
Asociación Tempus, de Acción Social, Educación Permanente y de Servicios a la Juventud y a la Mujer |
G15681000 |
A Coruña |
Desistimiento |
|
4 |
2025/034 |
Asociación Antonio Noche |
G15210388 |
A Coruña |
Desistimiento |
|
5 |
2025/028 |
Asociación Montes e Vales Orientais |
G27389139 |
Lugo |
No alcanzar la puntuación requerida |
|
6 |
2025/020 |
Asociación Veciñal Gutier Menéndez |
G32503971 |
Ourense |
No alcanzar la puntuación requerida |
