DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Viernes, 4 de julio de 2025 Pág. 37236

III. Otras disposiciones

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional

ORDEN de 24 de junio de 2025 por la que se revoca la autorización para impartir determinadas titulaciones universitarias oficiales del Sistema universitario de Galicia para el curso académico 2025/26.

En el ámbito estatal, la extinción de titulaciones se contempla a lo largo del articulado del Real decreto 822/2021, de 28 de setiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de la calidad.

En el ámbito autonómico, esta materia está regulada por la Ley 6/2013, de 13 de junio, del Sistema universitario de Galicia, y la Orden de 20 de marzo de 2012 por la que se desarrolla el Decreto 222/2011, de 2 de diciembre, por el que se regulan las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

De acuerdo con lo recogido en el artículo 18 de la Orden de 20 de marzo de 2012, son causas de revocación de autorización de implantación de una enseñanza oficial el incumplimiento de los requisitos y compromisos adquiridos al solicitar la autorización de implantación, la no impartición de la titulación oficial autorizada, la extinción del plan de estudios o la supresión de la enseñanza oficial.

En estos casos y en salvaguarda de los derechos del estudiantado, las universidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar los derechos académicos de los estudiantes que se encuentren cursando los estudios que inician el proceso de revocación.

El Pleno del Consejo Gallego de Universidades, en sesión de 12 de junio de 2025, en ejercicio de las competencias previstas en el artículo 3.2.h) del Decreto 98/2014, de 17 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Consejo Gallego de Universidades, acordó informar favorablemente la revocación de la autorización a las universidades del Sistema universitario de Galicia, para impartir las enseñanzas universitarias oficiales de los títulos que se relacionan a continuación.

Por todo ello,

DISPONGO:

Artículo 1

Que se revoque la autorización a la Universidad de A Coruña para impartir las enseñanzas universitarias oficiales siguientes:

– Máster universitario en discapacidad y dependencia por la Universidad de A Coruña. Autorizado por Orden de 4 de junio de 2015 (DOG de 17 de junio) y que figura inscrito en el RUCT con código 4315466.

– Máster universitario en informática industrial y robótica por la Universidad de A Coruña y la Universidad de La Laguna. Autorizado por Orden de 24 de septiembre de 2020 (DOG de 2 de octubre) y que figura inscrito en el RUCT con código 4317172.

Artículo 2

Que se revoque la autorización a la Universidad de Vigo para impartir la enseñanza universitaria oficial de:

– Máster universitario en industria 4.0. Título conjunto por la Universidad de Vigo y la Universidad de León. Autorizado por Orden de 19 de junio de 2020 (DOG de 1 de julio) y que figura inscrito en el RUCT con código 4317056.

Artículo 3. Garantías académicas

Las universidades adoptarán las medidas necesarias para garantizar los derechos académicos de los estudiantes que se encuentren cursando los estudios que inician el proceso de revocación de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 222/2011, de 2 de diciembre.

Disposición final

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 24 de junio de 2025

Román Rodríguez González
Conselleiro de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional