Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Peticionaria: Begasa.
Domicilio social: calle Ramón María Aller Ulloa, 9. 27003 Lugo.
Denominación: soterramiento de las líneas de MT Cangas y Foz, a la salida de la subestación Foz.
Situación: ayuntamiento de Foz.
Características técnicas principales:
• Línea subterránea de alta tensión a 20 kV Cangas con origen en una celda existente de la subestación de Foz y final en una celda existente del CT 10050 Trébol, con una longitud de 3.707 metros en conductor HEPRZ1-240 mm.
• Línea subterránea de alta tensión a 20kV Foz, con origen en el CT 6909 Mañente (expediente 220-2022-AT), entra y sale en el CT 7124 Os Fondás proyectado, entra y sale en el CT 7126 Vilaxoane proyectado, entra y sale en el CT 14064 Volconsa existente, entra y sale en el CT 7133 Astilleros proyectado y finaliza en un empalme a realizar en la arqueta Q2 dirección CT 10050 Trébol, con una longitud de 4.018 metros (3.713 metros en conductor HEPRZ1-240 mm y 305 metros en conductor RHZ1-240 mm).
• CT prefabricado 7124 Os Fondás, con una potencia proyectada de 1.000 kVA y una potencia inicial de 50 kVA (trafo existente en el CTI 11201 Os Fondás, a desmantelar), en el que se instalan dos celdas de línea telemandadas y una de protección con fusibles, relación de transformación 20.000/400-230 V.
• CT prefabricado 7126 Vilaxoane, con una potencia proyectada de 630 kVA y una potencia inicial de 250 kVA (trafo existente en el CT de obra civil 6615 Vilaxoane, a desmantelar), en el que se instalan dos celdas de línea telemandadas y una de protección con fusibles, relación de transformación 20.000/400-230 V.
• CT prefabricado 7133 Astilleros, con una potencia proyectada de 1.000 kVA y una potencia inicial de 50 kVA (trafo existente en el CTI 7919 Astilleros, a desmantelar), en el que se instalan dos celdas de línea telemandadas y una de protección con fusibles, relación de transformación 20.000/400-230 V.
• Desmontaje de 533 metros de conductor aéreo desnudo tipo LA-30, 71 metros de conductor tipo LA-56, 3.327 metros de conductor tipo LA-110, 1.992 metros de conductor subterráneo tipo RHZ1-150 mm, 450 metros de conductor RHZ1-240 mm y 30 apoyos metálicos de celosía.
• Desmantelamiento del CTI 11201 Os Fondás.
• Desmantelamiento del CTI 7919 Astilleros.
• Desmantelamiento del CTC 6615 Vilaxoane.
Finalidad de la instalación: mejora de la instalación.
Presupuesto: 1.154.585,42 €.
Documentación que se adjunta:
• Separata para el Ayuntamiento de Foz.
• Separata para el Ministerio de Transportes-Dirección General de Carreteras.
• Separata para el Ministerio de Transportes-ADIF.
• Separata para Augas de Galicia.
• Separata para el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
• Separata para la Diputación Provincial de Lugo.
• Separata para la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático.
• Separata para la Consellería del Medio Rural.
Este departamento territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia,
RESUELVE:
En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones, sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, en particular los condicionantes específicos que el promotor debe acatar en la ejecución de las obras determinados por la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil en la resolución del expediente con referencia A/27/48196, y condicionada al cumplimiento de las siguientes condiciones:
Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, y la dirección de obra deberá llevarla a cabo un técnico competente.
Segunda. El peticionario asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.
Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular cuanto establecen la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.
El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de dos años, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución. En todo caso, deberán respetarse los plazos establecidos en el artículo 13.9 del Reglamento (UE) núm. 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de febrero de 2024, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por lo que se modifica la Directiva (UE) núm. 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) núm. 517/2014 (DOUE núm. 573, de 20 de febrero de 2024), sobre prohibiciones para la puesta en funcionamiento de aparamenta eléctrica que emplee gases fluorados de efecto invernadero, o cuyo funcionamiento dependa de ellos, en un medio aislante o de rotura.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente en derecho.
Lugo, 25 de junio de 2025
Gustavo José Casasola de Cabo
Director territorial de Lugo
