En el Diario Oficial de Galicia número 30, de 13 de febrero de 2025, se publica la Orden de 20 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las subvenciones a las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos de Galicia para financiar actividades de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género, financiadas en desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género y para el desarrollo de las actuaciones del Plan Corresponsables, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (códigos de procedimiento SI449B y SI436C).
A través de dicha orden se convocan las subvenciones destinadas a las asociaciones de madres y padres de alumnado (AMPA) y a las federaciones o confederaciones de AMPA de los centros educativos sustentados con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Galicia para las siguientes líneas de actuación: a) Actividades de promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y de prevención y rechazo de la violencia contra las mujeres (SI449B) y b) Actuaciones orientadas a facilitar la corresponsabilidad en las familias con menores a cargo de hasta 16 años inclusive, mediante la creación de servicios de cuidado profesional y la creación de empleo de calidad en el ámbito de los cuidados, así como acciones de formación y sensibilización en corresponsabilidad y cuidados destinados al desarrollo del Plan Corresponsables (SI436C).
El plazo y la forma de presentación de las solicitudes están regulados en el artículo 5 de la Orden de 20 de diciembre de 2024. Asimismo, en el artículo 6 se determina la documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento.
Una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de dicha orden en el procedimiento SI449B por la unidad administrativa tramitadora y encargada de la instrucción del procedimiento, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores, o bien por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos, procediendo a la emisión del requerimiento de la correspondiente subsanación en el plazo de diez días hábiles desde su notificación al amparo de lo dispuesto en el artículo 10.1.
El párrafo segundo de dicho artículo 10.1 de la Orden de 20 de diciembre de 2024 dispone que, por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el requerimiento de subsanación de las solicitudes se publicará en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los mismos efectos de la notificación.
Por lo expuesto,
RESUELVO:
1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del requerimiento de enmienda de las solicitudes presentadas en el procedimiento SI449B al amparo de la Orden de 20 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las subvenciones a las asociaciones de madres y padres del alumnado de centros educativos de Galicia para financiar actividades de promoción de la igualdad y de prevención de la violencia de género, financiadas en desarrollo del Pacto de Estado contra la violencia de género y para el desarrollo de las actuaciones del Plan Corresponsables, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (códigos de procedimiento SI449B y SI436C), emitidos el 14 de abril de 2025, por no estar debidamente cubiertas y/o no aportar la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras y que figura en el anexo de esta resolución (anexo: requerimiento de subsanación de documentación-SI449B 2025).
2. Hacer indicación expresa a todas las entidades solicitantes que figuran en el anexo de esta resolución de que son requeridas para que en el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, subsanen la falta o aporten los documentos preceptivos conforme se establece en esta resolución, con la advertencia de que, de no hacerlo, se les tendrá por desistidas de su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, después de que se dicte la oportuna resolución al amparo del artículo 21 de dicha ley.
3. Informar a las personas interesadas de que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de las bases reguladoras, la presentación de la documentación requerida debe ser realizada electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
En la sede electrónica de la Xunta de Galicia están disponibles los modelos normalizados de los anexos relativos al procedimiento SI449B:
https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=SI449B&ano=2025&numpub=1&lang=gl
4. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de subsanación de documentación de las solicitudes, podrán dirigirse a las unidades de igualdad de los departamentos territoriales de la Consellería de Política Social e Igualdad a través de los teléfonos indicados en el artículo 23 de la convocatoria (Ourense: 988 38 67 99), o presencialmente.
Ourense, 15 de abril de 2025
Santiago Álvarez González
Director territorial de Ourense
ANEXO
Requerimiento de subsanación de documentación (SI449B 2025)
Asunto: requerimiento de subsanación de solicitudes relacionadas a continuación por no estar debidamente cubiertas y/o no aportar la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras.
Fecha del requerimiento: 14 de abril de 2025.
Efectos: el plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, hace falta subsanar el error o aportar los documentos preceptivos que figuran en la relación, con la advertencia de que, de no hacerlo, se les tendrá por desistidas de su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, después de que se dicte la oportuna resolución al amparo del artículo 21 de dicha ley.
Órgano instructor: unidad de Igualdad del Departamento Territorial de Ourense de la Consellería de Política Social e Igualdad.
Relación de solicitudes sujetas a subsanación de documentación:
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Nº expte. |
AMPA |
Documentación requerida |
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SI449B-2025-00000002-03 |
ANPA del IES Castro Baronceli |
Anexo III.1 Se deberá cumplir el artículo 24.1: como mínimo, una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias |
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SI449B-2025-00000009-03 |
APA Airiña Colegio EGB Padre Feijóo de Allariz |
Anexo I.1 Cubrir el número de cuenta bancaria de la AMPA |
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SI449B-2025-00000011-03 |
ANPA Colegio Público Bibei de Viana do Bolo |
Anexos III.1: Punto 1: debidamente cubierto Se deberá cumplir el artículo 24.1: como mínimo, una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias Punto 2: debidamente cubierto |
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SI449B-2025-00000017-03 |
APA del Colegio Maristas Santa María de Ourense |
Anexo II.1 debidamente cubierto y firmado (convocatoria 2025) |
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SI449B-2025-00000019-03 |
Asociación de madres y padres del CEIP de As Vendas da Barreira |
Anexo III.1 Punto 1: debidamente cubierto Se deberá cumplir el artículo 24.1: como mínimo, una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias Punto 2: debidamente cubierto |
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SI449B-2025-00000020-03 |
Federación ANPAS de colegios privados y concertados de Ourense |
Anexo II.1 La fecha del acuerdo de la Junta Directiva debe estar dentro del plazo de solicitud de la subvención |
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SI449B-2025-00000021-03 |
APA del grupo escolar de Seixalvo |
Anexo II.1 debidamente firmado Anexo III.1 Se deberá cumplir el artículo 24.1: como mínimo, una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias |
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SI449B-2025-00000027-03 |
Asociación de familias de alumnas y alumnos Vilanova |
Anexo III.1 Se deberá cumplir el artículo 24.1: como mínimo, una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias |
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SI449B-2025-00000028-03 |
ANPA del CEIP de Oímbra |
Anexo III.1 Revisar las fechas en la relación de actividades |
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SI449B-2025-00000033-03 |
APA Xosé Manuel Folla Respiño |
Anexo III.1 Se deberá cumplir el artículo 24.1: como mínimo, una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias |
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SI449B-2025-00000034-03 |
ANPA del CEIP A Burga |
Anexo III.1: Punto 2: cubrir el número de horas |
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SI449B-2025-00000040-03 |
Asociación de madres y padres |
Anexo II.1 debidamente cubierto y firmado (procedimiento SI449B) Anexo III.1: Cubrir coherentemente el punto 1 y 2 Se deberá cumplir el artículo 24.1: como mínimo, una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias |
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SI449B-2025-00000041-03 |
ANPA Pía da Casca del CEIP As Mercedes |
Anexo I.1 Cubrir el coste total de la actuación Anexo III.1 Se deberá cumplir el artículo 24.1: como mínimo, una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias |
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SI449B-2025-00000042-03 |
APA del CPI Laureano Prieto de A Gudiña |
Anexo III.1 Punto 2: cubrir el número de horas |
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SI449B-2025-00000044-03 |
AFA Limiar Manuel Sueiro |
Anexo I.1 El importe máximo de la subvención a solicitar son 3.000 euros Anexo II.1 Cubrir el número de familias del centro educativo Anexo III.1 Se deberá cumplir el artículo 24.1: como mínimo, una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias |
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SI449B-2025-00000045-03 |
ANPA CEIP Plurilingüe Ribadavia |
Anexo III.1 Punto 2: la fecha fin de realización tiene que estar dentro del período subvencionable. Se deberá cumplir el artículo 24.1: como mínimo, una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias |
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SI449B-2025-00000046-03 |
APA CEIP Curros Enríquez de Celanova |
Anexo III.1 Se deberá cumplir el artículo 24.1: como mínimo, una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias |
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SI449B-2025-00000048-03 |
APA Rosalía de Castro-Xinzo de Limia |
Anexo II.1 debidamente firmado Anexo III.1 Punto 2: debidamente cubierto Se deberá cumplir el artículo 24.1: como mínimo, una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias |
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SI449B-2025-00000049-03 |
APA Os Rosais del CEIP Amadeo Rodríguez Barroso |
Anexo I.1 debidamente cubierto y firmado Anexo II.1 La fecha del acuerdo de la Junta Directiva debe estar dentro del plazo de solicitud de la subvención Indicar la dirección de la página web Anexo III.1 Se deberá cumplir el artículo 24.1: como mínimo, una actividad de difusión estará dirigida directamente a las familias |
