Visto el expediente para el otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación eléctrica que se describe a continuación, tal y como se recoge en el proyecto firmado el día 27.2.2025 en Ourense por el ingeniero industrial David Núñez Fernández, colegiado núm. 1534 del ICOIIG, quien acredita su habilitación y competencia mediante declaración responsable firmada en la fecha señalada.
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Dirección: avenida San Luis, 77, 28033 Madrid.
Denominación: sustitución CT Penarredonda-32C703 (Ourense).
Situación: calle Bispo Blanco Nájera, Ourense.
Presupuesto: 63.556,96 €.
Características técnicas:
– Desmontaje del CT Penarredonda-32C703, del tipo caseta de obra civil y con transformador de 400 kVA, que se sustituye por un nuevo centro de transformación, del tipo prefabricado compacto en superficie de maniobra exterior con envolvente de hormigón 2L+1P y con transformador de 400 kVA. El nuevo centro de transformación se situará en la misma parcela que el actual, con acceso desde el vial público de circulación, en las coordenadas UTM ETRS89 H29 X: 594.269; Y: 4.687.213.
– Conexión de los conductores existentes de la LMTS BBA803, del tipo RHZ1-150, a las celdas de línea del nuevo centro de transformación proyectado.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), este departamento territorial
RESUELVE:
Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción a dicha instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Ourense, 21 de mayo de 2025
Alicia María López Míguez
Directora territorial de Ourense
