DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 113 Lunes, 16 de junio de 2025 Pág. 33561

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2025, del Departamento Territorial de Ourense, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, a los efectos de la urgente ocupación, de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Bande (expediente IN407A 2025/018-3).

Examinado el expediente instruido por solicitud de UFD Distribución Electricidad, S.A. sobre las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica que se describe a continuación:

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Domicilio social: avenida San Luis, 77, 28033, Madrid.

Denominación: soterramiento de la LMT CCH802 en el tramo entre los apoyos número 128 y número 135.

Situación: lugar de Bande, ayuntamiento de Bande.

Presupuesto: 201.240,97 €.

Características principales del proyecto, que fue firmado el 19.12.2024 por el ingeniero técnico industrial Antonio Javier Sabín Vázquez, colegiado núm. 2233 del Coeticor.

• Sustitución en la LMTA CCH802 de los apoyos número 128 y número 135 por nuevos apoyos de celosía metálica, del tipo C-14/7000 y del tipo C-16/7000, respectivamente, que realizarán la función de final de línea. Retensado de los conductores existentes del tipo LA-110 sobre los nuevos apoyos.

• Desmontaje del tramo de la LMT CCH802 existente entre los apoyos proyectados número 128 y número 135.

• Sustitución del centro de transformación denominado Grupo Escolar Bande-32CS71 por un nuevo centro de transformación del tipo prefabricado compacto en superficie de maniobra exterior con envolvente de hormigón 2L+1P, con transformador de 250 kVA y r/t 20.000/400 V, que se sitúa en la misma localización que el existente.

• LMTS, a 20 kV, de 1.295 m de longitud, en conductor RHZ1-2 OL-12/20 kV 3 (1X240) mm² Al, con origen en el apoyo proyectado número 128 y final en el apoyo proyectado número 135 de la LMT CCH802, después de realizar entrada/salida en el centro de seccionamiento existente CCL Bande-32CQ06 y en el centro de transformación proyectado que se indica en el punto anterior.

La información pública del proyecto fue realizada mediante el Acuerdo de este Departamento Territorial de 11.3.2025, que fue insertado en el DOG de 2.4.2025 y en el periódico La Región de Ourense de 20.3.2025. El proyecto también estuvo en exposición pública en este Departamento Territorial y en el portal de transparencia de esta consellería durante el plazo reglamentario. Dentro del plazo establecido para ello no fueron presentadas alegaciones.

En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta dirección territorial

RESUELVE:

Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.

Que el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y horas que a cada persona interesada se le notifique de manera individual, de aquellas fincas que figuran en el anexo del acuerdo de información pública del proyecto arriba señalado.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que laspersonas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 21 de mayo de 2025

Alicia María López Míguez
Directora territorial de Ourense