El 12 de julio de 2024 la Dirección Territorial de Lugo dictó resolución por la que se otorgaron las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación eléctrica reforma del CT 12742 Fab Muebles en el Ayuntamiento de Guitiriz.
Posteriormente la beneficiaria (Begasa), con fecha 13 de septiembre dl 2024, solicitó la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica de referencia.
Por esto, con objeto de que el Departamento Territorial de Lugo de la Consellería de Economía e Industria declare la utilidad pública, en concreto, de la infraestructura de distribución de energía eléctrica, y para efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre) y en el título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310, de 27 de diciembre) por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la declaración de utilidad pública, en concreto, de la siguiente instalación eléctrica.
Denominación: Reforma CT 12742 Fab Muebles (Guitiriz).
Solicitante: Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A. (Begasa).
Domicilio social: calle Ramón María Aller Ulloa, 9, P.I. As Gándaras, 27003 Lugo.
Características técnicas principales:
• Línea subterránea de alta tensión a 20kV a CT 12742 Fab Muebles con origen en el PAS instalado en el apoyo proyectado tipo C-2000/14 y final en el Nuevo CT 12742 Fab. Muebles, con una longitud de 150 metros en conductor HEPRZ1-150mm.
• Centro de transformación prefabricado 12742 Fa. Muebles, con una potencia máxima admisible de 630 kVA y una potencia inicial de 100 kVA (recuperado), relación de transformación 20.000/400-230 V.
• Desmontaje de un vano de conductor, desmontaje del apoyo HV con XS S14675 y desmontaje de la aparamenta del CT 12742 Fab. Muebles.
La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
La relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados que se consideran de necesaria ocupación, figuran en el anexo que se incluye con este acuerdo.
Aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán presentar sus alegaciones referidas a las posibles limitaciones a la constitución de la servidumbre de paso de líneas eléctricas (artículo 144 del Real decreto 1955/2000) y aquellas otras que estimen oportunas en el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente al de la última publicación o al de la notificación individual.
La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la sección de Energía de esta Dirección Territorial de Lugo de la Consellería de Economía e Industria (ronda de la Muralla, nº 70, bajo 2º, 27071 Lugo, de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes, con cita previa en el correo electrónico enerxia.lugo@xunta.gal o en el teléfono 982 29 46 76), así como en el ayuntamiento de Guitiriz. Además, también se podrá consultar en el portal web de la Consellería de Economía e Industria a través del siguiente enlace:
https://economia.xunta.gal/transparencia/instalacions-electricas/guitiriz
Hasta el mismo momento del levantamiento de las actas previas, los interesados podrán hacer alegaciones por escrito a los únicos efectos de corregir posibles errores que se encuentren al relacionar los bienes y derechos afectados según dispone el artículo 56.2 del Reglamento de la ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 27 de junio).
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, (BOE núm. 236, de 2 de octubre) cuando los titulares de los predios propuestos sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido realizar y así dirigirle al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
Lugo, 2 de junio de 2025
El director territorial de Lugo
P.A. (Artículo 40.3 del Decreto 140/2024, de 20 de mayo)
Juan Carlos Morán del Pozo
Jefe del Servicio de Industria de Lugo
ANEXO RBD
|
Nº |
Ref. catastral |
Pol. |
Parc. |
Paraxe |
Concello |
Titular propuesto |
Tipo de cultivo |
LATS sup. (m²) |
CT sup. |
Sup. oc. temp. por obras y accesos (m²) |
|
2 |
27022A12500161 |
125 |
161 |
Porto Cando |
Guitiriz |
Fiscal Audiencia Provincial de Lugo (rpta. desconocido) |
Prado |
23 |
- |
177 |
|
3 |
1016604NH9811N |
125 |
161 |
CR Vella - Vista Alegre |
Guitiriz |
Fiscal Audiencia Provincial de Lugo (rpta. desconocido) |
Improductivo |
27 |
11 |
245 |
