DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Lunes, 16 de junio de 2025 Pág. 33578

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 23 de mayo de 2025, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra, por el que se publica la resolución aprobatoria del deslinde parcial realizado entre las comunidades de montes vecinales en mano común de A Canicouva (Pontevedra) y Raña y A Aluncia (Ponte Caldelas) (expediente DC22109).

El Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra resolvió en su reunión de 26.3.2025 aprobar el deslinde parcial entre las comunidades de montes vecinales en mano común (en adelante, CMVMC) de A Canicouva (Pontevedra) y Raña y A Aluncia (Ponte Caldelas), con base en los siguientes hechos y consideraciones técnicas.

Antecedentes y consideraciones técnicas:

Primero. El 30.9.2022 el presidente de la CMVMC de A Canicouva presenta solicitud de deslinde entre la CMVMC de A Canicouva (Pontevedra) y la CMVMC de Raña y A Aluncia (Ponte Caldelas).

Los montes vecinales en mano común (en adelante, MVMC) afectados por este deslinde son:

– MVMC de Baltar (ID: 3055) de la CMVMC de Raña y A Aluncia.

– MVMC de Pedra Miranda y Saramagoso (ID: 2950) de la CMVMC de A Canicouva.

Segundo. Consta en el expediente la siguiente documentación del deslinde conforme al artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia (LMG):

– Acta del apeo del deslinde de 21.9.2022.

– Acta de conciliación núm. 13/2023 entre las comunidades en el Juzgado de Paz de Ponte Caldelas de 31.3.2023.

– Certificado de 10.4.2024 de la secretaria de la CMVMC de A Canicouva con la conformidad del presidente de la aprobación en asamblea general de 20.8.2022.

– Certificado de 10.4.2024 de la secretaria de la CMVMC de Raña y A Aluncia con la conformidad del presidente de la aprobación en asamblea general de 28.1.2023.

– Memoria descriptiva con el plano de deslinde y cartografía en formato digital en el Datum ETRS89/UTM zona 29N EPSG: 25829. Firmado el 13.7.2023 por la ingeniera técnica forestal colegiada núm. 740 del COITF de Galicia. La enmienda posterior produce la modificación de la misma.

– Informes de validación gráfica catastral con CSV: VY3J61TQKEF2VVFS (incluye los deslindes DC22109 y DC22110) y 41Q4CBBSM3EPN317 (incluye los deslindes DC22109, DC22110, DC22115, DC22108, DC22085, DC22086).

Tercero. La línea de deslinde propuesta tiene una longitud de 717 metros y está compuesta por los siguientes puntos:

Punto P01: X: 533.559,61 Y: 4.693.059,63

Punto P02: X: 533.636,52 Y: 4.692.918,21

Punto P03: X: 533.781,43 Y: 4.692.610,72

Punto P04: X: 533.906,10 Y: 4.692.422,89

En el trabajo de gabinete se establecen cuatro puntos de deslinde secundarios (A, B, C, D) para respetar a dominio público hidráulico.

Punto A: X: 533.665,54 Y: 4.692.856,63

Punto B: X: 533.667,77 Y: 4.692.851,90

Punto C: X: 533.897,48 Y: 4.692.435,87

Punto D: X: 533.899,82 Y: 4.692.432,36

Por lo que, en el tramo entre los puntos A y B y en el tramo entre los punto C y D se respeta el dominio público hidráulico (el deslinde se realizará con la Administración competente).

Revisada la cartografía de las resoluciones de clasificación de ambos MVMC se detecta que existe colindancia entre ambos por la existencia del deslinde judicial entre la CMVMC de A Canicouva y Ponte Sampaio, que tiene el número de expediente PO-DESX-01/14.

El deslinde entre ambos montes vecinales está formado por tres tramos:

Tramo 1: desde el punto P01 al punto A.

Tramo 2: desde el punto B al punto C.

Tramo 3: desde el punto D al punto P04.

El punto P01 es coincidente con el punto P03 del expediente DC22110 (deslinde entre la CMVMC de A Canicouva y la CMVMC de Reigosa), por lo que, en dicho punto convergen la CMVMC de A Canicouva, la CMVMC de Reigosa y la CMVMC de Raña y A Aluncia.

La línea del deslinde respeta el deslinde entre la CMVMC de Reigosa y la CMVMC de Raña y A Aluncia, que tiene el número de expediente PO-DESC02/2019.

La línea del deslinde no es exactamente coincidente con la línea del Instituto Geográfico Nacional entre los ayuntamientos de Pontevedra y Ponte Caldelas.

La línea del deslinde produce modificaciones en la cartografía de los croquis de clasificación de las siguientes comunidades:

– CMVMC de A Canicouva: presenta un ajuste para modificar el croquis desde el punto P01 que coincide con el deslinde DC22110 y desde P04 con el DESX-01/14.

– CMVMC de Raña y A Aluncia: presenta un ajuste para modificar el croquis desde el punto P01 que coincide con el expediente PO-DESC02/2019 y un ajuste desde P04 para cerrar la línea de deslinde con la cartografía existente.

El Servicio de Montes considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la LMG, por lo que propone la aprobación por el Jurado del deslinde según la línea presentada.

Cuarto. El artículo 53 de la LMG establece que el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común, después del examen de la documentación presentada, dictará resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

A la vista de lo expuesto, este jurado

RESUELVE:

Aprobar el deslinde parcial entre la CMVMC de A Canicouva (Pontevedra) y la CMVMC de Raña y A Aluncia (Ponte Caldelas), en los términos antes indicados.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 LPAC, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la LJCA.

Pontevedra, 23 de mayo de 2025

Antonio Crespo Iglesias
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Pontevedra