DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 146 Viernes, 1 de agosto de 2025 Pág. 42236

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

ORDEN de 22 de julio de 2025, sobre delegación de competencias en la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales.

El artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, establece que los conselleiros ostentan la representación del departamento del que son titulares.

Según el Decreto 147/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, a la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales le corresponden, entre otras funciones, las de dirección, coordinación, control y ejecución de las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de apoyo, fomento y mantenimiento del empleo, trabajo autónomo, cooperativas y economía social, apoyo a la integración laboral de las personas con discapacidad o en situación de vulnerabilidad y la formación profesional para el empleo en toda su extensión.

Por Orden CIN/676/2023, de 16 de junio, del Ministerio de Ciencia e Innovación, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco de la línea de fomento de innovación desde la demanda (línea FID) para la compra pública de innovación, y por Orden de 19 de junio de 2025, del Ministerio de Ciencia e Innovación, se aprobó su convocatoria para el año 2025.

La Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales tiene interés en participar en esta convocatoria de ayudas de compra pública de innovación (CPI). La CPI es una actuación administrativa de fomento de la innovación orientada a potenciar el desarrollo de soluciones innovadoras desde el lado de la demanda, a través del instrumento de la contratación pública, y estas ayudas permiten desarrollarlo.

Entre otros objetivos, se persigue mejorar los servicios públicos en términos de eficacia y eficiencia, y mejorar la innovación. Para ello, se busca la mejora de los servicios e infraestructuras públicas mediante la incorporación de bienes o servicios innovadores que satisfagan necesidades públicas debidamente identificadas y justificadas. Además, tiene un impacto directo en la ciudadanía, está alineado con la Estrategia de ciencia, tecnología e innovación 2021-2027 y se desarrolla a través del Feder Plurirregional.

La Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales cumple con la condición de beneficiaria, según el artículo 19 del capítulo III, sección 1ª, del Decreto 147/2024, de 20 de mayo.

Dado el elevado volumen de documentación que es necesario preparar para formular la candidatura de la consellería a estas ayudas y con el fin de alcanzar una mayor eficacia y agilidad, se considera más adecuado que sea la persona titular de la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales quien realice los trámites y actuaciones derivados del procedimiento para la concesión de las ayudas públicas en el marco de la línea de fomento de innovación desde la demanda (línea FID), para la compra pública de innovación (CPI).

En consecuencia, en virtud de las facultades que me confieren los artículos 38, 43.3 y 44 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, el artículo 6 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y las demás disposiciones de general aplicación,

Por todo lo anterior, como titular de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración,

DISPONGO:

Primero. Se delega en la persona titular de la Secretaría General de Empleo y Relaciones Laborales la realización de todos los trámites y actuaciones administrativas necesarias para el procedimiento de concesión de las ayudas públicas a esta consellería en el ámbito de la Orden CIN/676/2023, de 16 de junio, del Ministerio de Ciencia e Innovación, por la que se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco de la línea de fomento de innovación desde la demanda (línea FID) para la compra pública de innovación y en su convocatoria, con excepción de la firma del anexo III de dicha Orden CIN/676/2023.

En particular, esta delegación comprende la presentación formal de la solicitud, la interlocución con los distintos organismos durante todo el proceso administrativo y la realización de cuantas actuaciones y gestiones resulten necesarias para el desarrollo, seguimiento y ejecución técnica y administrativa del proyecto, así como su posterior justificación. Asimismo, podrá aportar cuantos datos y documentos se soliciten o sean de interés, recibir todo tipo de comunicaciones, formular peticiones, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, presentar escritos y alegaciones, manifestar su decisión de no efectuar alegaciones ni aportar nuevos documentos en el correspondiente trámite de audiencia y, en general, realizar cuantas actuaciones sean necesarias en el transcurso de dicho procedimiento.

Segundo. Las resoluciones administrativas que se adopten haciendo uso de la delegación contenida en esta orden harán constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Tercero. Este orden producirá efectos desde el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 22 de julio de 2025

José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración