Mediante la Orden de 30 de julio de 2015 se autorizó la puesta en marcha, con carácter experimental, de una sección bilingüe de lengua inglesa en el Conservatorio Superior de Música de A Coruña (DOG núm. 152, de 12 de agosto). Mediante la Resolución de 31 de julio de 2017 (DOG núm. 154, de 14 de agosto), la Resolución de 29 de julio de 2019 (DOG núm. 155, de 19 de agosto), la Resolución de 6 de agosto de 2021 (DOG núm. 158, de 18 de agosto) y la Resolución de 10 de agosto de 2023 (DOG núm. 158, de 22 de agosto) se prorrogó dicha sección bilingüe.
Asimismo, a través de la Orden de 29 de agosto de 2017 (DOG núm. 171, de 8 de septiembre) autoriza la puesta en marcha, con carácter experimental, de secciones bilingües en determinados centros de enseñanzas artísticas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Galicia Mediante la Resolución de 29 de julio de 2019, de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa (DOG núm. 155, de 19 de agosto), la Resolución de 6 de agosto de 2021 (DOG núm. 158, de 18 de agosto) y la Resolución de 10 de agosto de 2023 (DOG núm. 158, de 22 de agosto) se prorrogaron dichas secciones bilingües.
A su vez, la Orden de 28 de octubre de 2019 autoriza la puesta en marcha, con carácter experimental, de una sección bilingüe de lengua alemana en el Conservatorio Superior de Música de A Coruña (DOG núm. 213, de 8 de noviembre). Esta fue prorrogada por la Resolución de 6 de agosto de 2021, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, de prórroga de secciones bilingües en determinados centros de enseñanzas artísticas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 158, de 18 de agosto) y por la Resolución de 10 de agosto de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional, de prórroga de secciones bilingües en determinados centros de enseñanzas artísticas de régimen especial en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 158, de 22 de agosto).
Posteriormente, a través de la Orden de 24 de agosto de 2023, fue autorizada la puesta en marcha, con carácter experimental, de una sección bilingüe de lengua portuguesa en la Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia, y de lengua inglesa y alemana en el Conservatorio Profesional de Música Manuel Quiroga de Pontevedra (DOG núm. 165, de 31 de agosto).
En el artículo 9 de las correspondientes órdenes de autorización se establece que el proyecto tiene una duración de dos cursos académicos, prorrogables en períodos de dos cursos académicos, tras el informe favorable del Servicio de Inspección Educativa emitido y teniendo en cuenta la adecuación a las condiciones y objetivos indicados en su puesta en marcha, y la permanencia de las circunstancias que justificaron su implantación.
Igualmente, en la disposición final primera de las citadas órdenes, se autoriza a la Dirección General de Formación Profesional para dictar cuantas normas se consideren oportunas para su desarrollo.
Emitidos los correspondientes informes favorables por los servicios de inspección educativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de las citadas órdenes,
RESUELVO:
Primero. Prorrogar, por un período de dos cursos académicos y con la finalidad de favorecer la práctica de idiomas entre el alumnado de enseñanzas artísticas, las siguientes secciones bilingües:
– La sección bilingüe de lengua inglesa en el Conservatorio Superior de Música de A Coruña.
– La sección bilingüe de lengua alemana en el Conservatorio Superior de Música de A Coruña.
– La sección bilingüe de lengua francesa en el Conservatorio Superior de Música de Vigo.
– La sección bilingüe de lengua inglesa en la Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia.
– La sección bilingüe de lengua portuguesa en la Escuela Superior de Arte Dramático de Galicia.
– La sección bilingüe de lengua inglesa en el Conservatorio Profesional de Música Manuel Quiroga de Pontevedra.
– La sección bilingüe de lengua alemana en el Conservatorio Profesional de Música Manuel Quiroga de Pontevedra.
– La sección bilingüe de lengua inglesa en el Conservatorio Profesional de Música de Ourense.
Segundo. Contra esta resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 23 de julio de 2025
María Eugenia Pérez Fernández
Directora general de Formación Profesional
