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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Miércoles, 11 de junio de 2025 Pág. 32765

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 21 de mayo de 2025, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, por el que se publica la resolución que aprueba el deslinde parcial realizado entre las comunidades de montes vecinales en mano común de A Lama (A Lama) y Caritel-Forzáns (Ponte Caldelas) (expediente DC22060).

El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra resolvió, en su reunión de 26.3.2025, aprobar el deslinde parcial entre las comunidades de montes vecinales en mano común (CMVMC) de A Lama (A Lama) y Caritel-Forzáns (Ponte Caldelas) en base a los siguientes hechos y consideraciones técnicas.

Antecedentes y consideraciones técnicas:

Primero. El 28.9.2022 el presidente de la CMVMC de A Lama presenta solicitud de deslinde entre la CMVMC de A Lama en el ayuntamiento de A Lama y la CMVMC de Caritel-Forzáns en el ayuntamiento de Ponte Caldelas.

Los montes vecinales en mano común (en adelante, MVMC) afectados por este deslinde son:

– MVMC de A Lama (ID:2814) de la CMVMC de A Lama.

– MVMC de Caritel (ID:3046) de la CMVMC de Caritel-Forzáns.

Segundo. Consta en el expediente a siguiente documentación del deslinde conforme al artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia (LMG):

– Acta del apeo del deslinde de 15.9.2022.

– Acta de conciliación número 03/2023 entre las comunidades en el Juzgado de Paz de Ponte Caldelas de 7.2.2023.

– Certificado de 5.4.2024 de la secretaria de la CMVMC de A Lama con la conformidad del presidente de la aprobación en Asamblea General de 15.10.2022.

– Certificado de 5.4.2024 de la secretaria de la CMVMC de Caritel-Forzáns con la conformidad del presidente de la aprobación en Asamblea General de 15.10.2022.

– Memoria descriptiva con el plano de deslinde y cartografía en formato digital en el Datum ETRS89/UTM zona 29N EPSG: 25829. Firmado el 25.5.2023 por la ingeniera técnica forestal colegiada número 740 del COITF de Galicia, las enmiendas posteriores producen la modificación de la misma.

– Informes de validación gráfica catastral con CSV:

K2ZAJVJMAJ0YD1QJ y ZFN3ZDFHC0BBJ9KH (incluye los deslindes DC22060 y DC22058).

Tercero. La línea de deslinde propuesta tiene una longitud de 848 metros, y está compuesta por los siguientes puntos:

Punto 00 – x: 546.097,84 y: 4.692.388,97

Punto 01 – x: 545.984,38 y: 4.692.427,12

Punto 02 – x: 545.565,18 y: 4.692.574,90

Punto 03 – x: 545.282,05 y: 4.692.636,42

En el trabajo de gabinete se establecen dos puntos de deslinde secundarios para respetar el dominio público de lo hidráulico (A, B). Por lo que en este tramo no existe colindancia entre ambos montes (el deslinde se realizará con la Administración competente).

Punto A – x: 545.300,24 y: 4.692.632,47

Punto B – x: 545.294,70 y: 4.692.633,67

Revisada la cartografía de las resoluciones de clasificación de ambos MVMC, se detecta que existe colindancia entre ambos, a excepción de un tramo al norte del deslinde por parte de la CMVMC de Caritel-Forzáns. Quedando justificada a colindancia en este tramo por la titularidad catastral. Se considera que el deslinde no afecta a terceros propietarios.

El deslinde está formado por dos tramos:

Tramo 1: del punto 00 el punto A.

Tramo 2: del punto B el punto 3.

El punto 00 es coincidente con el punto 6 del expediente DC22058 (deslinde entre la CMVMC de A Lama y la CMVMC de Gaxate). En este punto convergen la CMVMC de A Lama, la CMVMC de Caritel-Forzáns y la CMVMC de Gaxate.

La línea del deslinde se ajusta casi en su totalidad a la línea del Instituto Geográfico Nacional entre los ayuntamientos de A Lama y Ponte Caldelas.

La línea del deslinde produce las siguientes modificaciones en la cartografía de los croquis de clasificación:

– CMVMC de Caritel-Forzáns: presenta un ajuste para cerrar la línea del deslinde en el punto inicial y final con la cartografía existente.

– CMVMC de A Lama: el punto inicial 00 coincide con el deslinde DC22058 y el punto final se ajusta según catastro con el resto del croquis.

El Servicio de Montes considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la LMG, por lo que propone la aprobación por el Jurado del deslinde según la línea presentada.

Cuarto. El artículo 53 de la LMG establece que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, después del examen de la documentación presentada, dictará una resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

A la vista de lo expuesto, este jurado

RESUELVE:

Aprobar el deslinde parcial entre la CMVMC de A Lama en el ayuntamiento de A Lama y la CMVMC de Caritel-Forzáns en el ayuntamiento de Ponte Caldelas, en los términos antes indicados.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de MVMC de Pontevedra en el plazo de un mes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 LPAC; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la LJCA.

Pontevedra, 21 de mayo de 2025

Antonio Crespo Iglesias
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales
en Mano Común de Pontevedra