DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Miércoles, 11 de junio de 2025 Pág. 32755

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 21 de mayo de 2025, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, por el que se publica la resolución aprobatoria del deslinde parcial realizado entre las comunidades de montes vecinales en mano común de Busto, Valboa y Vilar y Silván (Meis) (expediente DC22063).

El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra resolvió, en su reunión de 26.3.2025, aprobar el deslinde parcial entre las comunidades de montes vecinales en mano común (CMVMC) de Busto, Valboa y Vilar y Silván (Meis) en base a los siguientes hechos y consideraciones técnicas.

Antecedentes y consideraciones técnicas:

Primero. El 28.9.2022 el presidente de la CMVMC de Busto, Valvoa y Vilar presenta una solicitud de deslinde entre la CMVMC de Busto, Valboa y Vilar y la CMVMC de Silván, ambas del ayuntamiento de Meis.

Los montes vecinales en mano común (en adelante, MVMC) afectados por este deslinde son:

– MVMC de Chan da Fonte y otros (ID:2831) de la CMVMC de Busto, Valboa y Vilar.

– MVMC de Silván (ID:2824) de la CMVMC de Silván.

Segundo. Consta en el expediente la siguiente documentación del deslinde conforme al artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia:

– Acta del apeo del deslinde de 20.9.2022.

– Acta de conciliación número 4/2022 entre ambas comunidades en el Juzgado de Paz de Meis de 15.12.2022.

– Certificado de 13.10.2022 del secretario de la CMVMC de Busto, Valboa y Vilar con la conformidad del presidente de la aprobación en Asamblea General de 28.10.2022.

– Certificado de 28.10.2022 del secretario de la CMVMC de Silván con la conformidad del presidente de la aprobación en Asamblea General de 13.10.2022.

– Memoria descriptiva con el plano de deslinde y cartografía en formato digital en el Datum ETRS89/UTM zona 29N EPSG: 25829. Firmado el 23.5.2023 por la ingeniera técnica forestal colegiada número 740 del COITF de Galicia.

– Informes de validación gráfica catastral con CSV: GMK0434PV42Y2ZKA.

Tercero. La línea de deslinde propuesta tiene una longitud de 403 metros y está compuesta por los siguientes puntos:

Punto P.01 – x: 523.216,04 y: 4.701.209,01

Punto P.02 – x: 522.933,88 y: 4.701.428,32

Punto P.03 – x: 522.910,12 y: 4.701.466,98

Revisada la cartografía de las resoluciones de clasificación de ambos MVMC se detecta que existe colindancia entre ambos y se considera que no afecta a terceros propietarios.

El punto P.01 es coincidente con el punto P.07 del expediente DC22061 (deslinde entre la CMVMC de Busto, Valboa y Vilar y la CMVMC de San Xoán de Poio), por lo que en dicho punto convergen la CMVMC de Busto, Valboa y Vilar, la CMVMC de San Xoán de Poio y la CMVMC de Silván.

La línea del deslinde produce modificaciones en la cartografía de los croquis de clasificación de las siguientes comunidades:

– CMVMC de Busto, Valvoa y Vilar: presentan un ajuste desde el punto P01 que cierra la línea de deslinde con el croquis a través del expediente DC22061 y otro ajuste desde y el punto P.03 para que el deslinde sea coincidente en el punto final con la planimetría existente.

– CMVMC de Silván: el Servicio de Montes realiza un ajuste en base al ajuste presentado por la comunidad para que el deslinde sea coincidente en el punto inicial y final con la planimetría existente.

El Servicio de Montes considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la LMG, por lo que propone la aprobación por el Jurado del deslinde según la línea presentada.

Cuarto. El artículo 53 de la LMG establece que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, previo examen de la documentación presentada, dictará resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

A la vista de lo expuesto, este jurado

RESUELVE:

Aprobar el deslinde parcial entre la CMVMC de Busto, Valboa y Vilar y la CMVMC de Silván, ambas en el ayuntamiento de Meis, en los términos antes indicados.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de MVMC de Pontevedra en el plazo de un mes de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 LPAC; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la LJCA.

Pontevedra, 21 de mayo de 2025

Antonio Crespo Iglesias
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales
en Mano Común de Pontevedra